Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚM. 5 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 15937
Juicio de Faltas 990/2012
D./DÑA. PILAR DE MEER CERDÁ SECRETARIA DEL JUZGADO DE INSTRUCCIÓN NÚMERO 005 DE PALMA DE MALLORCA
DOY FE Y TESTIMONIO:
Que en el Juicio de Faltas nº 990/2012 se ha dictado la presente sentencia, que en su parte dispositiva dice:
“ Que debo CONDENAR y CONDENO a FRANCISCO MARCOS LIRIO como autor responsable de una FALTA de ESTAFA prevista y penada en el artículo 623,4º del Código Penal, a la pena de un mes de multa a razón de seis euros diarios, a que indemnice a JUAN CARLOS CABOT GOMILA en la cantidad de doscientos cincuenta y cinco euros correspondientes al valor de los teléfonos Blackberry y al pago de las costas causadas, con responsabilidad personal subsidiaria prevista en el artículo 53 del Código Penal de privación de un día de libertad por cada dos cuotas diarias no satisfechas.
Contra la presente resolución cabe interponer recurso de apelación en el plazo de los cinco días siguientes a su notificación y que se formalizará conforme lo dispuesto en los artículos 795 y 796 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
Así por esta mi sentencia, lo pronuncio, mando y firmo.”
Y para que conste y sirva de Notificación de Sentencia a FRANCISCO MARCOS LIRIO y su publicación en el Boletín Oficial de ILLES BALEARS, expido la presente en PALMA DE MALLORCA a catorce de agosto de dos mil trece
EL/LA SECRETARIO