Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA Y COMPETITIVIDAD
Núm. 16261
Notificación de resolución dictada en expediente sancionador por infracción en materia de prevención de riesgos laborales por la cual se acuerda levantar la suspensión de la tramitación del expediente y continuar con los trámites del procedimiento administrativo sancionador
De acuerdo con los artículos 59.5 y 61 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y dado que se desconoce el domicilio actual del destinatario o no ha podido ser localizado, mediante el presente edicto se notifica a la empresa que se indica a continuación, que se ha dictado una resolución del Consejero de Economía y Competitividad, en relación con el expediente sancionador que también se indica, la cual puede ser recogida en las oficinas del Departamento de Sanciones de la Dirección General de Trabajo y Salud Laboral, (plaza de Son Castelló, 1, 2º, 07009 Palma). Horario de atención al público: de 9 a 14 horas, de lunes a viernes.
Exp. |
Empresa |
Fecha Resolución |
---|---|---|
DGTSL 466/2002 SL |
Mic Mallorca Internacional de Construcciones, SA |
01-08-13 |
Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que la dictó en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
También se puede interponer directamente una demanda ante los juzgados del orden social en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 69 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, sin perjuicio de que pueda interponerse cualquier otro recurso que se considere conveniente en defensa de sus intereses.
Palma, 21 de agosto de 2013
El Director General de Trabajo y Salud Laboral
Onofre Ferrer Riera