Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE MANACOR
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 1 DE MANACOR
Núm. 10535
Divorcio contencioso 0000870/2010 Sobre otras materias
CEDULA DE NOTIFICACIÓN
En el procedimiento de referencia se ha dictado la SENTENCIA del tenor literal siguiente:
“FALLO
Que estimando la demanda presentada por Pedro Luís Epifanio Rábanos Sánchez fren te a Dña. Nelly Jacqueline Ortega De Sánchez, debo declarar y declaro haber lugar a la disolución del matrimonio celebrado en la localidad de San Cristóbal (Estado de Tchira) Venezuela, el día 7 de mayo de 2007, entre Pedro luís Epifanio Rábanos Sánchez Dña. Nelly Jacqueline Ortega de Sánchez, con todos los efectos inherentes a tal declaración
Sin expreso pronunciamiento en costas.
Contra esta resolución cabe interponer recurso de Apelación a resolver por la Audiencia Provincial de Baleares y que se presentará ante este Juzgado de Primera Instancia, en el plazo de veinte días a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución”.
Y como consecuencia del ignorado paradero de Nelly JACQUELINE ORTEGA DE SÁNCHEZ, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
MANACOR, a veintiuno de Mayo de dos mil trece.
EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL.