Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 15633
ITE 2011-1893 comunicació informe TAG
Como consecuencia del expediente ITE 2011/1893 referente a la Inspección técnica de Edificios, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Henales Cañellas M. del Pilar, de conformidad con el Art. 59-4 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que transcrito dice:
Le remito, anexo, informe del TAG del servicio de ITE en relación a la documentación presentada con fecha de entrada al Registro General 01.12.2011 y núm. de documento 2011/000266225.
Le recuerdo que, de acuerdo con el artículo 14 del Estatuto de autonomía, pueden ejercer su derecho de opción lingüística por la lengua castellana en cuanto a las futuras notificaciones que se hagan dentro de este procedimiento.
Cualquier documentación o escrito debe presentarse en cualquiera de las oficinas de Atención a la Ciudadanía en: OAC Cort en plaza de Santa Eulàlia, 9, 07001, tfn 971225971; OAC Sant Ferran en avenida Sant Ferran 42, 07013, edificio Policía Local, tfn 971225511; OAC Avingudes en avenida Gabriel Alomar, 18, 07006, edificio Avingudes, tfn 971225900; OAC Pere Garau en calle Pere Llobera 9, 07007, tfn 971225900; OAC S’escorxador en calle Emperadriu Eugènia, 6, 07010, 971201362; OAC Son Ferriol en avenida del Cid 8, 07198, 971426209; OAC Sant Agusti en calle de Margaluz 30, 07015, 971708733; OAC S'Arenal en avenida América, 11, 07600, 971225891; mediante instancia dirigida al Ajuntament de Palma, donde ha de hacer constar el número de expediente. Horario de atención al Público para todas las OAC, todo el año: 8.30 h a 14.00 h de lunes a viernes. Horario ampliado de octubre a mayo: 8.30 h a 17 h de lunes a jueves únicamente en la OAC de Avingudes. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en Pza. Santa Eulàlia 9 (sólo registro).
El 01.12.12 la Sra. Henales Cañellas, como propietaria del inmueble ubicado en la CE Ricardo Ankerman, 21, presenta un escrito donde informa de su imposibilidad de cumplir con la obligación de presentar el informe de ITE a causa de su situación laboral, todo ello de acuerdo con la Ordenanza Municipal de Inspección Técnica de Edificios (emplazamiento CE Ricard Ankerman, 21. Referencia Catastral: 00900609)
Una vez examinado el expediente de referencia se informa lo siguiente:
a) La Sra. Henales Cañellas solicita una prórroga por falta de medios económica o algún tipo de solución alternativa. Se le informa de que en la actualidad y en este ayuntamiento no se ha aprobado ninguna ayuda económica o subvención para la realización del informe de ITE, el cual consiste en una inspección visual del estado de seguridad de los elementos exteriores de los edificios tales como fachadas, cubiertas y estructuras.
b) El plazo de presentación del informe de inspección técnica de edificios, teniendo en cuenta que el año de construcción de la edificación de la C/ Ricardo Ankerman, 21, según los datos del catastro municipal y regional es del 1930, finalizó el 31/12/2011.
c) El solicitante alega razones y circunstancias que no se pueden tener en cuenta por ser de carácter extrajurídico. Todos los propietarios tienen el deber legal de mantener su edificación en condiciones de seguridad, obligación específicamente regulada en el art. 10.1 de la ley 10/1990 de 23 de octubre de Disciplina Urbanística. Deber que la ley 23/2006 de 20 de diciembre de Capitalidad de Palma de Mallorca concreta en el art. 84 y que respecto a los deberes formales fue regulada por la Ordenanza municipal sobre inspección técnica de edificios (BOIB 185-EXT, 31/12/2008).
Conclusión
Vistos los argumentos expuestos, se considera que la Sra. Mª Pilar Henales Cañellas, como propietaria de la edificación situada en la C/ Ricard Ankerman, 21, tiene la obligación de hacer el informe de ITE, sin perjuicio de que en caso de incumplimiento podrá dar lugar a la imposición de una multa coercitiva.
Palma, 07 de agosto de 2013
La jefa del Departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios, por delegación
(Decreto de Alcaldía núm 10434 de 08/06/2012 publicado en el BOIB 85 de 14/06/12)
Elvira Salvá Armengod