Sección V. Anuncios
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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 15631
ITE 2011-1625 Comunicación informe TAG
Como consecuencia del expediente ITE 2011/1625 referente a la Inspección técnica de Edificios, y habiéndose intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Serra Vidal Juan, de conformidad con el Art. 59-4 de la Ley 30/92 de 26 de Noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y 194 del Real Decreto 2568/1986, de 28 de Noviembre del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, que transcrito dice:
Le remito, anexo, informe del TAG del servicio de ITE en relación a la documentación presentada con fecha de entrada al Registro General 15.05.2012 y núm. de documento 2012/000102774.
Le recuerdo que, de acuerdo con el artículo 14 del Estatuto de autonomía, pueden ejercer su derecho de opción lingüística por la lengua castellana en cuanto a las futuras notificaciones que se hagan dentro de este procedimiento.
Cualquier documentación o escrito debe presentarse en cualquiera de las oficinas de Atención a la Ciudadanía en: OAC Cort en plaza de Santa Eulàlia, 9, 07001, tfn 971225971; OAC Sant Ferran en avenida Sant Ferran 42, 07013, edificio Policía Local, tfn 971225511; OAC Avingudes en avenida Gabriel Alomar, 18, 07006, edificio Avingudes, tfn 971225900; OAC Pere Garau en calle Pere Llobera 9, 07007, tfn 971225900; OAC S’escorxador en calle Emperadriu Eugènia, 6, 07010, 971201362; OAC Son Ferriol en avenida del Cid 8, 07198, 971426209; OAC Sant Agusti en calle de Margaluz 30, 07015, 971708733; OAC S'Arenal en avenida América, 11, 07600, 971225891; mediante instancia dirigida al Ajuntament de Palma, donde ha de hacer constar el número de expediente. Horario de atención al Público para todas las OAC, todo el año: 8.30 h a 14.00 h de lunes a viernes. Horario ampliado de octubre a mayo: 8.30 h a 17 h de lunes a jueves únicamente en la OAC de Avingudes. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en Pza. Santa Eulàlia 9 (sólo registro).
El 14.05.12 el Sr. Juan Serra Vidal, como propietario del inmueble ubicado en la CE Prunes, 18, presenta una escrito en relación al acuerdo del Consejo de Gerencia de Urbanismo con obras no urgentes, que se deriva del cumplimiento de la presentación del informe de ITE de acuerdo con la Ordenanza Municipal de Inspección Técnica de Edificios (expediente ITE 2011/1625, emplazamiento CE Prunes, 18. Palma. Referencia Catastral: 01701535).
Una vez examinado el expediente de referencia se informa lo siguiente:
a) El recurrente presentó la ITE del inmueble en fecha de 26.09.11 dando como resultado desfavorable con supuestos 2º y 4º. Además informa que según el PGOU, el inmueble está incluido en el PERI del sector de La Soledad y Polígono de Levante considerándose edificio fuera de ordenación, lo cual no le permite acometer todas las obras derivadas del informe de ITE. Se ha convenido rescindir el contrato de arrendamiento al arrendatario que habitaba en el inmueble, para proceder al tapiado de puertas y ventanas en toda la vivienda. Una vez consultado el expediente, se tiene constancia de que se ha concedido obra menor CS 2012/1215 para llevar a cabo el citado tapiado. Des del Servicio de ITE se solicita que una vez acabadas las citadas obras de tapiado de puertas y ventanas, se presente en este servicio el Apartado III del modelo de ITE que consiste en la conclusión del informe de ITE por el técnico que intervenga en las obras, todo ello para acreditar que el inmueble presenta las medidas de seguridad necesarias para no causar ningún perjuicio a terceros.
b) Las normas urbanísticas establecen que todos los propietarios tendrán que mantener su edificación en condiciones de seguridad, en concreto las estructuras, cubiertas y fachadas. Obligación regulada en el art 10 párrafo 1º de la Ley 10/1990 de 23 de octubre de Disciplina Urbanística, art 84 de la Ley 23/2006 de 20 de diciembre de Capitalidad de Palma de Mallorca y respecto a los deberes formales en los artículos 1 y 4, 4º párrafo de la Ordenanza municipal sobre inspección técnica de los edificios en el caso de ITE desfavorable en los supuestos 4t i 5è (BOIB 87, 22/06/2004).
Conclusión
Vistos los argumentos expuestos, se considera que el Sr. Juan Serra Vidal, como propietario del inmueble de la CE Prunes, 18 de Palma, tiene la obligación de llevar a cabo las obras contempladas bajo la licencia CS 201271215, y presentar el Apartado III, una vez finalizadas las obras.
Palma, 07 de agosto de 2013
La jefa del Departamento de Disciplina y Seguridad de los Edificios, por delegación
(Decreto de Alcaldía núm 10434 de 08/06/2012 publicado en el BOIB 85 de 14/06/12)
Elvira Salvá Armengod