Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MAÓ
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA E INSTRUCCIÓN NÚM. 3 DE MAÓ
Núm. 14896
Divorcio contencioso 766/2012
CEDULA DE NOTIFICACION
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
FALLO
Que debo estimar y estimo íntegramente la demanda interpuesta por la representación procesal de doña maría Eufemia Mejía González contra don Wilmer Arbey Peláez Colorado y, en consecuencia, declaro la disolución por divorcio del matrimonio canónico contraído por los cónyuges litigantes el día 18 de abril de 2009.
No se realiza especial pronunciamiento en costas procesales.
Una vez firme la presente sentencia, comuníquese al Registro Civil de Mahón para su correspondiente inscripción.
Contra la presente resolución cabe la interposición de recurso de apelación que deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de los 20 días siguientes a la notificación de esta sentencia y que será resuelto por la Ilma. Audiencia Provincial de Illes Balears (artículos 457 y siguientes de la LEC), siempre que se cumplan los requisitos y términos expresados en la Disposición Adicional 15º de la Ley Orgánica del Poder Judicial en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre.
Así lo acuerda, manda y firma, Don Fernando Pinto Palacios, Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción nº3 de Maó y de su partido judicial. Doy fe.
Y como consecuencia del ignorado paradero de WILMER ARBEY PELAEZ COLORADO, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
MAÓ a veintinueve de Julio de dos mil trece.
LA SECRETARIO JUDICIAL