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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 16088
Disciplina. DO-2011-190 Notificación excluir y requerimiento licencia
Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por presunta infracción urbanística al Sr. JÖRG HUNDERTMARK, exp. DO-2011-190, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a FRANCISCA CAÑELLAS TRIAS, de conformidad con el art. 59-5 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:
Le notifica que, por Decreto del Presidente del Consejo de Gerencia de Urbanismo núm. 10266, de 06/11/13, se ha dispuesto lo siguiente:
Visto el expediente de infracción urbanística incoado a los Sres.. PEDRO CAÑELLAS RAMIS y FRANCISCA CAÑELLAS TRIAS (props) para la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en la ZN Puntiró (parcelación) 24 A, RC 03400068, consistentes en "construcción de una dependencia o casa separada de la principal de unos 80 m2 de superficie con cubierta de tejas a dos vertientes
Visto el informe del TAG del Servicio de 31.05.2013, que se transcribe en la parte dispositiva.
Vistos los artículos 31, 34, 87 y 89 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; los arts. 2, 26, 30 y 65 y siguientes de la Ley 10/90, de 23 de octubre, de disciplina urbanística, los arts. 25.d 124 de la Ley 7/85, de 2 de abril, de bases del régimen local; el art. 146 y siguientes del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales, aprobado por Real Decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, los arts. 64 y 84 de la Ley 23/2006, de 20 de diciembre, de Capitalidad de Palma, los arts. 29 y 105 de la Ley 20/2006 municipal y de régimen local de las Islas Baleares, los artículos 4.1.h, 4.2.e), 4.2.l), y 4.2.m) y art. 18 ª del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma, el jefe de servicio que suscribe considera que la presidenta del Consejo de la Gerencia, puede dictar el siguiente:
DECRETO
1er. DEJAR SIN EFECTO el requerimiento de licencia y EXCLUIR los Sres.. PEDRO CAÑELLAS RAMIS y FRANCISCA CAÑELLAS TRIAS (props) del expediente de demolición por la ejecución de obras sin licencia en la ZN Puntiró (parcelación) 24 A, RC 03400068, consistentes en "construcción de una dependencia o casa separada de la principal de unos 80 m2 de superficie con cubierta de tejas a dos vertientes "
EN CONSIDERAR QUE
a) El expediente se ha dirigido frente a. Srs. CAÑELLAS y CAÑELLAS, dado que figuran como titulares del inmueble a los registros muncipales (IBI).
b) Solicitada información al registro de la propiedad, ha remitido la nota simple informativa de día 30/05/2013, de acuerdo con la cual la finca registral 10172 del RP 9 de Palma correspondiente a la RC 07040A03400068002YX (Lote 24-A del Plan de la parcelación) es de titularidad del Sr. JÖRG HUNDERTMARK, desde los días 08/07/2008 y 10/12/12.
c) En el expediente no figura acreditada la intervención de los Sres.. CAÑELLAS y CAÑELLAS en la ejecución de las obras objeto del expediente de demolición, ni que sean responsables de la demolición en cualquiera de los conceptos previstos legalmente, por lo que procede excluirlos de este expediente de demolición.
d) Asimismo, de acuerdo con el art. 25, 26, 30 y 65 y siguientes de la LDU, procede iniciar el expediente de demolición frente al propietario del inmueble, Sr. JÖRG HUNDERTMARK.
2 º. REQUERIR al Sr. JÖRG HUNDERTMARK (PROP) para que, en un plazo de DOS MESES desde el día siguiente de la publicación del presente edicto, SOLICITE LICENCIA municipal de obras para las obras ejecutadas sin licencia en ZN Puntiró (parcelación) 24 A, RC 03400068, consistentes en "construcción de una dependencia o casa separada de la principal de unos 80 m2 de superficie con cubierta de tejas a dos aguas", así como cualquier otra obra o instalación realizada sin licencia. de acuerdo con el art. 25, 26 y 65 LDU. además de cualquier otro tipo de obras que se realicen en el emplazamiento citado, y justifiquen haber presentado la garantía o aval bancario por importe del 20% del presupuesto de las obras que prescribe el artículo 65 de la ley 10/90 de la CAIB para garantizar el pago de las multas que se impongan y las medidas de restablecimiento de la realidad física alterada o la adecuación de las obras a la licencia otorgada.
Para poder tramitar la licencia y entender iniciado el cómputo legal para su resolución, es necesaria la presentación de la documentación completa y del aval mencionado, en virtud del art. 65 de la Ley 10/90. Asimismo podrá dar lugar a la suspensión automática del procedimiento de demolición o reconstrucción en virtud de lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley 30/92 del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común por el tiempo que dure la resolución del otorgamiento / denegación de la licencia.
Una vez transcurrido el plazo otorgado para su legalización, se podrá proseguir con el procedimiento de demolición o reconstrucción según los artículos 65 y concordantes de la Ley 10/90 de disciplina urbanística de la CAIB.
3ER. DESIGNAR como instructor y como secretario del expediente que se instruye por la infracción urbanística cometida al jefe de Servicio y al jefe del Negociado, respectivamente.
4 º. NOTIFICAR el Decreto a los interesados.
Contra el punto 1, de esta resolución, que agotan la vía administrativa, pueden interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que las ha dictado, de acuerdo con el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. El plazo para interponerlo es de un mes, contado desde el día siguiente de la publicación del presente edicto. En este caso, no se puede interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición. El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificado la resolución en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente que se ha interpuesto . En este caso queda expedita la vía contenciosa administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el art. 116 antes mencionado y lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo o la Sala Contencioso Administrativa del Tribunal Superior de Justicia, según las competencias determinadas por los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de la publicación del presente edicto, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que considere pertinente.
En cuanto al punto 2, de requerimiento de licencia de obras, se lo comunico como acto de trámite, para su conocimiento y efectos oportunos.
Le recuerdo que, de acuerdo con el artículo 14 del Estatuto de autonomía, puede ejercer su derecho de opción lingüística en lo referente a las futuras notificaciones que se hagan.
Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, pueden dirigirse a las siguientes oficinas: OAC AVINGUDES-Av. Gabriel Alomar, 18 (Edif. Avenidas); OAC CORT-pl. Santa Eulalia, 9, bajos; OAC PERE GARAU-c. Pere Llobera, 9; OAC SAN AGUSTÍN-c. Margaluz, 30; OAC San Fernando-Av. San Fernando, 42 (Edif. Policía Local); OAC S'ARENAL-Av. América, 11; OAC S'ESCORXADOR-c. Emperatriz Eugenia, 6; OAC SON FERRIOL-Av. Cid 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 8.30 a 14.00 h de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 8.30 a 17 h de lunes a jueves (OAC Avenidas). Sábados abierto de 9.30 a 13.30 en la OAC Cort (sólo registro).
Palma, 30 de agosto de 2013
La jefe de departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios
P.D. Decreto de Alcaldía núm. 10434 de 08/06/2012, (BOIB núm. 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod