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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.3 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 15045
Procedimiento ordinario 860/2011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  PAULA MATEO ERROZ, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 003 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000860 /2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª ESPERANZA ZOTES GARCIA contra la empresa GESTION HOTELERA BALEAR SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

F A L L O

Que, estimando la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por DOÑA ESPERANZA ZOTES GARCÍA,frente a GESTIÓN HOTELERA BALEAR, S.L. , sobre reclamación de CANTIDAD, debo condenar y condeno a las empresas demandadas, solidariamente, a que abonen a la parte actora la cantidad de 2.999,83 €, por los conceptos de la demanda, mas el 30% anual de dichas cantidades, en concepto de mora.

Notifíquese esta resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma no cabe recurso.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Diligencia de Publicación.- La extiendo yo la Sra. Secretaria para dar fe de que la anterior resolución se publicó en el día de su fecha, estando el Ilmo. Sr. Magistrado que la dictó celebrando Audiencia Pública. Reitero fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a  GESTION HOTELERA BALEAR SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de Les Illes Balears.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a treinta y uno de julio de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL