Torna

Boletín Oficial de las Illes Balears

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE SON SERVERA

Núm. 16208
Notificación RB 878/2013 Exp. 8/2012 MEDAMBSANCIO José Manuel Soriano García

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Resultando el intento de notificación sin éxito al Sr. SORIANO GARCIA, JOSE MANUEL en repetidas ocasiones, del Decreto de Alcaldía núm. 878/2013 de incoación del expediente núm. 000008/2012-MEDAMBSANCIO.

Y resultando lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Ley de régimen jurídico de las Administraciones Públicas y el Procedimiento Administrativo común. (LRJAP-PAC), se hace público su contenido por un plazo de 20 días a los efectos que la Ley establece.

 

Son Servera, 26 de agosto de 2013

 

El Alcalde,

Antoni Servera Servera


"Decreto núm. 878/2013

Referencia: 000008/2012-MEDAMBSANCIO 08. Medio Ambiente

Antoni Servera Servera, Alcalde Presidente del Ayuntamiento de Son Servera (Islas Baleares).

Visto el Decreto 1167/2012 de fecha 4 de octubre de 2012, el cual resuelve iniciar el expediente sancionador 000008/2012- MEDAMBSANCIO contra el Sr. José Manuel Soriano Garcia por tener un perro potencialmente peligroso en lugares públicos sin bozal o no sujeto con cadena, tratándose de un perro de raza Dobermann, y que tiene la consideración de infracción administrativa grave de acuerdo con el artículo 13.2.d) de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos, correspondiéndole una sanción entre 300,51 € y  2.404,04 €.

Visto que en dicho Decreto constaba, según informe de la Guardia Civil con RGE de fecha 5 de julio de 2012, que la fecha de ocurrencia de los hechos fue el pasado 2 de febrero de 2012 a las 14:00 h.

Visto que en fecha 6 de noviembre de 2012 el Sr. José Manuel Soriano García presentó escrito de alegaciones con RGE núm. 8128, haciendo constar que a la hora y fecha indicada en la resolución impugnada, el presunto responsable no se encontraba en el lugar de los hechos.

Visto que en fecha 26 de noviembre de 2012 se recibe informe de la Guardia Civil con RGE núm. 8831, haciendo constar que los hechos ocurrieron el día 1 de febrero de 2012 a las 18.00 h.

Visto el informe jurídico emitido por el técnico de administración general, Guillem Balaguer Mayol, en fecha 21 de junio de 2013, el cual propone "Retrotraer el expediente sancionador número 8/2012- MEDAMBSANCIO al momento de su inicio, a los efectos de seguir con la ordinaria tramitación del mismo, estimando las alegaciones presentadas ".

Y de conformidad con el Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento del procedimiento para el ejercicio de la potestad sancionadora y con el artículo 21.1.a) de la Ley 7/1985 , de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local.

 

Resuelvo,

Primero. Retrotraer el expediente sancionador 000008/2012 MEDAMBSANCIO al momento de su iniciación.

Segundo. Iniciar el expediente sancionador contra el Sr. SORIANO GARCIA, JOSE MANUEL por tener un perro potencialmente peligroso en lugares públicos sin bozal o no sujeto con cadena, tratándose de un perro de raza Dobermann, hechos ocurridos el pasado 1 de febrero de 2012 a las 18.00 h. el Paseo Marítimo de Cala Millor, que tiene la consideración de infracción administrativa grave de acuerdo con el artículo 13.2.d) de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos, correspondiéndole una sanción entre 300,51€  y 2.404,04 € de acuerdo con el artículo 13.5 de la misma ley.

Tercero. Apercibir que se impondrá al Sr. SORIANO GARCIA JOSE MANUEL una sanción de 300,51 €, que es la cuantía mínima que establece el artículo 13.5 de la Ley 50/1999 para las infracciones graves.

Cuarto. Comunicar al interesado que, de acuerdo con el artículo 13.7 de la Ley 50/1999, de 23 de diciembre, sobre el régimen jurídico de la tenencia de animales potencialmente peligrosos y el tercer apartado de la Resolución de la Consejera de Agricultura y Pesca de 17 de mayo de 2006 por la que se crea el registro autonómico de animales potencialmente peligrosos de las Islas Baleares, corresponde a los Ayuntamientos tramitar y resolver los correspondientes procedimientos administrativos sancionadores y de revocación de licencias derivadas del incumplimiento de la normativa vigente en materia de tenencia de animales. El órgano competente para la resolución del expediente será la alcaldía de este Ayuntamiento.

Quinto. Conceder al interesado, de conformidad con los artículos 13.2 y 16.1 del Real Decreto 1398/1993, de 4 de agosto, por el que se aprueba el reglamento del procedimiento a seguir para el ejercicio de la potestad sancionadora, un plazo de quince días para aportar alegaciones, documentos o informaciones que consideren oportunas o, en su caso, proponer prueba, concretando los medios de que pretendan valerse.

Sexto. Advertir a los interesados que, de no efectuar alegaciones sobre el contenido de la iniciación del procedimiento en el plazo previsto, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución cuando contenga un pronunciamiento preciso acerca de la responsabilidad imputada.

Séptimo. Indicar al presunto responsable que puede reconocer su responsabilidad y realizar el pago voluntario en cualquier momento anterior a la resolución.

Octavo. Designar como nueva instructora del procedimiento a la técnica de medio ambiente Juana A. Cardell Vich, que se encuentra en sustitución por permiso de maternidad de Isabel Riera Sansó, técnica denominada inicialmente como instructora del expediente. Será de aplicación el régimen de recusación que se establece en el artículo 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Noveno. Comunicar el presente acuerdo de iniciación a la instructora ya la secretaria, con traslado de todas las actuaciones que existen sobre este expediente.

Décimo. Notificar el presente acuerdo al interesado.

 

Son Servera, 28 de junio de 2013

 

  El Alcalde Presidente                                               Don fe: El Secretario

Antoni Servera Servera                                             Antoni Gual Sureda "

Contra esta resolución, que agota la vía administrativa se pueden interponer, alternativamente, los recursos siguientes:

a. - Directamente el recurso contencioso administrativo ante el Tribunal que resulte competente, en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente de la notificación del presente decreto.

b. - El recurso de reposición potestativo ante el órgano que ha dictado esta resolución, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente de la notificación de la presente resolución.

No obstante lo anterior, se puede ejercitar, si es el caso, cualquier otro recurso que se estime pertinente. Todo ello de conformidad con la ley 29/1998 de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción y de la ley 4/1999 de 13 de enero, de modificación de la ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Son Servera, 26 de agosto de 2013