Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 16083
Protección. DP 2009/76 Notificación ACGU de 14.05.2013. Disponer ejecución subsidiaria.
Dado que no se ha podido notificar el Consejo de Gerencia de Urbanismo de fecha 14 de mayo de 2013, a JUAN DE SENTMENAT MORELL M. PILAR, con DNI 41328602-V, y para poder seguir adelante la tramitación del expediente: DP 2009/76, en relación al inmueble ubicado en la C / TRAVESA DEN BALLESTER N 14, del Negociado de Protección de la Edificación, de disciplina urbanística.
De conformidad con el artículo 59.4, de la Ley 30/92, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y con el 194, del Reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, a través del presente edicto se le notifica lo siguiente:
Notifica que el Consejo de Gerencia de Urbanismo, en fecha 14 de mayo de 2013, se acordó lo siguiente:
I. Considerando que mediante Decreto de Alcaldía núm. 5790, de fecha 20 de abril de 2010, se ordenaron las medidas cautelares urgentes descritas en el informe técnico de fecha 3 de marzo de 2010 (mantener el desalojo, apuntalamiento del edificio y losa de escalera para garantizar su estabilidad y realización de informe pericial firmado por técnico competente que incluya el estado real de la estructura y la propuesta de las obras mínimas a realizar para asegurar la estabilidad del edificio), en relación con el inmueble ubicado en la calle Travesía de en Ballester, n. 14 (PC 00403009), las cuales fueron reiteradas mediante Decreto de Alcaldía núm. 14633, de fecha 8 de septiembre de 2010, con apercibimiento a la propiedad que, en caso de incumplimiento, se iniciará expediente de ejecución subsidiaria de las obras reiteradas, pidiendo presupuesto a la empresa concesionaria de las ejecuciones subsidiarias de la Ayuntamiento, actualmente Contratas Bartolomé Ramón, SA, siendo a cargo de la propiedad todos los gastos que se producen desde este momento:
II. Visto el informe técnico de fecha 12 de mayo de 2011, que constata el incumplimiento de la orden de ejecución reiterada, y concluye solicitar a la empresa Contratas Bartolomé Ramón, SA presupuesto para realizar la ejecución subsidiaria de las obras.
III. Visto el informe técnico emitido en fecha 18 de julio de 2012, a raíz del incendio que se produjo en fecha 16 de julio de 2012 en el inmueble de referencia con hundimiento de elementos estructurales, que concluye:
"(...) Conclusión:
Visto el estado peligroso e inestable en que se encuentra el edificio debido al incendio de fecha 16-07-2012, que incluso nos ha impedido entrar en el edificio para valorar su estado después del incendio, se considera que hay que tomar medidas cautelares urgentes. Por tanto, se considera que se solicite a la empresa encargada de las ejecuciones subsidiarias, CONTRATAS BARTOLOME RAMON SA, LA REALIZACIÓN DE UNOS PRESUPUESTOS DE OBRA, consistentes en:
- 1 - Respeto la 1 º crujía:
o Limpieza de la basura existente debido al incendio, apuntalamiento de esta parte del edificio; forjados no afectados por el fuego y losa de escalera para garantizar su estabilidad. Retirada de elementos inestables ESTRUCTURALES afectados por el incendio.
- 2 - Respecto la 2 º crujía:
o Retirada de elementos inestables ESTRUCTURALES, DE FORMA INMEDIATA, DE LA PARTE TRASERA DEL EDIFICIO AL LADO DEL PATIO INTERIOR, ASÍ COMO EN LA PLANTA BAJA que incluye forjados, y paredes inestables, junto al patio interior afectados por el incendio de fecha 16-07-2012.
- Recordar que hay que mantener el desalojo
ESTOS PRESUPUESTOS irán SEPARADOS por crujías EN TODOS SUS CONCEPTOS y deberán diferenciar cada uno de los apartados antes citados para que, en caso de que se produzca la suspensión de la ejecución subsidiaria, se abonará la factura por los trabajos realizados hasta la fecha . "
IV. Dado que en fecha 7 de septiembre de 2012 la empresa Contratas Bartolomé Ramón, SA presentó el presupuesto de la ejecución subsidiaria relativa a las actuaciones a realizar en la 1 ª crujía, es decir, la primera medida cautelar descrita en el informe técnico emitido en fecha 18 de julio de 2012 (transcrita en el expositivo anterior) , el cual ha sido informado favorablemente por los servicios técnicos municipales, mediante informe técnico de fecha 13 de diciembre 2012, que transcrito dice:
"(...) CAL INFORMAR:
A. - Que las obras contempladas en el presente presupuesto se ajustan a las solicitadas en el punto 1 º del informe, consistente en:
1. - Apuntalamiento del edificio, forjados no afectados por el fuego y losa de escalera para garantizar su estabilidad.
B. - El presente presupuesto hace referencia en el apartado anterior, se informa favorablemente para cuando se ajusta básicamente a lo solicitado para realizar por vía de ejecución subsidiaria. En referencia al precios aplicados, se han aplicado los de los libros de precios de la construcción edición n º 36 de fecha 07 2011.
C. - Este presupuesto aunque se informa favorablemente queda condicionado a posibles variaciones de las partidas del capítulo 2.
Se deberá justificar con comprobantes semanales firmados por técnico de material empleados y mano de obra. Las obras se facturarán medición real y las partidas alzadas se deberá justificar una vez ejecutadas las obras.
D. - El importe del presupuesto asciende la cantidad de / / 26.771,40. - € / / impuestos incluidos. "
V. Dado que se dio trámite de audiencia a la propiedad del presupuesto citado en el expositivo anterior, para que, en el plazo de 10 días, pudieran alegar lo que estimasen oportuno, sin que se hayan presentado alegaciones .
Vista la normativa de aplicación: artículo 9.1 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de junio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de suelo; artículos 10 y 11 Ley 10/1990, de 23 de octubre , de disciplina urbanística; artículo 98 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; artículos 172 y 175 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales , el Reglamento de la Gerencia de Urbanismo, y la otra normativa aplicable, cabe formular la presente propuesta al Consejo de Gerencia de Urbanismo por la adopción del siguiente
A C U E R D O
1 º) DISPONER LA EJECUCIÓN SUBSIDIARIA de las actuaciones a realizar en la primera crujía, descritas en el informe técnico de fecha 18 de julio de 2012, parcialmente transcrito en el expositivo III, respecto del inmueble sito en la calle Travesía de en Ballester, n. 14 (PC 00403009), consistente en:
"1 - Respeto la 1 º crujía:
o Limpieza de la basura existente debido al incendio, apuntalamiento de esta parte del edificio; forjados no afectados por el fuego y losa de escalera para garantizar su estabilidad. Retirada de elementos inestables ESTRUCTURALES afectados por el incendio. "
2 º) APROBAR el presupuesto presentado por la empresa Contratas Bartolomé Ramón SA en fecha 7 de septiembre de 2012, que asciende a la cantidad de € 26.771,40 (VEINTINUEVE SEIS MIL SETECIENTOS SETENTA Y UN EUROS Y CUARENTA CÉNTIMOS), a reserva de la definitiva liquidación debidamente justificada por los servicios técnicos municipales.
3 º) ENCARGAR a la empresa Contratas Bartolomé Ramón SA, con CIF A-57115701, y domicilio en la calle Francisco Manuel de los Herreros, 26, 1 º dcha., 07005 Palma, la realización de las obras enumeradas en el dispositivo I de este Acuerdo , en relación con el inmueble situado en la calle Travesía de en Ballester, n. 14 (PC 00403009), de acuerdo con el presupuesto aprobado, con cargo a la partida 08.151.00.226.32. Pudiendo iniciarse las obras a partir de la fecha que este Acuerdo sea firme y esté expedita la entrada domiciliaria si fuera el caso.
4 º) DISPONER que el coste de la ejecución subsidiaria de las obras mencionadas será de cuenta de la propiedad del inmueble.
5 º) ORDENAR, de acuerdo con lo que exigen los artículos 96 y 98 de la 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, El EXACCIÓN PREVIA Y CAUTELAR los propietarios obligados de el inmueble ubicado en la calle Travesía de en Ballester, n. 14 (PC 00403009): Sra. María del Carmen Valls Bertrand, con DNI 41346371-F, y 3 (Lagrima Marin Quiñones, Mimosa Marin Quiñones y Niebla Marin Quiñones), y D ª. María del Pilar Juan de Sentmenat Morell, con DNI 41328602-V, y A RESERVA DE LA LIQUIDACIÓN DEFINITIVA DEL COSTE EVALUADO DE LAS OBRAS. LA CANTIDAD, EN PRINCIPIO EVALUADA PARA LA EJECUCIÓN SUBSIDIARIA, se de € 26.771,40, IVA incluido, según presupuesto presentado por la empresa CONTRATAS BARTOLOME RAMON SA, actualmente empresa adjudicataria del servicio de ejecución de obras por vía subsidiaria, representada por la Sra.. Francisca Alba Ramón, con DNI 43061708-G. Los gastos que se originen por el presente encargo serán a cargo de los propietarios obligados a realizar las obras.
6 º) NOTIFICAR la presente resolución a la Sra.. María del Carmen Valls Bertrand, con DNI 41346371-F, y 3 (Lagrima Marin Quiñones, Mimosa Marin Quiñones y Niebla Marin Quiñones), ya la Sra.. María del Pilar Juan de Sentmenat Morell, con DNI 41328602-V, y en la empresa Contratas Bartolomé Ramón, SA, con CIF A-57115701.
Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, pueden interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo al artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción de la Ley 4/1999, de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir la presente notificación y en este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo debe presentarse en el Registro General de este Ayuntamiento (1) o en las dependencias a que se refiere el artículo 38, 4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes mencionada. Mado cuando no se ha resuelto y notificado la resolución en el plazo de un mes contado desde el día siguiente que se ha interpuesto. En este caso queda expedita la vía contenciosa administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, según lo establecido en el artículo antes mencionado, y los 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción, ante el juzgado contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de recibir la presente notificación. Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere pertinente.
Para servicio de registro de documentos, caja, así como información general y fiscal, pueden dirigirse a las siguientes oficinas: OAC Avenidas-Edificio Avenidas. Av. Gabriel Alomar, 18; OAC Corte-Pl. Santa Eulalia, 9; OAC Pere Garau-C. Pere Llobera, 9; OAC San Fernando-Av. San Fernando, 42; OAC San Agustín-C. Margaluz, 30; OAC Arenal-Av. América, 11; OAC Escorxador-C. Emperatriz Eugenia, 6; OAC Son Ferriol-Av. Cid, 8. Horario de atención al público: Todo el año: de 08.30 a 14.00 h de lunes a viernes (todas las oficinas). Horario ampliado de octubre a mayo: de 08.30 a 17.00 h de lunes a jueves (OAC Avenidas). Sábados abierto de 09.30 a 13.30 en la OAC Cort (sólo registro).
Palma, 26 de agosto de 2013
La jefe de departamento de disciplina y seguridad de los edificios
Por delegación (Decreto de Alcaldía núm. 22906 de 01/12/2011,
BOIB núm. 187 de 15/12/2011)
Elvira Salvá Armengod.