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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y UNIVERSIDADES

Núm. 15153
Corrección de errores de la Resolución de la Consejera de Educación, Cultura y Universidades de 19 de julio de 2013 por la que se convocan ayudas económicas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo para desarrollar los módulos obligatorios de los programas de cualificación profesional inicial en organizaciones no gubernamentales, asociaciones profesionales y empresariales, sin ánimo de lucro, durante el curso 2013-2014

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Texto

En el número 103, de 25 de julio de 2013, se publicó en Boletín Oficial de las Islas Baleares la Resolución de la Consejera de Educación, Cultura y Universidades de 19 de julio de 2013 por la que se convocan ayudas económicas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo para desarrollar los módulos obligatorios de los programas de cualificación profesional inicial en organizaciones no gubernamentales, asociaciones profesionales y empresariales, sin ánimo de lucro, durante el curso 2013-2014.

En la versión en lengua catalana de esta Resolución, en el apartado 3.3 del Anexo 1, se ha omitido la cantidad de 46.750 euros.

El artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común establece que las administraciones públicas pueden rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de las personas interesadas, los errores materiales, de hecho o aritméticos existentes en sus actos.

El artículo 56 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears establece que la rectificación de los errores materiales, aritméticos y de hecho en actos y disposiciones administrativas corresponde el órgano que haya dictado el acto o la disposición.

Por todo ello, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Aprobar la rectificación del error cometido en la publicación de la versión catalana de la Resolución de la Consejera de Educación, Cultura y Universidades de 19 de julio de 2013 por la que se convocan ayudas económicas cofinanciadas por el Fondo Social Europeo para desarrollar los módulos obligatorios de los programas de cualificación profesional inicial en organizaciones no gubernamentales, asociaciones profesionales y empresariales, sin ánimo de lucro, durante el curso 2013-2014, de forma que:

Donde dice:

"L’import de la subvenció de cada projecte ha de ser de fins al cent per cent de la sol·licitud, amb un màxim de euros per projecte"

Hay que decir:

"L’import de la subvenció de cada projecte ha de ser de fins al cent per cent de la sol·licitud, amb un màxim de 46.750,00 euros per projecte".

 

Palma, 26 de julio de 2013

La consejera de Educación, Cultura y Universidades

Joana Maria Camps Bosch