Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE EIVISSA

Núm. 15319
Decreto de nombramiento miembros de la Junta de Govern Local y delegaciones de atribuciones en la Junta

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

En cumplimiento del artículo 44 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Corporaciones Locales, se hace público el siguiente Decreto de Alcaldía:

‘DECRETO: Pilar Marí Torres, Alcaldesa–Presidenta del Ayuntamiento de Eivissa de conformidad a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 7/1985 de 2 d abril de Bases de Régimen Local y al artículo 23 de la Ley 20/2006 de 15 de diciembre, Municipal y de Régimen local de las Islas Baleares DISPÒNGO:

PRIMERO.- Que la Junta de Gobierno Local, presidida por esta Alcaldía estará integrada por siete Concejales, número no superior al tercio del número legal de miembros de los que integran la Corporación.

SEGUNDO.-  Dejar sin efecto los nombramientos realizados mediante Decretos de Alcaldía de fechas 27 de junio de 2011 y 3 de mayo de 2013, y nombrar miembros de la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Eivissa a los siguientes miembros de la Corporación Municipal:

1.- Concejal, Sr. Juan Daura Escandell.

2.- Concejala, Sra. Catalina Sansano Costa.

3.- Concejal, Sr. Juan Mayans Cruz

4.- Concejala. Sr. Alejandro Marí Ferrer.

5.- Concejal. Sr. Ignacio Rodrigo Mateo.

6.- Concejala, Sra. Maria del Mar Sánchez Gutiérrez.

7.- Concejal. Constantino Larroda Azcoitia.

 TERCERO.-  Dejar sin efecto las delegaciones otorgadas a la Junta de Gobierno Local mediante Decretos de Alcaldía de fecha 27 de junio de 2011 y 18 de febrero de 2013 y asignar a la  Junta de Gobierno Local las siguientes atribuciones:

a) La asistencia permanente a la Alcaldía en el ejercicio de sus atribuciones.

b) Las siguientes atribuciones que la Alcaldía le delega de conformidad a lo previsto en el artículo 21 de la Ley 7/1985 de Bases de Régimen Local:

- Aprobar la oferta de empleo público de acuerdo con el presupuesto y la plantilla aprobados por el Pleno.

- Las aprobaciones de los instrumentos de planeamiento de desarrollo del planeamiento general no expresamente atribuidas al Pleno, así como la de los instrumentos de gestión urbanística y de los proyectos de urbanización.

- Informar las peticiones de declaraciones de interés general de los usos y actividades en suelo rústico.

- Otorgamiento de licencias de instalación y de abertura de actividades permanentes mayores.

- Resolución de expedientes sancionadores en materia de disciplina urbanística cuando la sanción sea igual o superior a 6000 euros.

- Resolución de los expedientes de responsabilidad patrimonial cuando tengan por objeto una cuantía superior a 1500 euros.

c) Las otras que expresamente le atribuya el Pleno de la Corporación.

CUARTO El régimen jurídico de la presente delegación será el previsto con carácter general en los artículos 114 a 118 del R.D 2568/1986 de 28 de noviembre, a excepción de lo relativo a los recursos de reposición que serán resueltos por el órgano delegado..

QUINTO Que se de cuenta del presente Decreto al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre, se notifique a los designados y se publique en el Butlletí Oficial de les Illes Balears. Todo esto sin perjuicio de la efectividad del presente Decreto a partir del día siguiente a su firma.

 

Eivissa a 25 de junio de 2013.  

                                                           Doy fe.

LA ALCALDESA,                            EL SECRETARIO-ACCTAL.,

Pilar Marí Torres                               Joaquim Roca Mata.’

 

Eivissa, 6 de agosto de 2013

LA ALCALDESA
Pilar Marí Torres