Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 15866
Departamento de Movilidad y Proyectos - Convocatoria de las pruebas para la renovación del certificado de capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera que se llevarán a cabo en la isla de Menorca.
Por medio de la presente hacemos pública la resolución del Hble. Consejero Ejecutivo del departamento de Movilidad y Proyectos de este Consell Insular de Menorca de día 20/8/2013, Resolución núm. 2013/155 mediante el cual se comunica la convocatoria de las pruebas de renovación del certificado de capacitación profesional para los Consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, que dice lo siguiente:
"Vista la Ley 13/1998, de 23 de diciembre de atribución de competencias a los consejos insulares de Menorca y de Eivissa y Formentera en materia de transporte por carretera.
Visto el RD 1566/1999, de 8 de octubre, sobre los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable.
En virtud de lo dispuesto en la Orden FOM/605/2004,de 27 de Febrero, sobre capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocaril o por via navegable.
En virtud de las competencias en materia de transportes otorgadas por medio del Decreto de Presidencia 102, de 4 de julio de 2011,
RESUELVO:
PRIMERO.- Convocar pruebas para la renovación del certificado de capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera que se llevarán a cabo en la isla de Menorca.
SEGUNDO.- Determinar, que la mencionada convocatoria se regirá por las siguientes normas:
1. Únicamente podrán presentarse las personas que tengan su residencia habitual en el territorio de la isla de Menorca, excepto que obtengan autorización del órgano convocante en un territorio diferente por causa debidamente justificada. Se presumirá que la residencia habitual del aspirante es la que figura en su documento de identidad en vigor excepto que el aspirante acredite, mediante el certificado de empadronamiento, su domicilio durante un mínimo de ciento ochenta y cinco días naturales durante el último año, contados desde el final del plazo para presentar las solicitudes para participar en las pruebas; y excepto que el aspirante acredite que, aunque no cumpla el mínimo de los días mencionados, por razones familiares o profesionales se ha visto obligado a cambiar de residencia. Esta circunstancia no se entenderá cuando se trate de una estancia temporal par realizar una actividad determinada ni en el caso de asistencia a universidad, escuela o centro docente.
2. Los aspirantes podrán optar entre examinarse globalmente para todas las especialidades o de forma separada por alguna de las especialidades que indica la mencionada Orden.
3. Los exámenes, constarán de una prueba que se realizará de conformidad con el ADR 2013:
En la prueba no se permitirá la consulta de textos, consistirá en el desarrollo de 25 preguntas o en responder a 50 preguntas tipos test, con cuatro respuestas alternativas, que versarán sobre las materias incluidas en el anexo del Real decreto 1566/1999, de 8 de octubre, sobre consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable.
El tiempo máximo de que podrán disponer los aspirantes para la realización de la prueba será de una hora.
La prueba se valorará de 0 a 100 puntos y se considerará superada cuando el examinado obtenga una puntuación igual o superior a 50. Las respuestas erróneas no tendrán penalización.
4. Las instancias se presentarán en el plazo de 15 días hábiles a contar desde el día siguiente a la fecha del anuncio de la publicación de la presente Resolución en el BOIB, a las cuales se adjuntará fotocopia del DNI y, en caso de que en este no se acredite la residencia en la isla de Menorca, certificado de residencia.
Los modelos de instancias se podrán recoger y se presentarán en el Servicio de Atención al Ciudadano del Consejo Insular de Menorca (Plaza de la Biosfera, 5 (Jardines de Malbújer) de Maó, o plaza de la Catedral, 6 de Ciutadella).
De acuerdo con la disposición transitoria tercera de la Ley de atribución de competencias, por participación en las presentes pruebas, se abonará una tasa de 22,41 €.
La lista de aspirantes admitidos y excluidos, la designación del tribunal, así como el sitio, la fecha y la hora de la realización de las pruebas se publicarán en el tablero de edictos y en la página web (www.cime.es) de este Consejo Insular.
A los aspirantes que superen el examen les será expedido el certificado de aptitud al que hace referencia el artículo 5 de la Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero”.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, pueden interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con lo que dispone el artículo 116 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico y Procedimiento Administrativo Común, según la redacción hecha por la Ley 4/1999 de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes, a contar a partir del día siguiente a la recepción de esta notificación, sin poder, en este caso, interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se hubiera resuelto el de Reposición.
El recurso de reposición potestativo se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto y notificada la resolución, en el plazo de un mes, a contar des del día siguiente a su interposición, quedando expedita la vía contenciosa administrativa.
Si no hicieran uso del recurso potestativo de reposición, podrán interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo mencionado anteriormente i los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, que regula la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, ante la Sala Contenciosa Administrativa del Tribunal Superior de Justicia de Baleares en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación.
Todo esto sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que consideren oportuno.
Conseller Ejecutivo del departamento de Movilidad y Proyectos
Luis Alejandre Sintes
Maó, 21 de agosto de 2013