Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO DE GOBIERNO
Núm. 15336
Acuerdo del Consejo de Gobierno de 9 de agosto de 2013 por el que se aprueba la modificación del plan estratégico de subvenciones de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia para el ejercicio de 2013
En la sesión de día 22 de marzo de 2013, el Consejo de Gobierno aprobó los planes estratégicos de subvenciones de las consejerías y las entidades de derecho público que dependen de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de acuerdo con el artículo 6.1 del Texto refundido de la Ley de subvenciones, aprobado por el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de desembre.
Estos planes prevén el marco general de las subvenciones susceptibles de ser convocadas a lo largo del año 2013 por los órganos competentes de les consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma, de los organismos autónomos y del resto de las entidades de derecho público dependientes.
Los planes estratégicos se publicaron en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 40, de 23 de marzo de 2013.
El Decreto 5/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears, por el que se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo), y el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Illes Balears por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60, de 2 de mayo), modificado por el Decreto 15/2013, de 7 de junio (BOIB núm. 82, de 8 de junio), han modificado sustancialmente la estructura orgánica vigente hasta ahora. En concreto y entre otras consejerías afectadas, la Consejería de Presidencia pasa a ser la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia, por lo que se ha de modificar la denominación del anexo 1 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de marzo de 2013 antes mencionado.
Asimismo, el Consejo de Gobierno, reunido en sesión de día 10 de mayo de 2013, acordó, en el marco de la Tercera Fase del Proyecto de Reestructuración del Sector Público Instrumental de las Illes Balears, la extinción de la Agencia de Emigración y Cooperación Internacional de las Illes Balears, lo que supone que sus competencias pasen a ser ejercidas por la Dirección General de Cooperación e Inmigración de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia y, por todo ello, es preciso modificar su plan estratégico de subvenciones en cuanto a las líneas que la mencionada Agencia preveía tramitar, en este sentido la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia ha propuesto la modificación del anexo 1 en cuestión e insta, asimismo, el aumento del coste de la convocatoria de subvenciones de acción humanitaria y de emergencias con el fin de favorecer la participación de un mayor número de entidades participantes.
Igualmente, el anexo 1 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de marzo de 2013 también incluye una convocatoria para ayudas individuales para baleares residentes en el exterior que se encuentren con falta de recursos económicos, con el fin de paliar situaciones de emergencia social, grave infortunio familiar, enfermedad, discapacidad, asistencia médica y otras situaciones de necesidad, así como cualquier otra contingencia que pueda surgir y que se considere necesario tratar y, por tanto, ello requiere modificar el organismo convocante de esta línea de subvenciones.
Por todo lo anterior, el Consejo de Gobierno, a propuesta del consejero de Hacienda y Presupuestos, en su sesión de día 9 de agosto 2013 adoptó, entre otros, el siguiente Acuerdo:
“Primero. Modificar el anexo 1 del Acuerdo del Consejo de Gobierno de 22 de marzo de 2013 por el que se aprueban los planes estratégicos de subvenciones de las consejerías y los organismos autónomos que dependen para el ejercicio 2013, en el sentido de adecuarlo a la actual estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears y aumentar el coste de la convocatoria de subvenciones para ejecutar proyectos de emergencias y de acción humanitaria destinados a paliar la situación de crisis crónica y continuada en las zonas del Sahel y el Cuerno de África, de la forma siguiente:
Donde dice:
ANEXO 1
Plan Estratégico de Subvenciones de la Consejería de Presidencia
DireccióN general / organismOS Y empresAS: Dirección General de Cooperación e Inmigración
FonDO de finanCIACIÓN: 11501 313J01 46000 10, 11501 313J01 46000 20, 11501 313J01 46000 30, 11501 313J01 46000 40 y 11501 313J01 46900 10
DescripcióN: subvenciones en materia de inmigración dirigidas a entidades locales
ObjetiVOS Y EFECTOS: realización de programas orientados a favorecer la acogida y la integración de personas inmigradas en el ámbito de las competencias de las entidades locales
CostE: 0 € (2013) y 1.300.000,00 € (2014)
ConvocatOria: plurianual (2013-2014)
IncidENcia sobre el mercaDO: sin incidencia sobre el mercado
DireccióN general / organismOS Y EMPRESAS: Agencia de Emigración y Cooperación Internacional de las Illes Balears
FonDO de finanCIACIÓN: capítulos 4 y 7
DescripcióN: subvenciones para ejecutar proyectos de emergencias y de acción humanitaria destinados a paliar la situación de crisis crónica y continuada en las zonas del Sahel, el Cuerno de África y Haití.
ObjetiVOS Y EFECTOS: favorecer la atención a las víctimas en situación de crisis de larga duración y en situación de emergencia, satisfacer las necesidades básicas y urgentes de esta población y promover la protección de los derechos humanos fundamentales de la población afectada.
Coste: 233.750 €
Convocatòria: anual (2013)
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado
DireccióN general / organismOS Y empresAS: Agencia de Emigración y Cooperación Internacional de las Illes Balears
FonDO de finanCIACIÓN: capítulo 4
DescripcióN: ayudas individuales para baleares residentes en el exterior que se encuentren con falta de recursos económicos, destinadas a paliar situaciones de emergencia social, grave infortunio familiar, enfermedad, discapacidad, asistencia médica y situaciones de necesidad y también cualquier otra contingencia que pueda surgir y que se considere necesario tratar.
ObjetiVOS Y EFECTOS: ayudar a los baleares que residen en el extranjero y que no disponen de recursos económicos para afrontar situaciones de emergencia sanitaria o social. CostE: 170.000 €
ConvocatOria: anual (2013)
IncidEncia sobre el mercaDO: sin incidencia sobre el mercado
Debe decir:
ANEXO 1
Plan Estratégico de Subvenciones de la Vicepresidencia y Consejería de Presidencia
DireccióN general / organismOS Y EMPRESAS: Dirección General de Cooperación e Inmigración
FonDO de finanCIACIÓN: 11501 313J01 46000 10, 11501 313J01 46000 20, 11501 313J01 46000 30, 11501 313J01 46000 40 y 11501 313J01 46900 10
DescripcióN: subvenciones en materia de Inmigración dirigidas a entidades locales
ObjetiVOS Y EFECTOS: realización de programes orientados a favorecer la acogida y la integración de personas inmigradas en el ámbito de las competencias de las entidades locales
CostE: 0 € (2013) y 1.300.000,00 € (2014)
ConvocatOria: plurianual (2013-2014)
IncidEncia sobre el mercaDO: sin incidencia sobre el mercado
DireccióN general / organismOS Y EMPRESAS: Dirección General de Cooperación e Inmigración
FonDO de finanCIACIÓN: capítulos 4 y 7
DescripcióN: subvenciones para ejecutar proyectos de emergencias y de acción humanitaria destinados a paliar la situación de crisis crónica y continuada en las zonas del Sahel y el Cuerno de África.
ObjetiVOS Y efectOS: favorecer la atención a las víctimas en situación de crisis de larga duración y en situación de emergencia, satisfacer las necesidades básicas y urgentes de esta población y promover la protección de los derechos humanos fundamentales de la población afectada.
CostE: 315.000 €
ConvocatOria: anual (2013)
IncidEncia sobre el mercaDO: sin incidencia sobre el mercado
DireccióN general / organismOS Y empresAS: Dirección General de Cooperación y Inmigración
FoNDO de finanCIACIÓN: capítulo 4
DescripcióN: ayudas individuales para baleares que se encuentren con falta de recursos económicos, destinadas a paliar razones de emergencia social, grave infortunio familiar, enfermedad, discapacidad, asistencia médica y situaciones de necesidad y también cualquier otra contingencia que pueda surgir y que se considere necesario tratar.
ObjetiVOS Y efectOS: ayudar a los baleares que residen en el extranjero y no disponen de recursos económicos para afrontar situaciones de emergencia sanitaria o social.
CostE: 170.000 €
ConvocatOria: anual (2013)
Incidencia sobre el mercado: sin incidencia sobre el mercado
Segundo. Publicar el presente acuerdo en el Boletín Oficial de las Illes Balears.”
Palma, 9 de agosto de 2013
El secretario del Consejo de Gobierno
Antonio Gómez Pérez