Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 16546
Notificación de la Resolución de la Consejera de Educación, Cultura y Universidades, Presidenta del Servicio de Empleo de las Illes Balears (SOIB) de 5 de Agosto de 2013, del expediente de reintegro, por incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención concedida, correspondiente al expediente AF-0040/08-OB
Habiendo intentando notificar sin éxito la Resolución de la Consejera de Educación, Cultura y Universidades, Presidenta del Servicio de Empleo de las Illes Balears, de 5 de Agosto de 2013, y de conformidad con lo que dispone el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común (BOE núm. 285, de 27 de Noviembre), se pone en conocimiento del Centro de Formación Marratxí, SL, que se ha dictado Resolución de reintegro, por incumplimiento de la obligación de justificación de la subvención concedida de acuerdo con la Resolución de la Consejera de Trabajo y Formación de 5 de Mayo de 2008.
Se informa que de acuerdo con el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de Diciembre, General Tributaria, los obligados al pago harán efectivas sus deudas en los plazos siguientes a contar desde la notificación efectiva de la reclamación:
Las deudas notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes habrán de abonarse desde la fecha de la notificación hasta el día 20 del siguiente mes o el primer día hábil siguiente si el último día del plazo es inhábil.
Las deudas notificadas entre los días 16 y último de cada mes habrán de abonarse desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o el primer día hábil siguiente si el último día del plazo es inhábil.
Asimismo, también se comunica a las personas interesadas que contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, Cultura y Universidades, Presidenta del Servicio de Empleo de las Illes Balears, en el plazo de un mes contado desde el siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de Marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contados desde el siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
El expediente se encuentra a su disposición en el Servicio de Empleo de las Illes Balears al Camí Vell de Bunyola, núm. 43, 1r., 07009 Palma, de lunes a viernes de 9'00 a 14'00 horas, teléfono: 971 78 49 91.
Núm. exp.: 101/13 (AF-0040/08-OB)
Entidad: Centro de Formación Marratxí, SL
CIF: B57152159
Palma, 3 de Septiembre de 2013
La Directora del Servicio de Empleo de las Illes Balears
Francesca Ramis Pons