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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

Núm. 15940
R.B.580-13 iniciación sancionador limpieza vias públicas

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Intentada sin efecto la notificación por correo certificado con acuse de recibo, y no habiendo podido efectuar por ignorarse el domicilio o no haberse encontrado en el mismo interesado que se relaciona, se procede, en cumplimiento de lo establecido el artículo 59.5 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, a la publicación en el Boletín Oficial de las Islas Baleares y en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Alaró, de la siguiente forma:

 

"Resolución de Alcaldía núm.580-2013

Asunto: Iniciación de Procedimiento Administrativo Sancionador por presunta infracción de la ordenanza reguladora de la limpieza de las vías públicas, instalaciones públicas y de la recogida de residuos urbanos municipales.

Expediente: 1003-2013

Enterada esta Alcaldía los hechos denunciados mediante denuncia del agente de la Policía Local con cpA020071 de fecha 16 de junio de 2013 (registro de entrada núm.2991, de 06.17.2013) y ampliación de denuncia del oficial de la policía local (registro de entrada núm.3019, de 17.06.2013), y de acuerdo con las atribuciones conferidas por el artículo 21.1, n) de la Ley estatal 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, se ha adoptado la siguiente

 

RESOLUCIÓ

 

PRIMERO. - Decretar la Incoación de Procedimiento Administrativo Sancionador contra Francisco Muñiz Gómez, como persona presuntamente responsables de una infracción de la ordenanza reguladora de la limpieza de las vías públicas, instalaciones públicas y de la recogida de residuos urbanos municipales ( Boib núm.130 de 28.08.07).

SEGUNDO. - Los hechos que presuntamente son constitutivos de infracción y que dan lugar a la presente incoación son los consistentes en depositar y mantener depositadas bolsas con basura fuera del horario establecido por el Ayuntamiento, que es a partir de las 20 horas y como máximo hasta el momento de la recogida. Las bolsas fueron encontradas el domingo día 16 de junio de 2013 a las 12.10 horas en la C / Joan Alcover, ante el núm.76 y se mantuvieron allí depositadas hasta el lunes 17, en el que personal de la brigada municipal procedieron a retirarlas .

Dintre de una de estas bolsas había documentación de los presunto responsable y que consta en el expediente.

TERCER. - La calificación provisional de los hechos, sin perjuicio del resultado de la instrucción, constituye una infracción del artículo 22.3 de la ordenanza reguladora de la limpieza de las vías públicas, instalaciones públicas y de la recogida de residuos urbanos municipales (Boib núm.130 de 28.08.07) y de acuerdo con el artículo 37 la sanción es de multa de 60 €.

CUARTO. - Se designa como instructor y secretario del presente procedimiento administrativo sancionador a Juan Antonio Lozano León, y Jaume Nadal Bestard recusables en los términos previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de la Administración Pública y del Procedimiento Administrativo Común.

QUINTO. - El órgano municipal competente para la resolución del procedimiento es el Alcalde de este Ayuntamiento, art. 21.1, n) de la Ley estatal 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local.

SEXTO. - De conformidad con lo dispuesto en el art. 8.3 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero, el interesado podrá formular alegaciones y proponer prueba, en el plazo común de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente al recibo de la presente notificación. Asimismo y dentro de este plazo el interesado podrá consultar el expediente administrativo que consta de denuncia de la Policía Local y el acuerdo de incoación del presente procedimiento administrativo sancionador. Si no efectúan alegaciones dentro del plazo mencionado, la iniciación podrá ser considerada propuesta de resolución (art.8.4 del Decreto 14/1994, de 10 de febrero). El presente expediente se resolverá en el plazo de un año desde la fecha de incoación y se entenderá caducado el procedimiento, y se procederá al archivo de las actuaciones, una vez transcurrido el vencimiento del plazo en que se debió dictar la resolución. "

Lo que se hace público para su conocimiento, cumplimiento y efectos

 

Alaró, 22 de agosto de 2013

 

El Secretario,

Jaume Nadal Bestard