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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO

AUTORIDAD PORTUARIA DE BALEARES

Núm. 15601
Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se aprueba la declaración de abandono de la embarcación Peña Rebollera, El Mouldi, matrícula GI-4-430-3-2201, atracada en tacón de poniente del muelle del Cos Nou, junto a la explanada de invernada del Puerto de Maó

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Texto

No habiendo dado razón en el domicilio conocido por esta Autoridad Portuaria al Sr. José Antonio Breijo Pérez, uno de los propietarios de la embarcación Peña Rebollera-El Mouldi matrícula GI-4-430-3-2201, en virtud de lo dispuesto en el apartado 5 del artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, por medio del presente anuncio se notifica que el Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria, en sesión de fecha 18 de abril de 2013, ha adoptado el siguiente Acuerdo:

Declarar el abandono de la embarcación “PEÑA REBOLLERA-EL MOULDI”, matrícula GI-4-430-3-2201, y proceder a la enajenación de la embarcación en pública subasta, ingresando el producto de la enajenación en el Tesoro Público, previa detracción de los créditos devengados a su favor por las correspondientes tasas y tarifas portuarias, así como los gastos del procedimiento; o bien proceder al hundimiento del buque cuando, por su estado, así lo aconsejen razones de seguridad marítima. En el caso de que la subasta resultara desierta, podría procederse a su adjudicación directa.

Contra este acuerdo, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de notificación del presente acuerdo ante este órgano, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir del día siguiente al de notificación del presente acuerdo, ante el Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears, según lo establecido en el artículo 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa”

El texto íntegro de la resolución se encuentra en el Departamento de Secretaría y Asuntos Jurídicos de la Autoridad Portuaria de Baleares, Moll Vell nº 3-5, 07012 Palma de Mallorca.

 

Palma de Mallorca, a 29 de julio de 2013.

El director,
Jorge Nasarre López