Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 16533
Resolución de la Directora General de Medio Rural y Marino de 5 de septiembre de 2013, por la que se establece un periodo de veda para la extracción del coral rojo en las aguas interiores de las Illes Balears
El Decreto 40/2003, de 25 de abril, por el que se regula la extracción de coral rojo en las aguas interiores de las Illes Balears, faculta, en sus artículos 6 y 7, a la Consejería de Agricultura y Pesca para establecer, previo informe técnico del Servicio de Recursos Marinos, épocas de veda para extraer el coral, así como para modificar el número máximo de autorizaciones en cada una de les zonas aptas.
De acuerdo con el informe técnico del Servicio de Recursos Marinos que, considerando las estadísticas de extracción de coral rojo durante los últimos años y la conveniencia de que la época de veda sea similar a la establecida por otras comunidades autónomas, aconseja mantener las fechas, zonas y número de autorizaciones vigentes en la última temporada 2012-2013.
Por todo lo anterior, haciendo uso de les facultades que se me han conferido, dicto la siguiente
Resolución
Primero
Se establece un periodo de veda para la extracción del coral rojo en las aguas interiores de las Illes Balears, en la zona denominada Norte de Mallorca, desde el 1 de noviembre de 2013 hasta el 30 de abril de 2014.
Segundo
Esta Resolución se publicará en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Palma, 5 de septiembre de 2013
La Directora General de Medio Rural y Marino
Margaret Mercadal Camps