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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

INSTITUTO BALEAR DE LA JUVENTUD

Núm. 15126
Resolución de la presidenta del Instituto Balear de la Juventud de 19 de julio de 2013 por la cual se aprueba la convocatoria de los certámenes y premios del Programa Cultural Arte Joven para el año 2013 y se establecen las bases generales y las específicas

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Texto

El Instituto Balear de la Juventud (en adelante, IB-Jove) ejerce funciones relativas a coordinar y a impulsar actividades en materia de juventud y a promocionar acciones de dinamización juvenil y el asociacionismo y la participación de los jóvenes de las Islas Baleares en la vida social y cultural.

El Programa Cultural Arte Joven tiene como objetivos básicos promover la participación libre y eficaz de los jóvenes de las Islas Baleares en el desarrollo de la cultura y potenciar su creatividad artística, lo que se plasma cada año en la convocatoria de certámenes, premios y muestras en múltiples vertientes artísticas.

Desde la puesta en funcionamiento del IB-Jove, la promoción y la divulgación de la obra de artistas jóvenes es una de las competencias atribuidas expresamente a este Instituto, tal como establece el artículo 2.2 del Decreto 32/2006, de 31 de marzo, por el cual se regula el Instituto Balear de la Juventud. En concreto, el apartado d de este artículo le encomienda la realización de actividades de promoción cultural de la juventud y de promoción y divulgación de la obra de jóvenes artistas y creadores.

El Decreto 5/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Islas Baleares, determina la composición del Gobierno y establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Además, el Decreto 6/2013, de 2 de mayo, del presidente de las Islas Baleares, por el cual se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, asigna las competencias en materia de juventud a la Dirección General de Ordenación, Innovación y Formación Profesional, adscrita a la Consejería de Educación, Cultura y Universidades. Por lo tanto, son competencia de esta Dirección General la promoción de las actividades juveniles, el turismo juvenil y de tiempo libre, la participación y las asociaciones juveniles.

El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones (BOIB nº. 196, de 31 de diciembre), tiene por objeto determinar el régimen jurídico de las subvenciones, cuyo establecimiento  y gestión corresponde a la Administración de la Comunidad Autónoma o a las entidades públicas de las que dependen. Tiene la consideración de subvención cualquier disposición gratuita de fondos públicos y, en 4eneral, de cualquier recurso público evaluable económicamente que lleve a cabo la Administración a favor de una persona física o jurídica, pública o privada, y que se destina a la realización de una actividad de utilidad pública o de interés social, o a la consecución de una finalidad pública.

Por todo lo anterior, a propuesta de la directora del IB-Jove, de acuerdo con el informe jurídico pertinente y haciendo uso de las facultades que me atribuye la normativa específica, dicto la siguiente

RESOLUCIÓN

Primero

Aprobar la convocatoria de los certámenes del Programa Cultural Arte Joven para el año 2013, que deben regirse por las bases generales y específicas que se publican en los anexos 1 y 2.

Segundo

Publicar esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares.

Interposición de recursos

Contra esta Resolución -que agota la vía administrativa- se puede interponer un recurso potestativo de reposición ante la presidenta del Instituto Balear de la Juventud en el plazo de un mes, a contar desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer un recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente de haberse publicado, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.

 

Palma, 19 de julio de 2013

 

La presidenta del Instituto Balear de la Juventud

Isabel Cerdà Moragues

 

ANEXO 1

Bases generales del Programa Cultural Arte Joven 2013

1. Objeto de la convocatoria

1.1 Los certámenes del Programa Cultural Arte Joven convocados para el año 2013 son los siguientes: 

a) Certamen Carné Joven de Poesía con las modalidades de poesía en catalán y poesía en castellano, dotado con un total de 3.000,00 €. Se establece un primer premio en metálico de 1.000,00 € y un segundo premio en metálico de 500,00 € para ambas modalidades.

b) Certamen Carné Joven de Música Joven Contemporánea, dotado con 3.000,00 €, con un primer premio de 2.000,00 €, que el Instituto Balear de la Juventud destina a asumir el gasto originado por las dos actuaciones (1.000,00 € por actuación) que llevará a cabo el grupo ganador del primer premio del certamen, y un segundo premio de 1.000,00 €, que este Instituto también destina a asumir el gasto originado por una actuación musical a cargo del grupo ganador del segundo premio.

c) Certamen Carné Joven de Cómic, dotado con 1.500,00 €, con un primer premio de 1.000,00 € y un segundo de 500,00 €, ambos en metálico.

d) Certamen Carné Joven de Fotografía CooperArt, dotado con 1.500,00 €, con un primer premio en metálico de 1.000,00 € para la mejor colección y un segundo premio en metálico de 500,00 € para la mejor fotografía. Asume el importe total de los premios la Dirección General de Cooperación e Inmigración, que llevará a cabo una modificación de crédito de su presupuesto por este importe a favor del Instituto Balear de la Juventud.

e) Certamen Carné Joven de Relatos Breves Solidarios, dotado con 1.500,00 €, con un primer premio en metálico de 1.000,00 € y un segundo premio en metálico de 500,00 €. Asume el importe total de los premios la Dirección General de Cooperación e Inmigración, que llevará a cabo una modificación de crédito de su presupuesto por este importe a favor del Instituto Balear de la Juventud.

f) Certamen de Arquitectura Joven, dotado con 3.000,00 €, con un primer premio en metálico para el mejor proyecto. Asume el importe total del premio el Colegio Oficial de Arquitectos de las Islas Baleares (COAIB). 

1.2. Las condiciones específicas, el plazo de presentación de los trabajos y las normas concretas del desarrollo de cada certamen se determinan en el anexo 2 (bases específicas) de esta Resolución.

2. Importe y crédito presupuestario 

2.1. Los premios para cada uno de los certámenes son los que se establecen en el apartado 1 de estas bases. El importe global máximo de los premios es de 13.500,00 € (trece mil quinientos euros), de los cuales, 7.500,00 € (siete mil quinientos euros) irán a cargo de los presupuestos del Instituto Balear de la Juventud para el 2013, 3.000,00 € (tres mil euros) con cargo a los presupuestos de la Dirección General de Cooperación e Inmigración para el año 2013 y 3.000,00 € (tres mil euros) a cargo a los presupuestos del COAIB para el año 2013.

2.2. Con respecto a los certámenes Carné Joven de Fotografía CooperArt y Carné Joven de Relato Breve, los gastos derivados de la ampliación, el montaje y el desmontaje de fotografías y de la rotulación del acontecimiento final irán a cargo de la Dirección General de Cooperación e Inmigración y no superarán los 1.800,00 €. La Dirección General llevará a cabo una modificación de crédito de su presupuesto por este importe a favor del Instituto Balear de la Juventud. Con respecto a los gastos de estos dos certámenes correspondientes a desplazamientos y pernoctación, serán gestionados directamente por la Dirección General de Cooperación e Inmigración.

2.3. El resto de gastos -es decir, los que no tengan la consideración de premio de acuerdo con el apartado 1 de estas bases generales y hasta un máximo de 25.000,00 € (veinticinco mil euros)- irán a cargo de los presupuestos del Instituto Balear de la Juventud para el 2013.

3. Participantes

3.1. El Programa Cultural Arte Joven se dirige a jóvenes residentes en las Islas Baleares que tengan entre 16 y 30 años a 31 de diciembre de 2013, con la excepción del Certamen de Arquitectura Joven, en el que la edad se amplía hasta los 35 años.

3.2. Se admite la inscripción de grupos en los certámenes de Arquitectura Joven, de Música Joven Contemporánea y de Cómic. En estos casos, se considera como representante del grupo al componente que formalice y firme la ficha de inscripción, y conforman el resto del grupo los miembros que consten en ella. Los concursantes no pueden participar en ningún certamen formando parte de dos grupos al mismo tiempo o participando como miembro de uno y, al mismo tiempo, individualmente.

3.3. Si resultan ganadores jóvenes de 16 o 17 años, tienen que cobrar el premio las personas que los representen legalmente, en caso de que no estén emancipados.

3.4. Los grupos o autores que hayan recibido un primer premio o un premio único en cualquier edición del Programa Cultural Arte Joven no se pueden volver a presentar a la misma modalidad en la que hayan quedado ganadores. Se entiende que el grupo no se puede volver a presentar solo si conserva el mismo nombre o está formado por los mismos componentes que cuando fue ganador.

3.5. Las obras que se presenten no pueden haber ganado el primer premio en ningún otro certamen o concurso de las Islas Baleares. En el caso de que una obra presentada a cualquiera de las modalidades convocadas por el Programa Cultural Arte Joven, ganara el primer premio o un premio único en un concurso convocado dentro del territorio balear, en el plazo de tiempo que va desde el momento de la inscripción hasta el de la decisión del jurado, la obra quedaría automáticamente excluida del certamen. Con respecto al Certamen de Música Joven Contemporánea, los grupos o músicos en solitario no se pueden presentar al certamen si han ganado el primer premio en otro concurso o certamen convocado dentro del territorio balear. En el caso de que un grupo o un músico en solitario ganara un primer premio o un premio único en un concurso convocado dentro del territorio balear en el plazo de tiempo que va desde el momento de la inscripción hasta el de la decisión del jurado, este quedaría automáticamente excluido del certamen. Se entiende que el grupo queda excluido del certamen de Arte Joven si tiene el mismo nombre o está formado por los mismos componentes que cuando se presentó y ganó el otro concurso convocado dentro del territorio balear.

4. Obligaciones de las personas beneficiarias

4.1. Las personas beneficiarias tienen que cumplir las obligaciones que se establecen en el artículo 11 del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de subvenciones, y el artículo 10 del Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 15 de septiembre de 2003, por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones de la Consejería de Presidencia y Deportes (BOIB nº. 137, de 2 de octubre).

4.2. Antes de que se formule la propuesta de resolución de concesión de la subvención, las personas beneficiarias tienen que estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social con la Administración del Estado, y de las obligaciones tributarias con la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. La presentación de la solicitud implica que la persona solicitante autoriza al órgano convocante a obtener directamente los certificados que acreditan que está al corriente de las obligaciones tributarias estatales y autonómicas y con la Seguridad Social. No obstante, la persona solicitante puede denegar expresamente esta autorización si aporta un documento de denegación y los certificados mencionados.

5. Presentación de solicitudes: requisitos, plazos y documentación

5.1. Las personas interesadas que cumplan los requisitos generales que determina la Orden de la consejera de Bienestar Social de 26 de marzo de 2003 por la cual se establecen las bases reguladoras de los certámenes y premios en materia de bienestar social (BOIB nº. 44, de 3 de abril), modificada por la Orden de la consejera de Presidencia y Deportes de 8 de marzo de 2005 (BOIB nº. 48, de 26 de marzo), y los requisitos específicos de este anexo, pueden presentar las solicitudes de acuerdo con lo que dispone este apartado.

5.2. Las bases completas (generales y específicas), los modelos oficiales de solicitud y el resto de documentos que se mencionan en esta convocatoria están a disposición de las personas interesadas en las páginas web del Instituto Balear de la Juventud (<http://ibjove.caib.es> y <http://carnetjove.caib.es>). Los participantes tienen que imprimir la ficha de inscripción y cumplimentarla. Se les facilitará una copia, si así lo desean, en los centros de información juvenil de Mallorca, de Menorca, de Ibiza y de Formentera y en la sede del Instituto Balear de la Juventud.

5.3. Las solicitudes se pueden presentar en los lugares que se indican a continuación o en cualquiera de los que establece el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y tienen que ir dirigidas al Área de Arte Joven del Instituto Balear de la Juventud, con la excepción del Certamen de Arquitectura Joven, cuyas inscripciones se rigen según las bases específicas recogidas en el anexo 2 de esta convocatoria.

a) Mallorca:

Instituto Balear de la Juventud

Edificio Palma Arena

Programa Cultural Arte Joven

Avda. del Uruguay, s/n, bajos, 07010 Palma

Tfno.: 971 17 89 47

Fax: 971 17 89 14

artjove@gmail.com

 

 b) Menorca:

Instituto de la Juventud de Menorca

Avda. de Josep Maria Quadrado, 13, 07703 Maó

Tfno.: 971 36 50 73

Fax: 971 36 27 86

info@injovemenorca.com

 

c) Ibiza:

Centro de Información Juvenil

C. de Joan Xico, s/n, bajos, 07800 Ibiza

Tfno.: 971 31 23 33

Fax: 971 31 88 14

cijeivissa@conselldeivissa.es

 

d) Formentera:

Centro de Información Juvenil

Centro Social Es Molí

Avda. de Portossalè, 88, 07860 Formentera

Tfno.: 971 32 34 93

Fax: 971 32 25 56

joventut@conselldeformentera.cat

5.4. Si la solicitud se envía por correo, la persona interesada se tiene que asegurar de que la oficina de Correos feche y selle el ejemplar destinado al Instituto Balear de la Juventud, de acuerdo con lo que dispone el artículo 31 del Real decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento que regula la prestación de los servicios postales (BOE nº. 313, de 31 de diciembre), modificado por el Real decreto 503/2007, de 20 de abril (BOE nº. 111, de 9 de mayo). En caso de que la oficina de Correos no feche y selle la solicitud, se entenderá como fecha válida de presentación la del matasellos.

5.5. Si la solicitud se presenta en un lugar diferente de los especificados en el punto 5.3, se recomienda enviarla por fax, con el sello del registro de entrada, y como máximo durante las 24 horas siguientes a la finalización del plazo de presentación. Así mismo, si se envía por correo certificado, se recomienda enviar por fax la hoja de la solicitud con el sello de correos en que se haga constar la fecha de presentación.

5.6. El plazo de inscripción y de presentación de la documentación especificada en el punto 5.7 es, para todos los certámenes y todas las modalidades, desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta las 14 h del 30 de septiembre de 2013.

5.7 Para poder participar en los certámenes, se tiene que presentar la documentación siguiente: 

a) La ficha de inscripción cumplimentada (original y fotocopia), y firmada por la persona participante o la que represente al grupo.

b) La fotocopia del DNI o NIE en vigor de las personas participantes y del representante del grupo. En estos casos, se considera representante al  componente del grupo que formalice y firme la ficha de inscripción, y conforman el resto del grupo los miembros que constan en ella. Cuando el solicitante sea un grupo de jóvenes, dado que se trata de una entidad sin personalidad jurídica, se puede tramitar la constitución y la obtención de un CIF al efecto, el cual se tiene que aportar. En cualquier caso, ha de nombrar una persona representante del grupo, con poder suficiente para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden al grupo. Además, en el caso de los grupos, se ha de hacer constar de manera explícita en la solicitud de inscripción qué parte del importe del premio corresponde a cada componente del grupo, en caso de que resulte ganador. En caso contrario, se entenderá que todos tienen que percibir la misma proporción.

c) Un certificado municipal de empadronamiento o de residencia en alguna localidad de las Islas Baleares, excepto los residentes en el municipio de Palma.

En el caso de residentes en las Islas Baleares que sean nacionales de un país que no pertenece en la Unión Europea, una fotocopia del documento acreditativo de haber obtenido la residencia legal.

d) Una fotocopia del Carné Joven, excepto en el caso del Certamen de Arquitectura Joven.

e) La documentación adicional que determinen las bases específicas de cada certamen, si procede.

5.8. Si la solicitud no cumple los requisitos exigidos o la documentación aportada es incorrecta o incompleta, el Instituto Balear de la Juventud requerirá a la persona interesada para que, en el plazo de diez días naturales a contar desde el día siguiente de recibir la notificación, enmiende la falta o presente los documentos preceptivos, de acuerdo con lo que dispone el artículo 71 de la Ley 30/1992. Si en este plazo no se hacen las enmiendas correspondientes, se entenderá que se desiste de la solicitud y el expediente se archivará sin más trámite.

5.9. El Área de Arte Joven del Instituto Balear de la Juventud puede solicitar, además, toda la documentación complementaria que considere necesaria para evaluar correctamente la solicitud.

6. Instrucción del procedimiento

El órgano instructor es el Instituto Balear de la Juventud, el cual ha de llevar a cabo las actuaciones a que se refieren los artículos 16 y siguientes del Decreto legislativo 2/2005; en concreto, tiene que hacer de oficio todas las actuaciones que considere necesarias para el desarrollo de los certámenes y premios.

7. Jurados

7.1. El jurado es el órgano colegiado al cual le corresponde seleccionar las obras y los participantes finalistas y ganadores, así como emitir el informe que tiene que servir de base al órgano instructor para elaborar la propuesta de resolución correspondiente.

7.2. La presidenta del Instituto Balear de la Juventud tiene que nombrar los miembros de cada jurado mediante una resolución.

7.3. El jurado de cada uno de los certámenes estará formado por los componentes que se indican a continuación, excepto en el caso del Certamen de Fotografía CooperArt, el del Certamen de Relatos Breves Solidarios y el Certamen de Arquitectura Joven, en que la composición del jurado se detalla en las bases específicas correspondientes. 

a) Presidente (con voto dirimente en caso de empate): la persona que elija a la presidenta del Instituto Balear de la Juventud siguiendo criterios de profesionalidad o prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente.

b) Vocales: un mínimo de tres personas seleccionadas por el Instituto Balear de la Juventud de acuerdo con criterios de profesionalidad o prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente.

c) Secretaria (con voz pero sin voto): la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven del Instituto Balear de la Juventud.

7.4. Se considera que hay quórum suficiente cuando en las reuniones del jurado están presentes el presidente y el secretario o, si procede, las personas que los sustituyan y al menos la mitad de sus miembros. En el caso de vacante, ausencia o enfermedad del presidente, este debe ser substituido por la persona del jurado de más edad, pero en este caso es necesaria la presencia de un vocal más para que haya quórum suficiente. En el caso de vacante, ausencia o enfermedad del secretario, este será substituido por el técnico del Área de Arte Joven que designe la presidenta del Instituto Balear de la Juventud.

7.5. Los jurados pueden declarar desiertos o compartidos los premios, o establecer una distribución diferente de su importe, excepto en el Certamen de Música Joven Contemporánea, en el que los premios no pueden ser compartidos. En cualquier caso, el veredicto del jurado es inapelable. Las decisiones se tomarán por mayoría simple; no hará falta, pues, unanimidad a la hora de establecer al ganador o los ganadores de cualquier certamen.

7.6. En las modalidades en que las bases específicas establecen algún plazo, este es aproximado. Es el jurado el que tiene que determinar si la falta o el exceso en el tiempo utilizado por los participantes es penalizable o no, siempre dentro de las circunstancias generales de la prueba. En cualquier caso, el veredicto del jurado es inapelable.

8. Resolución y notificación

8.1. El órgano competente para resolver la concesión de los premios es la presidenta del Instituto Balear de la Juventud.

8.2. La concesión de los premios del Programa Cultural Arte Joven se tiene que resolver antes del mes de diciembre de 2013. Este plazo puede ser modificado en caso de que haya impedimentos debidamente justificados que no permitan cumplirlo.

8.3. La resolución de la presidenta, que se tiene que notificar individualmente a las personas interesadas, tiene que ser motivada y tiene que fijar, con carácter definitivo, la cuantía individual de los premios concedidos.

8.4. Presentarse a un certamen o a una modalidad implica aceptar el premio que eventualmente puede corresponder, a menos que se manifieste expresamente lo contrario.

9. Pago y justificación

9.1. Es suficiente como justificación para el pago de los premios acreditar los requisitos establecidos en la convocatoria.

9.2. De acuerdo con el punto 2.1 de esta convocatoria, los premios se pagarán íntegramente a los beneficiarios en el año 2013, mediante una transferencia bancaria, una vez resuelta y notificada la concesión y completada correctamente la documentación exigida en el apartado 5 de las bases generales, con la excepción de los premios del Certamen de Música Joven Contemporánea.

9.3. Los premios del Certamen de Música Joven Contemporánea (punto 1.1, apartado b, de este anexo) se pagarán una vez resuelta y notificada la concesión y presentada correctamente la documentación exigida en el apartado 5 de estas bases generales. En este sentido, para poder tramitar los pagos correspondientes es necesario un certificado que acredite haber hecho las actuaciones mencionadas.

10. Otras determinaciones

10.1. Los premios establecidos en esta convocatoria tienen la consideración de rentas imputables a efectos de lo que establece la normativa reguladora del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF).

10.2. El hecho de presentarse a cualquier certamen supone implícitamente que los autores autorizan al Instituto Balear de la Juventud a reproducir y publicar la imagen o el contenido de las obras inscritas mediante cualquier recurso que considere oportuno.

10.3. La presidenta del Instituto Balear de la Juventud puede introducir las modificaciones que considere convenientes en el desarrollo de los certámenes para que funcionen correctamente y tiene que resolver todas las cuestiones que puedan surgir con respecto a la interpretación de las bases. Asimismo, se reserva la posibilidad de anular o incorporar fases de selección previas cuando el número de participantes así lo aconseje.

10.4. El órgano competente para resolver esta convocatoria de acuerdo con el punto 8.1 se reserva la posibilidad de declarar desiertos los certámenes o las modalidades que no alcancen una participación suficiente, a propuesta de la directora del Instituto Balear de la Juventud. Se entiende que una participación no es suficiente cuando el número de inscritos es inferior a ocho. En caso de que haya poca participación, y antes de declararlo desierto, la presidenta del Instituto Balear de la Juventud, a propuesta de la directora, puede abrir un nuevo plazo de inscripción, siempre con la publicación previa en el BOIB.

10.5. El Instituto Balear de la Juventud asume, con cargo a su presupuesto, los gastos originados por el desplazamiento entre islas, con un máximo de 150,00 € para la ida y la vuelta, o con un máximo de 250,00 € cuando también se traslade la obra, con la excepción de los certámenes de Fotografía CooperArt y de Relatos Breves Solidarios cuyos gastos serán asumidos directamente por la Dirección General de Cooperación e Inmigración, según se indica en el punto 2.2. Estos gastos están previstos para garantizar la asistencia de los finalistas y ganadores al acto público en que se comunicará la decisión de los jurados, así como a la inauguración de las actividades que se lleven a cabo derivadas de esta convocatoria del Programa Cultural Arte Joven, y solo en los casos en que los mencionados finalistas o ganadores tengan una isla de residencia diferente de la isla en la cual se organice el evento.

10.6. La participación en cualquiera de los certámenes o modalidades que se establecen en esta convocatoria implica la aceptación estricta de todas las bases (generales y específicas), de manera que se excluirán las inscripciones que no cumplan las condiciones según la forma establecida.

10.7. Durante los años 2013 y 2014, el Instituto Balear de la Juventud puede editar catálogos, vídeos, Dvd y publicaciones en los que se recopilen las obras y las interpretaciones ganadoras y finalistas de las diferentes modalidades objeto de esta convocatoria.

10.8. El Instituto Balear de la Juventud no se hace responsable de las opiniones ni de los contenidos incluidos dentro de las obras y las actuaciones admitidas a concurso, ni se identifica necesariamente con ellos. En cualquier caso, no se admitirán a concurso aquellas obras o interpretaciones que hagan apología explícita y claramente intencionada de la vulneración de los derechos humanos. Si se da este supuesto, la presidenta del Instituto Balear de la Juventud, a propuesta del jurado correspondiente por unanimidad, resolverá excluirlas del certamen.

10.9. El calendario de las actividades derivadas de esta convocatoria puede ser modificado por falta de disponibilidad de espacio o de profesionales o por otras razones debidamente justificadas.

11. Propiedad de las obras

11.1. Los participantes que no hayan quedado finalistas en ningún certamen tienen que retirar las obras, los dosieres, las maquetas, los prototipos y, en general, cualquier documentación que hayan aportado en el plazo de veinticinco días naturales a contar desde el momento en que reciban la notificación de la resolución o, en cualquier caso, antes de las 14 horas del 27 de diciembre de 2013. A partir de este momento, el material entregado quedará a disposición del Instituto Balear de la Juventud, el cual incluso podrá destruirlo, y el participante perderá el derecho a reclamarlo.

11.2. En el caso de los finalistas y ganadores de cualquier certamen, y visto el punto 10.7 de este anexo, el plazo establecido es del 1 al 29 de diciembre de 2014.

12. Tratamiento de datos de carácter personal

12.1. Los datos de los participantes se incorporarán a un fichero del Instituto Balear de la Juventud y serán tratados para atender su solicitud de participación en este certamen, de acuerdo con lo que prevé la Ley orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.

12.2. Igualmente, los datos personales de los participantes solo se comunicarán a terceros cuando sea necesario por imperativo legal o con su consentimiento previo. En este sentido, y en caso de tener que gestionar desplazamientos o alojamientos, los datos necesarios para esta finalidad serán comunicados a las agencias de viajes minoristas encargadas de las tramitaciones de los billetes y las reservas, así como a las empresas cuyos servicios se incluyen en estos viajes y reservas, como empresas de transporte u hoteles. Por otra parte, a no ser que el afectado indique su voluntad contraria, sus datos podrán ser comunicados a los organismos o entidades patrocinadores del certamen. Finalmente, se divulgarán los nombres de los ganadores y los finalistas y se facilitarán los datos de contacto a los medios de comunicación y prensa de ámbito de las Islas Baleares.

12.3. Cualquier persona interesada puede ejercer sus derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición enviando un escrito y una copia de su DNI al Instituto Balear de la Juventud (edificio Palma Arena, calle Uruguay, s/n, 07010 Palma).

12.4. En el caso de incluir datos de terceros, la persona participante que rellena la ficha de solicitud se compromete a pedir el consentimiento de los interesados con respecto a cualquiera de los aspectos mencionados y a informarles de ello con carácter previo.

13. Revocación

13.1. De acuerdo con lo que dispone el artículo 43 del Decreto legislativo 2/2005, corresponde revocar la subvención cuando, posteriormente a la resolución de concesión, la persona beneficiaria incumpla total o parcialmente las obligaciones o los compromisos contraídos a los cuales está condicionada la eficacia del acto de concesión de la subvención.

13.2. Como consecuencia de la revocación de la subvención, queda sin efecto el acto de concesión y se tienen que reintegrar las cantidades percibidas indebidamente.

14. Reintegro de las ayudas concedidas

14.1. Corresponde reintegrar total o parcialmente las cantidades recibidas y exigir el interés de demora desde el momento del pago del premio hasta la fecha de la resolución por la cual se reconozca el reintegro en los casos que prevé el artículo 44 del Decreto legislativo 2/2005.

14.2. Las cantidades reintegrables tienen la consideración de ingresos de derecho público y pueden ser exigidas por vía de apremio.

14.3. Si todavía no se ha abonado el importe del premio, el incumplimiento de las obligaciones supone perderlo, con la audiencia previa de la persona interesada.

14.4. El ganador perderá el derecho a reclamar el pago del premio si no entrega toda la documentación requerida o si, por cualquier otra circunstancia que se le pueda imputar, no es posible tramitar este pago dentro del plazo notificado por el Instituto Balear de la Juventud.

15. Régimen de infracciones y sanciones

Si se incumplen los requisitos que establece esta Resolución, se aplicará el régimen de infracciones y sanciones que regula el título V del Decreto legislativo 2/2005.

16. Inspección

Según lo que disponen estas bases, las ayudas objeto de esta convocatoria se tienen que someter a la inspección correspondiente, de acuerdo con la normativa legal vigente aplicable.

 

 ANEXO 2

Bases específicas del Programa Cultural Arte Joven 2013

CERTAMEN CARNÉ  JOVEN DE POESÍA

1. Convocatoria

El Instituto Balear de la Juventud convoca este certamen, en el que se establecen dos modalidades: 

  • Poesía en catalán.
  • Poesía en castellano.

2. Participantes

Pueden participar jóvenes artistas, residentes en las Islas Baleares, que tengan entre 16 y 30 años el 31 de diciembre de 2013. No se admitirá la inscripción de grupos.

3. Premios

3.1. Poesía en catalán. Se establece un primer premio en metálico de 1.000,00 € y un segundo premio de 500,00 € en metálico. Ambos premios pueden ser declarados desiertos o compartidos si así lo considera el jurado. La decisión del jurado es inapelable.

3.2. Poesía en castellano. Se establece un primer premio en metálico de 1.000,00 €, y un segundo de 500,00 € en metálico. Ambos premios pueden ser declarados desiertos o compartidos si así lo considera el jurado. La decisión del jurado es inapelable.

4. Plazo de inscripción y presentación de la documentación

El plazo para formalizar la inscripción y presentar la documentación establecida en el punto 5.7 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1) es desde el día siguiente de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta las 14 h del 30 de septiembre de 2013.

5. Jurado

El jurado se debe formar teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales de esta convocatoria. En la letra b del punto 7.3 se indica que los vocales tienen que ser designados entre profesionales o personalidades de prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente. Con respecto al Certamen Carné Joven de Poesía, estos han de ser designados entre  escritores de prestigio reconocido en el ámbito de las Islas Baleares o del Estado español, periodistas, críticos y jefes de la sección de cultura de diferentes medios de comunicación con difusión suficiente en las Islas Baleares o en el resto del Estado, entre los directores o presidentes de editoriales de las Islas Baleares y un representante del Instituto de Estudios Baleáricos. Actuará como secretaria, con voz pero sin voto, la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven.

6. Condiciones técnicas

6.1. Cada participante tiene que presentar, junto con la documentación requerida en el punto 5.7 de las bases generales de esta convocatoria (anexo 1), cuatro copias del libro de poemas que presenta a concurso y un CD o memoria USB  que contenga el archivo del poemario.

6.2. El trabajo, de temática libre, tiene que ser original e inédito y redactado en la lengua de la modalidad a la cual se presenta.

6.3. La extensión aproximada del poemario tiene que ser de un mínimo de 300 versos y de un máximo de 1.000, en uno o más poemas.

6.4. Cada participante solo puede presentar un poemario a cada modalidad. En la portada del trabajo tienen que constar la modalidad a la cual opta y el título. Los trabajos serán anónimos, por lo cual el nombre del autor no puede aparecer en ningún lugar de la obra. El Área de Arte Joven identificará el poemario con el número de orden que tenga el participante cuando se inscriba.

7. Selección y desarrollo

7.1. Los miembros del jurado -que previamente tiene que haber leído los trabajos presentados- se reunirán para deliberar en las fechas y los lugares que la organización del Instituto Balear de la Juventud determine oportunamente. La selección de las obras se hará a partir de los criterios de creatividad y calidad artística.

7.2. Una vez el jurado haya tomado una decisión, esta se dará a conocer, junto al resto de modalidades convocadas, en un acto público durante el cual se leerá un fragmento de las obras premiadas.

8. Otras determinaciones

El Instituto Balear de la Juventud publicará una recopilación de los poemarios ganadores de cada una de las modalidades convocadas. Corresponde al Instituto Balear de la Juventud determinar el calendario, los lugares y las empresas contratadas con que se editarán estas recopilaciones. Los libros serán presentados en un acto público a lo largo del 2014.

CERTAMEN CARNÉ JOVEN DE MÚSICA JOVEN CONTEMPORÁNEA

1. Convocatoria

 Se establece la convocatoria de este certamen para músicos o grupos musicales que se puedan incluir dentro de la categoría de música contemporánea, como rock, pop, punk rock, post-rock, garage rock, rock psicodélico, rhythm and blues, techno, noise, power pop, art rock, música indie, emo, folk rock, soul, música stoner, funk, ska, reggae, rock duro, heavy, power metal, thrash metal, speed metal, death metal, grindcore, blackcore, doom metal, metal gótico, metal industrial, hardcore, nu metal, rap metal, metal alternativo, música electrónica, downtempo, house, electro, minimal, drum and bass, breakbeat, trip hop, electroclash, hip-hop, rap o beatboxing.

2. Participantes

Pueden concursar en este certamen jóvenes músicos en solitario o grupos de jóvenes, que sean residentes en las Islas Baleares. En cualquier caso, todos los participantes deben tener entre 16 y 30 años el día 31 de diciembre de 2013.

3. Premios

3.1. Se establece un primer premio de 2.000,00 € que el Instituto Balear de la Juventud destina a asumir el gasto originado por dos actuaciones (a 1.000,00 € por actuación) que llevará a cabo el grupo ganador del primer premio, y un segundo premio de 1.000,00 €, que este Instituto también destina a asumir el gasto originado por una actuación musical a cargo del grupo ganador del segundo premio.

3.2. Los dos premios pueden ser declarados desiertos pero no compartidos. La decisión del jurado es inapelable.

3.3. Si alguna de las actuaciones programadas derivadas de la concesión del premio, tuvieran lugar fuera de la isla de residencia de los miembros del grupo, se entiende que los gastos de desplazamiento, alojamiento, manutención (y otros gastos que pudieran darse) están incluidos dentro de los 1.000,00 € con que se remunera la mencionada actuación.

4. Plazo de inscripción y presentación de la documentación

El plazo para formalizar la inscripción y presentar la documentación establecida en el punto 5.7 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1) es desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta las 14 h del 30 de septiembre de 2013.

5. Jurado

El jurado se debe formar teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales de esta convocatoria. En la letra b del punto 7.3 se indica que los vocales se designarán entre profesionales o personalidades de prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente. Con respecto al Certamen Carné Joven de Música Joven Contemporánea, estos deben escogerse entre músicos de prestigio reconocido de las Islas Baleares, críticos musicales de diferentes medios de comunicación con difusión suficiente en las Islas Baleares o en el resto del Estado español, directores o productores de sellos discográficos y un representante del Instituto de Estudios Baleáricos. Actuará como secretaria, con voz pero sin voto, la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven.

6. Condiciones técnicas

El participante o grupo de participantes tiene que presentar, junto con la documentación requerida en el punto 5.7 del anexo 1 de esta convocatoria, una maqueta en formato CD que incluya dos temas, cuya duración total no puede exceder los 10 minutos. Los temas presentados en la maqueta tienen que ser, obligatoriamente, originales e interpretados por el músico o grupo de músicos que se haya inscrito. En ningún caso se admiten versiones de otros autores.

7. Selección y desarrollo

7.1. El Instituto Balear de la Juventud prevé organizar, una vez finalizado el periodo de inscripción, una fase de selección previa y una fase final, en los lugares y las fechas que oportunamente comunique a los participantes.

7.2. Fase de preselección. Los miembros del jurado tienen que puntuar del 1 al 10 cada maqueta presentada y tienen que escoger, hasta un máximo de cinco, los grupos o intérpretes que obtengan más puntuación.

7.3. Fase final. Todos los seleccionados tienen que actuar en directo durante un máximo de 20 minutos con un repertorio que incluya como mínimo uno de los temas que presentaron en la maqueta. A partir de esta audición, el jurado tiene que escoger los grupos ganadores a partir de criterios de creatividad y calidad artística, como la dimensión compositiva (letras, arreglos e innovación musical) y la dimensión interpretativa (instrumentación, voces, coordinación, puesta en escena, transmisión y personalidad).

Una vez el jurado haya tomado una decisión, esta se dará a conocer, junto con el resto de modalidades convocadas, en un acto público.

8. Otras determinaciones

8.1. Con respecto a las actuaciones derivadas del pago de los premios, el Instituto Balear de la Juventud tiene que elaborar, conjuntamente con los grupos ganadores, un calendario de actuaciones. En cualquier caso, corresponde al Instituto Balear de la Juventud determinar las fechas, los lugares y las empresas contratadas, si procede, con las que se tienen que llevar a cabo las actuaciones derivadas de la concesión de los premios.

8.2. Los grupos ganadores solo cobrarán los premios una vez hayan hecho las actuaciones programadas. En caso de que el grupo no se presentara a alguna de las actuaciones programadas y no justificara su ausencia por algún motivo de fuerza mayor, perdería el derecho a reclamar una nueva actuación y a cobrarla. El importe de los premios incluye no solo el pago a los miembros del grupo ganador, sino también los gastos de desplazamiento, alojamiento, manutención y otros gastos que pudieran darse, en el caso de que alguna de las actuaciones programadas tenga lugar fuera de la isla de residencia de los miembros del grupo.

8.3. El calendario de las actividades derivadas de esta convocatoria puede ser modificado por falta de disponibilidad de espacios o de profesionales o por otras razones debidamente justificadas.

CERTAMEN CARNÉ JOVEN DE CÓMIC

1. Convocatoria

El Instituto Balear de la Juventud convoca este certamen dirigido a jóvenes dibujantes y guionistas.

2. Participantes

Se pueden presentar a este certamen formando equipo el guionista y el dibujante del trabajo. Los participantes tienen que ser residentes en las Islas Baleares y tener entre 16 y 30 años el 31 de diciembre de 2013.

3. Premios

3.1. Se establece un primer premio en metálico de 1.000,00 €, y un segundo premio de 500,00 € en metálico.

3.2. Ambos premios pueden ser declarados desiertos o compartidos si así lo considera el jurado. La decisión del jurado es inapelable.

4. Plazo de inscripción y presentación de la documentación

El plazo para formalizar la inscripción y presentar la documentación establecida en el punto 5.7 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1) es desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta las 14 h del 30 de septiembre de 2013.

5. Jurado

El jurado se debe formar teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales de esta convocatoria. En la letra b del punto 7.3 se indica que los vocales se designarán entre profesionales o personalidades de prestigio reconocido en el ámbito profesional o cultural de la materia correspondiente. Con respecto al Certamen Carné Joven de Cómic, estos deben escogerse entre representantes de la Asociación de Amigos y Víctimas del Cómic, del Cluster de Cómic y Nous Mèdia de Mallorca, del Instituto de Estudios Baleáricos, dibujantes y guionistas de reconocido prestigio en las Islas Baleares y directores de editoriales de cómic. Actuará como secretaria, con voz pero sin voto, la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven.

6. Condiciones técnicas

6.1. Cada participante tiene que presentar, además de la documentación requerida en el punto 5.7 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria, una copia por cuadruplicado del trabajo en formato DIN A4, y un disquete, CD o memoria USB con el trabajo digitalizado en una resolución de 300 puntos por pulgada.

6.2. Los trabajos, de temática libre, se pueden presentar en blanco y negro o en color, tienen que ser anónimos y deben tener un mínimo de dos páginas y un máximo de seis. Pueden ser en catalán o en castellano.

6.3. Cada persona o equipo solo puede presentar un trabajo. Una misma persona no puede participar en dos o más equipos.

7. Selección y desarrollo

7.1. El certamen prevé la organización de una fase de selección previa y una fase final.

7.2. Fase de preselección. Una vez vistos los trabajos presentados, el jurado tiene que seleccionar, a partir de los criterios de calidad y creatividad artística, un máximo de diez obras para pasar a la fase final.

7.3. Fase final. La fase final se llevará a cabo en las fechas y los lugares que designe oportunamente el IB-Jove. Se expondrán todas las obras seleccionadas y el jurado seleccionará la obra o las obras ganadoras. Los dibujantes finalistas tendrán que presentar, cuando lo requiera el Área de Arte Joven, las páginas de su cómic en formato DIN A3 para su exposición.

7.4. Una vez el jurado haya tomado una decisión, esta se dará a conocer en un acto público, junto al resto de modalidades convocadas.

8. Otras determinaciones

El Instituto Balear de la Juventud publicará un álbum con todos los cómics finalistas. Corresponde al Instituto Balear de la Juventud determinar el calendario, los lugares y las empresas contratadas con que se editará este cómic recopilatorio, que será presentado en un acto público a lo largo del 2014.

CERTAMEN CARNÉ JOVEN DE FOTOGRAFÍA COOPERART

1. Convocatoria y tema

1.1. El Certamen de Fotografía CooperArt, convocado por el Instituto Balear de la Juventud y la Dirección General de Cooperación e Inmigración, quiere fomentar y potenciar la creatividad en el ámbito de la cooperación para el desarrollo con la intención de generar nuevos materiales que promuevan conductas y actitudes de interés hacia el mundo de la cooperación.

1.2. El tema de la colección tiene que estar relacionado con temáticas relacionadas con la cooperación al desarrollo: derechos humanos, género, medio ambiente, pobreza, paz, conflicto, trabajo infantil, etc., en los países en vías de desarrollo. No se admitirán fotografías que presenten imágenes de desgracia humana, sino que, al contrario, se espera recibir imágenes que promuevan la esperanza en el cambio y las nuevas oportunidades. Se valorará el aspecto artístico y el conceptual.

2. Participantes

Pueden participar jóvenes residentes en las Islas Baleares que tengan entre 16 y 30 años el 31 de diciembre de 2013. No se admitirá la inscripción de grupos.

3. Premios

3.1. Se establece una dotación total de 1.500,00 € destinada a premios, que se distribuirá de la manera siguiente: 

  1. 1.000,00 € para la mejor colección.
  2. 500,00 € para la mejor fotografía.

3.2. Los premios para la mejor colección y para la mejor fotografía son acumulables. No obstante, el jurado puede proponer que el certamen sea declarado desierto o compartido o proponer una distribución de los premios alternativa.

4. Plazo de inscripción y presentación de la documentación

El plazo para formalizar la inscripción y presentar la documentación establecida en el punto 5.7 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1) es desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta las 14 h del 30 de septiembre de 2013.

5. Jurado

El jurado se debe formar teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria. Tiene que presidir el jurado la directora general de Cooperación e Inmigración o a la persona en quien delegue. La directora del Instituto Balear de la Juventud o la persona en quien delegue actuará como vocal. El resto de vocales se escogerán conjuntamente entre el Instituto Balear de la Juventud y la Dirección General de Cooperación e Inmigración, de acuerdo con  criterios de profesionalidad o prestigio reconocidos, entre fotógrafos de las Islas Baleares, críticos o periodistas de diferentes medios de comunicación con difusión suficiente en las Islas Baleares o en el resto del Estado español y directores de galerías, museos o salas de exposición de reconocida entidad en las Islas Baleares. Actuará como secretaria, con voz pero sin voto, la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven.

6. Condiciones técnicas

6.1. Cada participante tiene que presentar un trabajo en forma de colección, que tiene que estar compuesta por un mínimo de tres fotografías y un máximo de seis y debe llevar un título genérico, además de la documentación requerida en el punto 5.7 de las bases generales (anexo 1) de la convocatoria de los certámenes del Programa Cultural Arte Joven para el 2013. 

6.2. Las fotografías se deben presentar en formato digital, con la máxima resolución posible, y pueden ser en blanco y negro o en color.

6.3. Las fotografías tienen que ser originales e inéditas. 

6.4. Cada participante solo puede presentar una colección.

7. Selección y desarrollo del certamen

7.1. El certamen prevé la organización de una fase de selección previa y una fase final.

7.2. Fase de preselección. El jurado, una vez vistas las colecciones presentadas, tiene que seleccionar un máximo de diez, que son los que pasarán a la fase final, a partir de criterios de calidad y creatividad artística.

7.3. Fase final. La fase final se llevará a cabo en el lugar y en las fechas que el Instituto Balear de la Juventud dé a conocer al jurado que escogerá la obra o las obras ganadoras.

7.4. Una vez que el jurado haya tomado una decisión, esta se dará a conocer, junto al resto de modalidades convocadas, en un acto público presidido por la directora general de Cooperación e Inmigración y la presidenta del Instituto Balear de la Juventud.

8. Otras determinaciones

Las fotografías finalistas del certamen serán propiedad, en los casos de explotación, reproducción, distribución, comunicación pública y difusión, de la Dirección General de Cooperación e Inmigración y se podrán utilizar con fines promocionales o divulgativos. En cualquier caso, siempre se hará constar la autoría de las imágenes, el logotipo del Gobierno de las Islas Baleares y la información relativa al Certamen de Fotografía CooperArt del Programa Cultural Arte Joven del Instituto Balear de la Juventud.

CERTAMEN CARNÉ JOVEN DE RELATOS BREVES SOLIDARIOS

1. Convocatoria y tema

1.1. El Certamen de Relatos Breves Solidarios, convocado por el Instituto Balear de la Juventud y la Dirección General de Cooperación e Inmigración, tiene como objetivo despertar conciencias críticas y sensibilizar a la ciudadanía balear en temas de solidaridad mediante una narración corta basada en principios solidarios.

1.2. El tema del certamen para el año 2013 es "El agua, un derecho universal". El agua es un recurso natural limitado y un bien público fundamental para la vida y la salud pero, en algunos países en vías de desarrollo, la población tiene muchos problemas para poder acceder a ella. Una parte de la población mundial no tiene acceso a la cantidad mínima de agua potable necesaria para vivir. No obstante, el derecho humano al agua es indispensable para vivir dignamente y tiene que ser una condición previa para la consecución de otros derechos humanos.

2. Participantes

Pueden participar jóvenes residentes en las Islas Baleares que deben tener entre 16 y 30 años el 31 de diciembre de 2013. No se admitirá la inscripción de grupos.

3. Premios

3.1. Se establece una dotación total de 1.500,00 € destinada a premios, que se distribuirá de la manera siguiente: 

  1. 1.000,00 € al mejor relato.
  2. 500,00 € al segundo mejor relato.

3.2. El jurado puede proponer que el certamen sea declarado desierto o compartido o proponer una distribución del premio alternativa.

4. Plazo de inscripción y presentación de la documentación

El plazo para formalizar la inscripción y presentar la documentación establecida en el punto 5.7 de las bases generales de la convocatoria (anexo 1) es desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta las 14 h del 30 de septiembre de 2013.

5. Jurado

El jurado se debe formar teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria. Tiene que presidir el jurado la directora general de Cooperación e Inmigración o la persona en quien delegue. La directora del Instituto Balear de la Juventud o la persona en quien delegue actuará como vocal. El resto de vocales se tienen que escoger conjuntamente entre el Instituto Balear de la Juventud y la Dirección General de Cooperación e Inmigración de acuerdo con criterios de profesionalidad o prestigio reconocidos en este ámbito profesional o cultural, entre escritores de prestigio, periodistas, críticos y jefes de la sección de cultura de diferentes medios de comunicación y directores o presidentes de editoriales. Actuará como secretaria, con voz pero sin voto, la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven.

6. Condiciones técnicas

6.1. Cada participante debe presentar una copia por cuadruplicado del relato y un disquete, CD o memoria USB con el archivo en formato Word, además de la documentación requerida en el punto 5.7 de las bases generales (anexo 1) de la convocatoria de los certámenes del Programa Cultural Arte Joven para el 2013. 

6.2. La extensión no puede superar los diez folios y cada página debe tener entre 25 y 30 líneas. La letra utilizada será la Times New Roman, de cuerpo 12. Los márgenes tienen que ser de un mínimo de 3 cm.

6.3. Los relatos deben ser originales, inéditos y redactados en lengua catalana o lengua castellana.

6.4. Cada participante solo puede presentar un relato.

7. Selección y desarrollo

7.1. Los miembros del jurado, una vez leídos los trabajos presentados, se reunirán para determinar los ganadores en las fechas y el lugar que el Instituto Balear de la Juventud determine.

7.2. Una vez que el jurado haya tomado una decisión, esta se tiene que dar a conocer, junto al resto de modalidades convocadas, en un acto público presidido por la directora general de Cooperación e Inmigración y la presidenta del Instituto Balear de la Juventud.

8. Otras determinaciones

8.1. Las obras finalistas del certamen serán propiedad de la Dirección General de Cooperación e Inmigración en los casos de explotación, reproducción, distribución, comunicación pública y difusión de la obra resultante. En cualquier caso, siempre se hará constar la autoría de los relatos, el logotipo del Gobierno de las Islas Baleares y la información relativa al Certamen de Relato Breve del Programa Cultural Arte Joven del Instituto Balear de la Juventud.

8.2. La Dirección General de Cooperación e Inmigración se reserva la posibilidad de adaptar los relatos presentados a formato teatral para que puedan ser representados en diferentes espacios teatrales o educativos.

CERTAMEN DE ARQUITECTURA JOVEN

1. Convocatoria y tema

1.1. El Instituto Balear de la Juventud en colaboración con el Colegio Oficial de Arquitectos de las Islas Baleares, convocan el Certamen de Arquitectura Joven.

1.2. El tema del concurso es una obra construida dentro del territorio de las Islas Baleares. En este certamen tienen cabida todas aquellas obras, aunque sean de pequeña envergadura (reformas, ampliaciones, etc.), con interés arquitectónico según el arquitecto autor y director del proyecto. A veces hay más arquitectura en una intervención de unos pocos metros cuadrados que en una de grandes dimensiones. Así, el jurado tendrá más en cuenta la calidad de la aportación que sus dimensiones o su complejidad.

2. Participantes

2.1. Este certamen se dirige a arquitectos colegiados en el COAIB y residentes en las Islas Baleares que tengan, como máximo, 35 años el 31 de diciembre de 2013.

2.2. Los participantes se pueden presentar a este certamen formando equipo o bien individualmente.

3. Premios

Se establece un primer premio, dotado con 3.000,00 €, para la obra ganadora y un segundo y un tercer premio honoríficos.

4. Plazo de inscripción y presentación de la documentación

4.1. Cada participante, además de la documentación requerida en el punto 5.7 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria, tiene que presentar en la sede del COAIB (c. de la Portella, 14, 07001 Palma) la documentación siguiente: 

  1. Una fotocopia del certificado del final de obra técnico.
  2. Dos plafones rígidos (cartón pluma) tamaño DIN A2 con toda la información que el participante considere necesaria para la correcta comprensión de la obra (planos, fotografías, memoria descriptiva, etc.).

4.2. El plazo para formalizar la inscripción y presentar la documentación es desde el día siguiente de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares hasta las 14 h del 30 de septiembre de 2013.

5. Jurado

El jurado se debe formar teniendo en cuenta los criterios del apartado 7 de las bases generales (anexo 1) de esta convocatoria. Tiene que presidir el jurado el decano del COAIB o la persona en que delegue, y serán designados como vocales la directora del Instituto Balear de la Juventud o la persona en que delegue y tres arquitectos de reconocido prestigio de las Islas Baleares propuestos por el COAIB. Actuará como secretaria, con voz pero sin voto, la coordinadora del Programa Cultural Arte Joven.

6. Condiciones técnicas

Las obras tienen que tener licencia municipal de obras y certificado de final de obra técnico.

7. Selección y desarrollo del certamen

7.1. Una vez finalizado el periodo de presentación de las obras, el jurado se reunirá para determinar cuáles son las obras finalistas y ganadoras.

7.2. Una vez que el jurado haya tomado su decisión, esta se dará a conocer, junto al resto de modalidades convocadas, en un acto público presidido por el decano del COAIB y la presidenta del Instituto Balear de la Juventud.

7.3. Todas las obras finalistas que reúnan los requisitos de la convocatoria se expondrán  en la sede del COAIB, en Palma, en las fechas que oportunamente se indiquen.