Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE EIVISSA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 2 DE EIVISSA
Núm. 14759
Procedimiento Ordinario 1004/2009. Sobre Otras Materias
Dª. MARIA ALZIRA ABAD ROLLAND, Secretaria Judicial, del JDO. PRIMERA INSTANCIA N.2 de IBIZA/EIVISSA, por el presente,
En el presente procedimiento ORDINARIO seguido a instancia de CALA AZUL, S.L. frente a VIAJES ISLAMAR, S.A., TEOREMA, S.P.A. se ha dictado sentencia, cuyo encabezamiento y parte dispositiva son del tenor literal siguiente: “.SENTENCIA. nº 128/13. En Ibiza a nueve de julio de dos mil trece. Vistos por mí SERGIO GONZÁLEZ MALABIA, Magistrado Juez del Juzgado de Primera Instancia número Tres de Ibiza, en sustitución del Juzgado de Primera Instancia número Dos de Ibiza, los presentes autos de Juicio Ordinario 1004/2.009, sobre reclamación de cantidad, seguidos a instancias de CALA AZUL, SL, representada por el Procurador de los Tribunales Sr. López López con asistencia Letrada a cargo del Letrado Sr. Ramón Baradat Fontanet contra VIAJES ISLAMAR, SA, representada por el Procurador de los Tribunales Sra. Tur Pereiro con asistencia Letrada a cargo del Sr. Lorenzo Ros Sánchez, y contra TEOREMA, SPA, declarada en situación procesal de rebeldía, vengo a resolver sobre la base de los siguientes: FALLO. ESTIMO la demanda interpuesta por el Procurador de los Tribunales Sr. López López en nombre y representación de CALA AZUL, SL, contra VIAJES ISLAMAR, SA y, la DESESTIMO frente a TEOREMA, SPA, y, en consecuencia, CONDENO a la demandada a abonar a la actora la cantidad de OCHO MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE CON SETENTA EUROS (8.159’70 euros), más los intereses legales correspondientes, con condena en costas a la parte demandada condenada. Notifíquese la presente sentencia a las partes, contra la que cabe formular recurso de apelación conforme a lo previsto por el artículo 455 LEC, a interponer con arreglo a lo dispuesto en los artículos 458 y ss. LEC, previa consignación del depósito preceptivo para recurrir en la cuenta de consignaciones de este Juzgado. Así por esta mi Sentencia lo pronuncio, mando y firmo. PUBLICACIÓN.- Leída y publicada la anterior Sentencia por el Sr. Magistrado-Juez que la dictó, en legal y forma y en el mismo día de su fecha. Doy fe.
Y encontrándose el demandado, TEOREMA, S.P.A., en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.
IBIZA/EIVISSA a once de Julio de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL,