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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 14856
Procedimiento ordinario 1074/2011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0001074 /2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª PATRICK BOSCH KALL contra la empresa  FRICKE SERVICE TEAM SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

SENTENCIA N° 209

En la ciudad de Palma de Mallorca a  diez de junio del año dos mil trece. 

VISTO  por mi  D.  Ricardo Martín Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 4 de Palma de Mallorca, el presente Juicio seguido a instancia del sindicato Unión General de Trabajadores  actuando en nombre e interés de su afiliado D. Patrick Bosch Kall representado por el Graduado Social  D. Rafael Aguiló Inglés contra la empresa Fricke Service Team S.L. y el Fondo de Garantía Salarial sobre reclamación de cantidad.

FALLO

QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO LA DEMANDA interpuesta a instancia del sindicato Unión General de Trabajadores  actuando en nombre e interés de su afiliado D. Patrick Bosch Kall contra la empresa Fricke Service Team S.L. y el Fondo de Garantía Salarial sobre reclamación de cantidad condenando a la empresa demandada a pagar al actor la cantidad de 2.566,92 € suma que devengará el recargo moratorio establecido en el art. 29.3 ET y devengando  en los sucesivo y hasta su completo pago el interés establecido en el art. 576 LEC; absolviendo al Fondo de Garantía Salarial de los pedimentos frente al mismo deducidos y sin perjuicio de sus eventuales responsabilidades legales. Así mismo, debo condenar y condeno a la empresa Fricke Service Team S.L. al pago de una multa por importe de 100 € y al pago de los honorarios profesionales del Graduado Social D. Rafael Aguiló Inglés hasta el límite de 600  €.

Notifíquese  la anterior sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso alguno. Procédase al archivo de los presentes autos previa baja en el Libro correspondiente.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a  FRICKE SERVICE TEAM SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a veintitrés de Julio de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL