Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 15322
Anuncio nueva organización municipal

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 En cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, se hace público el siguiente Decreto de Alcaldía:

‘DECRETO: Con fecha 21 de junio de 2013, el Pleno del Ayuntamiento de Eivissa procedió a la elección de la nueva Alcaldesa como consecuencia de la renuncia presentada por la anterior.

Consideran conveniente que se modifique el régimen de delegaciones realizado bajo el mandato de la anterior Alcaldesa, mediante el presente y de acuerdo con las facultades que confieren a esta Alcaldía la legislación vigente en materia de Régimen Local, en concreto los artículos 25 de la Ley 20/2006 de 15 de diciembre municipal y de régimen local de las Islas Baleares en relación a los artículos 21 y 23.4 de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local y 43 y siguientes del RD 2568/1986 de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales RESUELVO:

PRIMERO.- Mantener la estructura organizativa de los servicios administrativos del Ayuntamiento según lo previsto en el Decreto de Alcaldía núm. 45 de fecha 27 de junio de 2011.

SEGUNDO.- Revocar los decretos las delegaciones otorgadas mediante Decretos de Alcaldía de fechas 27 de junio de 2011, 3 de octubre de 2012, y 21 de mayo de 2013.

TERCERO.- Al efecto de dotar de una mayor celeridad y eficacia a las actuaciones municipales de conformidad a lo previsto en el artículo 43 del RD 2568/1986 de 28 de noviembre, por el cual se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales se acuerda:

a) Delegar en el Primer Teniente de Alcalde el Sr. Juan Daura Escandell, la facultad de dirigir y gestionar los servicios que presta el Ayuntamiento en materia de protección civil, gestión, aprobación y ejecución de proyectos de obras municipales promovidas por el Ayuntamiento, empresas o entidades asociadas, por el Consorcio Patrimonio de la Humanidad, por los patronatos municipales o concesionarios, conservación, mantenimiento y reparación del espacio urbano y de edificios e instalaciones municipales, que incluye espacios y vías públicas, incluida la representación del Ayuntamiento en los actos relacionados con las anteriores atribuciones.

La anterior delegación incluye la firma de los actos de trámite necesarios para la tramitación de procedimientos relativos a las materias objeto de delegación, la realización de los trámites necesarios para la concertación de contratos menores vinculados al área delegada, la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros y la resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra los acuerdos dictados en virtud de la delegación efectuada.

b) Delegar en la Segunda Teniente de Alcalde, la Sra. Catalina Sansano Costa, la facultad de dirigir y gestionar los servicios que presta el Ayuntamiento en materia de cultura, patrimonio, fiestas, archivo y biblioteca municipal, incluida la representación del Ayuntamiento en los actos relacionados con las anteriores atribuciones.

La anterior delegación incluye la firma de los actos de trámite necesarios para la tramitación de procedimientos relativos a las materias objeto de delegación, la realización de los trámites necesarios para la concertación de contratos menores vinculados al área delegada, la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros y la resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra los acuerdos dictados en virtud de la delegación efectuada.

c) Delegar en el Tercer Teniente de Alcalde el Sr. Juan Mayans Cruz, la facultad de dirigir y gestionar los servicios que presta el Ayuntamiento relacionados con las materias siguientes materias:

- Materias englobadas en el Área Económica y de Administración Municipal: Economía y hacienda ( intervención, tesorería recaudación y Gestión Tributaria y Catastral), presupuestos y contabilidad, responsabilidad patrimonial y cualquier otra relacionada con las anteriores, incluida la representación del Ayuntamiento en los actos relacionados con las anteriores atribuciones.

- Materias englobadas en el Área de Urbanismo, Obras, Medio Ambiente y Servicios Municipales: Movilidad y transporte urbano, medio ambiente, servicio de suministro de agua potable y alcantarillado, alumbrado público, limpieza viaria y recogida de residuos, estacionamiento regulado de vehículos en la vía pública, incluida la representación del Ayuntamiento en los actos relacionados con las anteriores atribuciones.

La anterior delegación incluye la firma de los actos de trámite necesarios para la tramitación de los procedimientos relativos a las materias objeto de delegación, la realización de los trámites necesarios para la concertación de contratos menores vinculados al área delegada y la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en relación a:

- Presupuestos y contabilidad.

- Gestión tributaria y catastro.

- Intervención, Tesorería y Recaudación.

- Incoación de procedimientos de responsabilidad patrimonial y la resolución de los mismos siempre que la cuantía reclamada no supere los 1500 Euros.

- Licencias de autotaxi.

- Acuerdos necesarios para el seguimiento y el correcto funcionamiento de las concesiones de limpieza, alumbrado público, suministro de agua y saneamiento y estacionamiento regulado de vehículos en la vía pública.

La delegación anterior incluye la resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra los acuerdos dictados.

d) Delegar en el Concejal. Sr. Alejandro Marí Ferrer, la facultad de dirigir y gestionar los servicios que presta el Ayuntamiento en materia de urbanismo, actividades y vivienda incluida la representación del Ayuntamiento en los actos relacionados con las anteriores atribuciones.

La anterior delegación incluye la firma de los actos de trámite necesarios para la tramitación de los procedimientos relativos a les materias objeto de delegación, la realización de los trámites necesarios para la concertación de contratos menores vinculados al área delegada y la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en relación a:

- Procedimientos relacionados con todo tipo de licencias urbanísticas.

- Procedimientos relacionados con licencies de vados. - Procedimientos relacionados con el otorgamiento de licencias de instalación y de apertura  de actividades y licencias para la instalación de aparatos musicales, a excepción de las  consideradas coma actividades permanentes mayores

- Autorizaciones de actividades no permanentes, competencia del Ayuntamiento, e informes  relacionados con actividades no permanentes del tipo extraordinarias, exceptuables y  restantes actividades no permanentes, previstas en la Ley 16/2006 de 17 de octubre.

- Incoación, resolución de procedimientos de disciplina urbanística y de ruina.

-Adopción de medidas cautelares en relación a expedientes de disciplina urbanística y de ruina y adopción de medidas provisionalísimas y medidas cautelares de paralización y clausura en materia de licencias de actividad, previstas en la Ley 16/2006 de 17 de octubre.

-Incoación de procedimientos sancionadores derivados de infracciones urbanísticas y resolución de los mismos siempre que la cuantía de la sanción no supere los 6000 euros.

- Ordenes de ejecución y ejecuciones subsidiarias relacionadas con las materias objeto de delegación.

-Expedición de certificados de antigüedad y células urbanísticas.

La delegación anterior incluye la resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra los acuerdos dictados.

e) Delegar en el Concejal, Sr. Ignacio Rodrigo Mateo, la facultad de dirigir y gestionar los servicios que presta el Ayuntamiento relacionados con las siguientes materias:

- Materias englobadas en el Área Económica y de Administración Municipal: Recursos Humanos, servicio de atención al ciudadano, sistemas de información y nuevas tecnologías, padrón y estadística y cualquier otra relacionada con las anteriores, incluida la representación del Ayuntamiento en los actos relacionados con las anteriores atribuciones.

- Materias englobadas en el Área de cultura, juventud, educación, servicios sociales, deportes y promoción turística y económica: Formación, trabajo y desarrollo local.

La anterior delegación incluye la firma de los actos de trámite necesarios para la tramitación de procedimientos relativos a las materias objeto de delegación, la realización de los trámites necesarios para la concertación de contratos menores vinculados al área delegada, la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros y la resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra los acuerdos dictados en virtud de la delegación efectuada.

f) ) Delegar en el Concejal, Sr. Constantino .Larroda Azcoitia, la facultad de dirigir y gestionar los servicios que presta el Ayuntamiento relacionados con las siguientes materias:

- Materias englobadas en el Área Económica y de Administración Municipal: Policía Local, tráfico, seguridad ciudadana y potestad sancionadora, incluida la representación del Ayuntamiento en los actos relacionados con las anteriores atribuciones.

- Materias englobadas en el Área de Urbanismo, Obras, Medio Ambiente y Servicios Municipales: Limpieza de edificios e instalaciones municipales, salud pública y cementerios

La anterior delegación incluye la firma de los actos de trámite necesarios para la tramitación de los procedimientos relativos a las materias objeto de delegación, la realización de los trámites necesarios para la concertación de contratos menores vinculados al área delegada y la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros en relación a:

- Incoación y resolución de procedimientos sancionadores a excepción de los derivados de infracciones urbanísticas.

- Adopción de medidas cautelares a adoptar a fin de asegurar la eficacia de las resoluciones que puedan recaer en expedientes sancionadores, a excepción de los derivados de infracciones urbanísticas.

- Otorgamiento de licencias para la tenencia de animales potencialmente peligrosos.

- Vehículos abandonados.

- Cementerios

La delegación anterior incluye la resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra los acuerdos dictados.

g) Delegar en la Concejala, Sra. Maria del Mar Sánchez Gutiérrez, la facultad de dirigir y gestionar los servicios que presta el Ayuntamiento en materia de deportes, juventud y políticas de igualdad, incluida la representación del Ayuntamiento en los actos relacionados con las anteriores atribuciones.

La anterior delegación incluye la firma de los actos de trámite necesarios para la tramitación de procedimientos relativos a las materias objeto de delegación, la realización de los trámites necesarios para la concertación de contratos menores vinculados al área delegada, la facultad de resolver mediante actos administrativos que afecten a terceros y la resolución de los recursos de reposición que se interpongan contra los acuerdos dictados.

h) Delegar en la Concejala, Sra. Miriam Valladolid Portas, el conocimiento previo, la preparación de los acuerdos y la dirección interna y gestión de los servicios y asuntos en materia de educación, bienestar social, participación ciudadana y normalización lingüística.

La anterior delegación no incluye la facultad de resolver mediante actos que afecten a terceros, sin perjuicio de las delegaciones de firma que se puedan otorgar.

i) Delegar en el Concejal, Sr. Raimundo Prats Ramos, el conocimiento previo, la preparación de los acuerdos y la dirección interna y gestión de los servicios y asuntos en materia de turismo, comercio y playas.

La anterior delegación no incluye la facultad de resolver mediante actos que afecten a terceros, sin perjuicio de las delegaciones de firma que se puedan otorgar.

QUARTO.- Delegar de forma indistinta en todos los Concejales del Ayuntamiento las competencias que esta Alcaldía ostenta en virtud de lo previsto en el artículo 51.1 del Código Civil, en la redacción dada por la Ley 35/1994 de 23 de diciembre, para autorizar los matrimonios civiles que se celebren en el Ayuntamiento.

QUINTO.- Haciendo uso de las atribuciones que me otorga el artículo 115 del RD 2568/1986 de 28 de noviembre conservo las siguientes facultades en relación a las atribuciones delegadas:

a) Recibir información detallada de la gestión de las atribuciones delegadas y de los actos dictados en virtud de la delegación.

b) Ser informada previamente de la adopción de decisiones de transcendencia.

SEXTO.- Que se de cuenta del presente Decreto al Pleno de la Corporación, se notifique a los Concejales y se proceda a su publicación en el Butlletí Oficial de les Illes Balears, sin perjuicio de su efectividad desde el día siguiente de la fecha de firma del mismo. En caso de ausencia, vacante, enfermedad o cualquier otro impedimento de los concejales delegados, esta Alcaldía asumirá, directa y automáticamente, las atribuciones delegadas como titular de la competencia originaria, sin necesidad de que se dicte ninguna resolución expresa en este sentido.

 

Eivissa a 25 de junio de 2013

LA ALCALDESA,                                                                       Doy fe

                                                                                          EL SECRETARIO-ACCTAL.,

Fdo.: Pilar Marí Torres                                                     Fdo.: Joaquim Roca Mata”

 

Eivissa, 6 de agosto de 2013

 

LA ALCALDESA,

Pilar Marí Torres