Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 15475
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Instalación para tratamiento de vehículos, promovido por Dra Balear S.L., Palma
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el Anexo I de la ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 6 de mayo de 2013
CONSIDERANDO
1.Que el proyecto está incluido en el anexo I de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, proyectos sujetos a evaluación de impacto ambiental.
2.Que el proyecto consiste en la instalación de una actividad de descontaminación de vehículos fuera de uso.
3.Que la parcela donde se tiene que ubicar el proyecto está clasificada según el PGOU de Palma como suelo urbano de uso industrial.
4.Que la zona no está afectada por APR o vulnerabilidad de acuíferos.
5.Que se ha presentado una documentación ambiental complementaria para enmendar las carencias del estudio de impacto ambiental, de acuerdo con las conclusiones del informe del Servicio de Asesoramiento Ambiental del 20 de noviembre de 2012.
6.Que la documentación ambiental presentada incorpora toda una serie de medidas correctoras para reducir los impactos, entre las que se incluye: la impermeabilización del pavimento interior y exterior, el sistema de recogida de derrames en el interior de la nave hacia unos depósitos estancos, el vertido de las pluviales exteriores a la red municipal después de su paso por un separador de grasas e hidrocarburos y el almacenamiento de los residuos peligrosos en los contenedores adecuados para cada tipo de residuo.
ACUERDA
Informar favorablemente el “Proyecto de un CARD, promovido por DRA BALEAR S.L.”, T.M. de Palma, siempre y cuando se cumplan las medidas preventivas y correctoras del estudio de impacto ambiental y de la documentación complementaria con el siguiente condicionante:
Estando el compresor situado en el exterior, el principal foco de contaminación acústica, se tendrá que justificar el cumplimiento del RD 1367/2007 de 19 de octubre, por el cual se desarrolla la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del ruido o, en caso contrario, contemplar su traslado al interior de la nave o la aplicación de medidas correctoras de aislamiento acústico.
Este acuerdo se emite sin perjuicio de las competencias urbanísticas, territoriales, etc., de otras administraciones.
Palma, 11 de junio de 2013
El presidente de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato