Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MADRID
JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 17 DE MADRID
Núm. 14741
Cuenta de abogado 1371/-. Reclamación de cantidad
CEDULA DE NOTIFICACION
D./Dña. PALOMA MUÑIZ CARRION SECRETARIO JUDICIAL DEL Juzgado de lo Social n° 17 de Madrid, HAGO SABER:
Que en e1 procedimiento 1371/2012 01 de este juzgado de lo Social, seguido a instancia de D./Dña. JAIME TOMAS AZORIN frente a D./Dña. CARLOS ALEJANDRO SEGUNDO CESPEDES sobre Cuenta de abogado se ha dictado la siguiente resolución:
QUE SE ADJUNTA
Y para que sirva de NOTIFICACIÓN EN LEGAL FORMA a D./Dña. CARLOS ALEJANDRO SEGUNDO CESPEDES , en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el tablón de anuncios del Juzgado.
Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en la oficina judicial, por el medio establecido al efecto,sa1vo las que revistan la forma de auto, sentencia decretos que pongan fin al procedimiento o resuelvan un incidente o se trate de emplazamiento.
En Madrid, a diecisiete de julio de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL
DILIGENCIA. En MADRID a diez de diciembre de dos mil doce
La extiendo yo, el/la Secretario, para hacer constar que con fecha 23/11/12 ha tenido entrada en este Juzgado el anterior escrito presentado por D. JAIMIE TOMAS AZORIN. Doy fe.
DILIGENCIA DE ORDENACION
S.Sª EL/LA SECRETARIO JUDICIAL: D./Da. PALOMA MUNIZ CARRION
En MADRID, a diez de diciembre de dos mil doce.
Por presentado el anterior escrito y minuta de honorarios, regístrese y fórmese pieza separada. Tramítese la solicitud de reclamación de honorarios formulada por el Letrado D. JAIME TOMAS AZORIN, y de conformidad con lo dispuesto en el Art. 35 de la L.E.C. requiérase a D. CARLOS ALEJANDRO SEGUNDO CESPEDES para que en el plazo de DIEZ DIAS proceda a abonar la cantidad de 143'14 EUROS, o impugne la cuenta, bajo apercibimiento de apremio si no pagare ni formulare impugnación.
Notifíquese a las partes.
MODO DE IMPUGNACIÕN: Mediante recurso de reposición a interponer ante quien dicta esta resolución, en el plazo de CINCO DIAS hábiles siguientes a su notificación con expresión de la infracción que a juicio del recurrente contiene la misma, sin que la interposición del recurso tenga efectos suspensivos con respecto a la resolución recurrida.
Si el recurrente no tiene la condición de trabajador o beneficiario del régimen Público de la Seguridad Social, deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la Cuenta de Consignaciones de este abierta en, cuenta nº debiendo indicar en el campo concepto, Recurso seguida del código 30 Social-Reposición. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria deberá incluir tras la cuenta referida, separados por un espacio, el código 30 Social-Reposición. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa.
Quedan exentos de su abono en todo caso, el Ministerio Fiscal el Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades locales y los Organismos Autónomos dependientes de ellos.
Así lo ordeno y firmo.
EL/LA SECRETARIO JUDICIAL
DILIGENCIA.- Seguidamente se cumple lo ordenado, doy fe.