Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS
Núm. 16369
Resolución del Consejero de Hacienda y Presupuestos de 26 de agosto de 2013 por la que se autoriza la concertación de un contrato de préstamo temporal entre la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y la Fundación Pública Andaluza “El legado andalusí” del conjunto de piezas conocido como tesorillo almohade, que pertenece al patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (exp. SENDE 3121/2013, DGTPFP/SP 278/2013)
Hechos
1. El 30 de julo de 2013 entró en el Registro de la Consejería de Hacienda y Presupuestos (con nº de registro de entrada 3506/2013) un oficio del secretario autonómico de Educación, Cultura y Universidades al que se adjuntaba la documentación relativa al expediente de cesión gratuita y temporal del tesorillo almohade, con la finalidad de que la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio lo tramitara.
2. El 22 de abril de 2013, la Directora del Museo de Mallorca, mediante un informe, propuso a la Directora General de Cultura de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades que la Comunidad Autónoma de las Illes Balears cediese, de manera temporal, las piezas del fondo del Museo de Mallorca conocido como tesorillo almohade a la Fundación Pública Andaluza “El legado andalusí”, la cual, juntamente con el Consorcio para la Conmemoración del Primer Milenio del Reino de Granada y el Patronato de la Alhambra y Generalife de la Consejería de Cultura y Deporte de la Junta de Andalucía, prepara una exposición titulada “Arte y culturas de al-Andalus. El poder de la Alhambra”, que tendrá lugar desde octubre de 2013 a marzo de 2014 en el Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife, en Granada.
3. El 10 de mayo de 2013, el Secretario Autonómico de Educación, Cultura y Universidades dirigió un oficio a la Directora del Museo de Mallorca en el cual le solicita que aporte el escrito mediante el cual se hizo la petición de la cesión, complete su informe inicial y adjunte la documentación relacionada con la identificación del peticionario, de acuerdo con lo que determina la Ley 6/2001, del 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, y el Decreto 127/2005, de 16 de diciembre , que desarrolla la ley..
4. El 30 de mayo de 2013 entró en la Secretaría Autonómica de Educación, Cultura y Universidades un oficio de la Directora del Museo de Mallorca en el que se adjunta la documentación preceptiva que se detalla a continuación:
— Escrito de petición
— Informe complementario
— Documentación que acredita la identificación pública del peticionario, identificación del representante y acreditación de la representación.
— Dossier explicativo de los aspectos técnicos de la exposición —facility report— y los compromisos asumidos en lo referente a les condiciones de la cesión.
5. La Directora Gerente de la Fundación Pública Andaluza “El legado Andalusí” y la Directora del Patronato de la Alhambra y Generalife, de la Consejería de Cultura y Deportes de la Junta de Andalucía, en un escrito de fecha 5 de marzo de 2013 dirigido a la Directora del Museo de Mallorca, solicitan que se les ceda temporalmente las piezas que forman parte del conjunto patrimonial conocido como el tesorillo almohade, que se encuentra depositado en el Museo de Mallorca, para la exposición temporal “Artes y culturas de al-Andalus. El poder de la Alhambra”. Las peticionarias manifiestan que las instituciones organizadoras asumirán todos los costes asociados con el embalaje y el transporte, la póliza de seguro “llave a llave” y los gastos de correo de las obras, y que se tendrá en cuenta los requisitos para la exhibición que asegure el perfecto estado de conservación de las piezas.
6. La exposición “Artes y culturas de al-Andalus. El poder de la Alhambra” se enmarca en los actos de celebración del primer milenario del Reino de Granada (1013-2013) y abarca desde el siglo xi hasta finales del siglo xv. La exposición tendrá lugar en el Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife, en Granada, en la capilla y en la cripta y las salas anexas del Palacio de Carlos V, desde octubre de 2013 a marzo de 2014.
7. El tesorillo almohade depositado en el Museo de Mallorca constituye uno de los conjuntos histórico artísticos más valiosos del patrimonio cultural de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y es representativo de la estética de la época y la influencia sociopolítica del Reino de Granada, desde su fundación en el siglo xi hasta el siglo xv, donde los distintos estados islámicos que se sucedieron mantuvieron una estética común que resume la trayectoria artística del Islam en la península Ibérica.
8. Las piezas solicitadas forman parte del tesorillo almohade, que está asignado al fondo del Museo de Mallorca como depósito de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, desde el año 1989, y consta de un conjunto de objetos registrados con los números del 23811 al 23999 y del 26593 al 26612.
9. El 29 de mayo de 2013, la Directora del Museo de Mallorca informó favorablemente sobre el préstamo temporal de las piezas arqueológicas de época almohade para la exposición temporal sobre la base de las siguientes consideraciones:
— Colaboraciones anteriores del Museo de Mallorca con el Patronato de la Alhambra y Generalife, juntamente con la información facilitada por la institución prestataria relativa al hecho de que las condiciones de las salas de exposición —facility report— ofrecen todas las garantías exigibles de seguridad y conservación.
— A cargo de la institución prestataria, una facultativa del Museo de Mallorca actuará como correo tanto por lo que se refiere al control del embalaje y transporte como a la inspección in situ, la entrega y la recogida (todas los gastos irán a cargo de la institución peticionaria).
— El acontecimiento que motiva la exposición y la localización prevista garantizan una difusión extraordinaria del tesorillo almohade, del Museo de Mallorca y de sus fondos, como también del Patrimonio Cultural de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
— La documentación entregada por la institución peticionaria en relación con el contenido científico de la muestra, así como los currículums de los comisarios, son garantía de calidad y del mejor trato académico de las piezas solicitadas.
— El Museo de Mallorca ha propuesto al Ministerio de de Educación, Cultura y Deportes el préstamo de otras piezas de la colección estable, de titularidad estatal, para la misma exposición.
10. El 14 de junio de 2013, la Secretaria General de la Consejería de Educación, Cultura y Universidades emitió un informe en el cual se trata de la oportunidad y el interés de ceder temporalmente el tesorillo almohade a la Fundación Pública Andaluza “El legado andalusí”.
11. El 21 de junio de 2013, la Consejera de Educación, Cultura y Universidades propuso al Consejero de Hacienda y Presupuestos que ordenara el inicio del expediente de cesión gratuita y temporal a la Fundación Pública Andaluza “El legado andalusí” de las 209 piezas que forman el tesorillo almohade, para la exposición “Artes y culturas de al-Andalus. El poder de la Alhambra”, que se celebrará entre el 25 de octubre de 2013 y el 2 de marzo de 2014.
12. El 7 de agosto de 2013, la Directora del Museo de Mallorca emitió un informe en relación con la tasación actualizada a los efectos del préstamo temporal del tesorillo almohade, en la cual consta que, contemplados sus valores cultural y material y el hecho de que se ha tenido en cuenta la tasación como un conjunto, su valor es de trescientos veintitrés mil ochocientos cincuenta euros (323.850 €) y también se adjunta el borrador del contrato de préstamo temporal a concertar entre la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y la Fundación Pública Andaluza “El legado andalusí”.
13. El 19 de agosto de 2013, el Consejero de Hacienda y Presupuestos, a propuesta del Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio, dictó la Resolución de inicio del expediente para subscribir un contrato de préstamo temporal con la Fundación Pública Andaluza “El legado andalusí”.
14. Además, hay que considerar el resto de la documentación que consta en el expediente nº 278/2013, tramitado por el Servicio de Patrimonio.
Fundamentos de derechos
1. Los artículos 3.2 i 87 k de la Ley 6/2001, de 11 de abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 49, de 24 de abril), y el resto de disposiciones aplicables concordantes.
2. La Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 44, de 3 de abril).
3. La Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español (BOE nº 155, de 29 de junio).
4. El Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español (BOE nº 24, de 28 de enero), modificado por el Real Decreto 64/1994, de 21 de enero (BOE nº 52, de 23 de marzo).
5. El Real Decreto 620/1987, de 10 de abril, por el cual se aprueba el Reglamento de Museos de Titularidad Estatal y del Sistema Español de Museos (BOE nº 114, de 13 de mayo).
6. El Decreto 5/20113, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 60 , de 2 de mayo).
7. El Decreto 7/2013, de 2 de mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el que se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB nº 60, de 2 de mayo).
8. El Decreto 15/2013, de 7 de junio, del Presidente de las Illes Balears por el que se modifica el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB nº 82, de 8 de junio).
9. El Decreto 35/2013, de 21 de junio, por el que se dispone el nombramiento del Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos del Gobierno de las Illes Balears (BOIB nº 88, de 22 de junio).
Propuesta de resolución
Propongo al Consejero de Hacienda y Presupuestos que dicte una resolución en los siguientes términos:
1. Autorizar la concertación de un contrato de préstamo temporal entre la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y la Fundación Pública Andaluza “El legado andalusí” (CIF G18411975) del conjunto de piezas del fondo del Museo de Mallorca conocido como el tesorillo almohade, que pertenece al patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, con número de inventario 100000012338, que se describen en el anexo, para la exposición “Artes y culturas de al-Andalus. El poder de la Alhambra”, que tendrá lugar entre el 25 de octubre de 2013 y el 2 de marzo de 2014, en el Conjunto Monumental de la Alhambra y el Generalife, en Granada, de conformidad con el contracto que, a este efecto, firmen las partes.
2. Condicionar la eficacia de esta autorización a la tramitación y firma de todos los documentos necesarios para formalizar el préstamo con la finalidad y las condiciones requeridas para la legislación del Patrimonio Histórico y de Museos.
3. Notificar la Resolución a la Fundación Pública Andaluza “El legado andalusí”, al Patronato de la Alhambra y Generalife, a la Consejería de Educación, Cultura y Universidades y al Museo de Mallorca para su conocimiento a los efectos oportunos.
4. Anotar la cesión derivada del préstamo en el Inventario General de Bienes y Derechos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
5. Publicar esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears.
Interposición de recursos
Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el Consejero de Hacienda y Presupuestos en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de haberse publicado en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, de acuerdo con los artículos 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de las Illes Balears en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente de haberse publicado la resolución, de acuerdo con los artículos 10.1 a y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-Administrativa.
Palma de Mallorca, 26 de agosto de 2013
El Director General del Tesoro,
Política Financiera y Patrimonio
Miguel Miralles Sastre
Conforme con la propuesta. Dicto Resolución.
El Consejero de Hacienda y Presupuestos
José Vicente Marí Bosó
Anexo : Relación de piezas del tesorillo almohade
Jarrita de barro cocido y pintada 12,1 x 11 cm
NIG: 23811
Valor de seguro: 3.000€
Arracada de oro 5,9 x 5,1 cm
NIG: 23812
Valor de seguro: 80.000€
Arracada de oro 5,9 x 5,1 cm
NIG: 23813
Valor de seguro: 80.000€
Colgante de plata 4,1 x 2,4 cm
NIG: 23814
Valor de seguro: 3.000 €
Anillo de plata 2,1 cm
NIG: 23815
Valor de seguro: 2.500 €
Brazalete de plata sobredorada 6,4 cm
NIG: 23816
Valor de seguro: 3.000€
Anillo de plata 2 cm
NIG: 23817
Valor de seguro: 2.000€
Anillo de oro 2 cm
NIG: 23818
Valor de seguro: 3.000€
Bráctea de oro (sello de Salomón) 3,1 cm
NIG: 23819
Valor de seguro: 5.000€
Anillo de oro 2,1 cm
NIG: 23820
Valor de seguro: 3.500€
Brazalete de plata sobredorada 5,8 cm
NIG: 23821
Valor de seguro: 3.000€
Brazalete de cobre 6 cm
NIG: 23822
Valor de seguro: 1.000€
Brazalete de plata 6’5 cm
NIG: 23823
Valor de seguro: 2.000€
Brazalete de plata 6’4 cm
NIG: 23824
Valor de seguro: 2.000€
Dinar de oro 22,5 mm.
NIG: 23825
Valor de seguro: 3.000€
Dinar de oro 22,5 mm.
NIG: 23826
Valor de seguro: 3.000€
Dinar de oro 22,5 mm.
NIG: 23827
Valor de seguro: 3.000€
Dinar de oro 22,5 mm.
NIG: 23828
Valor de seguro: 3.000€
Dinar de oro 22,5 mm.
NIG: 23829
Valor de seguro: 5.000€
Dinar de oro 22,5 mm.
NIG: 23830
Valor de seguro: 3.000€
Dinar de oro 22,5 mm.
NIG: 23831
Valor de seguro: 3.000€
Dinar de oro 22,5 mm.
NIG: 23832
Valor de seguro: 5.000€
Dinar de oro 22,5 mm.
NIG: 23833
Valor de seguro: 3.000€
Dinar de oro 22,5 mm.
NIG: 23834
Valor de seguro: 3.000€
Dinar de oro 22,5 mm.
NIG: 23835
Valor de seguro: 3.000€
Dinar de oro 22,5 mm.
NIG: 23836
Valor de seguro: 3.000€
Dinar de oro 22,5 mm.
NIG: 23837
Valor de seguro: 3.000€
Dinar de oro 22,5 mm.
NIG: 23838
Valor de seguro: 3.000€
Dinar de oro 22,5 mm.
NIG: 23839
Valor de seguro: 3.000€
Dinar de oro 22,5 mm.
NIG: 23840
Valor de seguro: 3.000€
Dinar de oro 22,5 mm.
NIG: 23841
Valor de seguro: 3.000€
Dinar de oro con anilla 22,5 mm.
NIG: 23842
Valor de seguro: 3.000€
Dinar de oro con anilla 22,5 mm.
NIG: 23843
Valor de seguro: 3.000€
Dinar de oro con anilla 22,5 mm.
NIG: 23844
Valor de seguro: 5.000€
Dirham de plata 14,5 mm.
NIG: 23845
Valor de seguro: 2.000€
Dirham de plata 14,5 mm.
NIG: 23846
Valor de seguro: 2.000€
Grano de filigrana de oro D: 0,007 m.
NIG: 23847
Valor de seguro: 600€
Grano de filigrana de oro D: 0,007 m.
NIG: 23848
Valor de seguro: 600€
Grano de filigrana de oro D: 0,007 m.
NIG: 23849
Valor de seguro: 600€
Grano de filigrana de oro D: 0,007 m.
NIG: 23850
Valor de seguro: 600€
Grano de filigrana de oro D: 0,006 m.
NIG: 23851
Valor de seguro: 500€
Grano de filigrana de oro D: 0,006 m.
NIG: 23852
Valor de seguro: 500€
Grano de filigrana de oro D: 0,006 m.
NIG: 23853
Valor de seguro: 500€
Grano de filigrana de oro D: 0,006 m.
NIG: 23854
Valor de seguro: 500€
Grano de filigrana de oro D: 0,006 m.
NIG: 23855
Valor de seguro: 500€
Grano de filigrana de oro D: 0,006 m.
NIG: 23856
Valor de seguro: 500€
Grano de filigrana de oro D: 0,004 m.
NIG: 23857
Valor de seguro: 300€
Grano de filigrana de oro D: 0,004 m.
NIG: 23858
Valor de seguro: 300€
Bolita electrón
NIG: 23859
Valor de seguro: 1.000€
Bolita electrón
NIG: 23860
Valor de seguro: 1.000€
Bolita electrón
NIG: 23861
Valor de seguro: 1.000€
Bolita electrón
NIG: 23862
Valor de seguro: 1.000€
Bolita electrón
NIG: 23863
Valor de seguro: 1.000€
Bolita electrón
NIG: 23864
Valor de seguro: 1.000€
Bolita electrón
NIG: 23865
Valor de seguro: 1.000€
Bolita electrón
NIG: 23866
Valor de seguro: 1.000€
Bolita electrón
NIG: 23867
Valor de seguro: 1.000€
Bolita electrón
NIG: 23868
Valor de seguro: 1.000€
Canutillo de filigrana de oro
NIG: 23869
Valor de seguro: 1.000€
Canutillo de filigrana de oro
NIG: 23870
Valor de seguro: 1.000€
Canutillo de filigrana de oro
NIG: 23871
Valor de seguro: 1.000€
Canutillo de filigrana de oro
NIG: 23872
Valor de seguro: 1.000€
Canutillo de filigrana de oro
NIG: 23873
Valor de seguro: 1.000€
Canutillo de filigrana de oro
NIG: 23874
Valor de seguro: 1.000€
Canutillo de filigrana de oro
NIG: 23875
Valor de seguro: 1.000€
Canutillo de filigrana de oro
NIG: 23876
Valor de seguro: 1.000€
Canutillo de filigrana de oro
NIG: 23877
Valor de seguro: 1.000€
Canutillo de filigrana de oro
NIG: 23878
Valor de seguro: 1.000€
Canutillo de filigrana de oro
NIG: 23879
Valor de seguro: 1.000€
Canutillo de filigrana de oro
NIG: 23880
Valor de seguro: 1.000€
Bráctea de oro
NIG: 23881
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23882
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23883
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23884
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23885
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23886
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23887
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23888
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23889
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23890
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23891
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23892
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23893
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23894
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23895
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23896
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23897
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23898
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23899
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23900
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23901
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23902
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23903
Valor de seguro: 300€
Bráctea de oro
NIG: 23904
Valor de seguro: 300€
Grano de oro
NIG: 23905
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23906
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23907
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23908
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23909
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23910
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23911
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23912
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23913
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23914
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23915
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23916
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23917
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23918
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23919
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23920
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23921
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23922
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23923
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23924
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23925
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23926
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23927
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23928
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23929
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23930
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23931
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23932
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23933
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23934
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23935
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23936
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23937
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23938
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23939
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23940
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23941
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23942
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23943
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23944
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23945
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23946
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23947
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23948
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23949
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23950
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23951
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23952
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23953
Valor de seguro: 150€
Grano de oro
NIG: 23954
Valor de seguro: 150€
Grano electrón
NIG: 23955
Valor de seguro: 150€
Grano electrón
NIG: 23956
Valor de seguro: 150€
Grano electrón
NIG: 23957
Valor de seguro: 150€
Grano electrón
NIG: 23958
Valor de seguro: 150€
Grano electrón
NIG: 23959
Valor de seguro: 150€
Grano electrón
NIG: 23960
Valor de seguro: 150€
Grano electrón
NIG: 23961
Valor de seguro: 150€
Grano electrón
NIG: 23962
Valor de seguro: 150€
Grano electrón
NIG: 23963
Valor de seguro: 150€
Grano electrón
NIG: 23964
Valor de seguro: 150€
Grano electrón
NIG: 23965
Valor de seguro: 150€
Grano electrón
NIG: 23966
Valor de seguro: 150€
Grano electrón
NIG: 23967
Valor de seguro: 150€
Grano electrón
NIG: 23968
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23969
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23970
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23971
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23972
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23973
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23974
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23975
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23976
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23977
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23978
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23979
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23980
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23981
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23982
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23983
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23984
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23985
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23986
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23987
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23988
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23989
Valor de seguro: 150€
Grano electrón D: 0,006 m.
NIG: 23990
Valor de seguro: 150€
Bráctea triangular de oro
NIG: 23991
Valor de seguro: 100€
Bráctea triangular de oro
NIG: 23992
Valor de seguro: 100€
Ágata blanca 0,015 m.
NIG: 23993
Valor de seguro: 600€
Ágata verde 0,015 m.
NIG: 23994
Valor de seguro: 600€
Ágata roja 0,014 m.
NIG: 23995
Valor de seguro: 600€
Ágata roja 0,014 m.
NIG: 23996
Valor de seguro: 600€
Ágata blanca 0,014 m.
NIG: 23997
Valor de seguro: 600€
Ágata blanca 0,013 m.
NIG: 23998
Valor de seguro: 600€
Cuenta de pasta vítrea blanca
NIG: 23999
Valor de seguro: 100€
Alargador de pasta vítrea verde
NIG: 26593
Valor de seguro: 150€
Alargador de pasta vítrea verde
NIG: 26594
Valor de seguro: 150€
Alargador de pasta vítrea verde
NIG: 26595
Valor de seguro: 150€
Alargador de pasta vítrea verde
NIG: 26596
Valor de seguro: 150€
Alargador de pasta vítrea verde
NIG: 26597
Valor de seguro: 150€
Alargador de pasta vítrea verde
NIG: 26598
Valor de seguro: 150€
Alargador de pasta vítrea verde
NIG: 26599
Valor de seguro: 150€
Alargador de pasta vítrea verde
NIG: 26600
Valor de seguro: 150€
Alargador de pasta vítrea verde
NIG: 26601
Valor de seguro: 150€
Alargador de pasta vítrea verde
NIG: 26602
Valor de seguro: 150€
Alargador de pasta vítrea verde
NIG: 26603
Valor de seguro: 150€
Alargador de pasta vítrea verde
NIG: 26604
Valor de seguro: 150€
Alargador de pasta vítrea verde
NIG: 26605
Valor de seguro: 150€
Alargador de pasta vítrea verde
NIG: 26606
Valor de seguro: 150€
Alargador de pasta vítrea verde
NIG: 26607
Valor de seguro: 150€
Alargador de pasta vítrea verde
NIG: 26608
Valor de seguro: 150€
Alargador de pasta vítrea verde
NIG: 26609
Valor de seguro: 150€
Grano de pasta vítrea azul
NIG: 26610
Valor de seguro: 150€
Grano de pasta vítrea azul
NIG: 26611
Valor de seguro: 150€
Collar perlas de río
NIG: 26612
Valor de seguro: 6.000€