Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE POLLENÇA
Núm. 15486
Aprobación definitiva modificación de crédito número 6/2013 para concesión de suplementos de créditos.
En cumplimiento del artículo 169.3, por remisión del 177.2, del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, al no haberse presentado alegaciones durante el plazo de exposición al público, ha quedado automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario de aprobación inicial del Ayuntamiento, adoptado en fecha 12 de julio de 2013, de Modificación de Créditos 6/2013 para concesión de Suplementos de crèdito, el cual se hace público con el siguiente detalle:
Alta en Aplicación de Gasto
Aplicación Presupuestaria |
Descripción |
Crèditos antes modificación |
Suplemento de Crèdito |
Crédito final |
|
---|---|---|---|---|---|
Progr. |
Económica |
|
|
|
|
011 |
91300 |
Amortizació prestamo medio y largo plazo |
1.503.490,35 € |
139.994,51 € |
1.643.484,86 € |
011 |
31000 |
Intereses |
250.000,00 € |
8.086,79 € |
258.086,79 € |
Altes en Partida de Ingresos
Partida |
Descripción |
Importe |
---|---|---|
Económica |
||
870.02 |
Incorporación de remanentes de tesoreria |
148.081,30 € |
Contra el presente acuerdo, en virtud de lo dispuesto en el artículo 113 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local y en el artículo 171 del Real Decreto Legislativo 2/2004 de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, los interesados podrán interponer directamente recurso contencioso-administrativo en la forma y plazos establecidos en los artículos 25 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de dicha Jurisdicción.
Pollença, 8 de agosto de 2013
El Alcalde
Bartomeu Cifre Ochogavia