Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 15474
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Instalación de una fábrica de construcción de materiales de tierra cocida, Felanitx
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el decreto 4/1986, de 23 de enero de 1986, de implantación y regulación de los estudios de evaluación del impacto ambiental, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 6 de mayo de 2013
CONSIDERANDO
1.Que la actividad funciona ininterrumpidamente desde 1974 y consiste en la fabricación de material de construcción a partir de tierra cocida (tejas, baldosas, etc.).
2.Que el Pleno de la CMAIB de 30 de enero de 2013 acordó no emitir informe hasta que no se aclararan una serie de aspectos, considerando que se han aclarado con la nueva documentación presentada el 15 de marzo de 2013.
3.Que las parcelas donde se ubica la actividad (parcelas 41 y 42, del polígono 57, del T.M. de Felanitx), según el PTI, están clasificadas como AT-H y SRG y no están afectadas por ninguna APR. Según las llanuras geomorfológicas de inundación, elaboradas por la Dirección general de Recursos Hídricos, las parcelas tampoco están afectadas por ninguna llanura geomorfológica de inundación.
4.Que el muro de 2 m que rodea la actividad será aterracado de color terroso y se eliminará la coronación actual con pedazos de vidrio; si por seguridad fuera necesario, se añadirá una valla metálica de coronación.
5.Que para dar cumplimiento a la DA 2ª 2.h del PTI, se propone la reforestación de 3.740’9 m2 con especies autóctonas de la zona (almendros, higueras y algarrobos).
6.Que esta reforestación disminuirá el impacto paisajístico de las edificaciones, más teniendo en cuenta que parte de la reforestación se llevará a cabo en la parcela núm. 41 que confronta con la carretera de Felanitx a Portocolom (Ma-4110).
7.Que en la documentación presentada se dice que la mencionada reforestación es totalmente compatible con el desarrollo de la actividad puesto que se llevará a cabo en la zona donde también se almacenarán los productos acabados.
8.Que la instalación consta de 2 hornos morunos (que utilizan material orgánico como combustible: cáscara de almendra u “orujo”) y 1 horno de “rodillos” (que utiliza GLP como combustible), mientras que en el Registro APCA (Actividades Potencialmente Contaminantes de la Atmósfera) sólo consta que la Teulera Soler tiene un horno que utiliza gas propano como combustible.
ACUERDA
Informar favorablemente sobre la “Instalación de fábrica de construcción de materiales de tierra cocida (Teulera Soler)”, en el T.M. de Felanitx, con las siguientes condiciones:
1.Se tendrán que implantar las medidas correctoras propuestas en el Estudio de Impacto Ambiental del año 2004 (visado del Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales de Baleares de 27 de febrero de 2004 nº 12040509).
2.Se tendrá que cumplir la propuesta del Plan de Vigilancia Ambiental (PVA) presentado por el Consell de Mallorca el 7/3/2013; la fecha del PVA es de 1 de febrero de 2012 pero se ha incorporado el aspecto en lo referente a la vigilancia de la reforestación durante la fase de funcionamiento.
3.En cuanto a los focos emisores de contaminantes a la atmósfera, se tendrán que actualizar los datos a la Sección de Contaminación Atmosférica de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio.
Se recuerda que los valores límites que establece el Decreto 20/1987 para la protección del medio ambiente contra la contaminación por la emisión de ruidos y vibraciones, han sido sustituidos por los que establece el RD 1367/2007, por el que se desarrolla la Ley 37/2003 en referencia a zonificación acústica, objetivos de calidad y emisiones acústicas (BOE núm. 254 de 23/10/2007).
Palma, 11 de junio de 2013
El presidente de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato