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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección I. Disposiciones generales

AYUNTAMIENTO DE MAÓ

Núm. 15104
Ordenanza Reguladora de la tasa por prestación de servicios en instalaciones deportivas y piscinas municipales

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Texto

ORDENANZA    REGULADORA 15
Aplicación  Presupuestaria:  310.09

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR PRESTACIÓN DE SERVICIOS EN INSTALACIONES DEPORTIVAS Y PISCINAS MUNICIPALES

FUNDAMENTO LEGAL

Artículo 1.

De acuerdo con lo previsto en los artículos 15 a 27 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo,  se establece la tasa por prestación de servicios en instalaciones deportivas y piscinas municipales.

HECHO IMPONIBLE

Artículo 2.

El hecho imponible de la tasa viene determinado por la prestación de servicios en instalaciones deportivas y piscinas municipales o por la utilización de las mismas.

SUJETO PASIVO Y DEVENGO

Artículo 3.

3.1. Estarán obligados al pago de esta tasa las  personas naturales o jurídicas, usuarias de la piscina y demás  instalaciones  deportivas municipales.

3.2 Tendrá la condición de sustituto del sujeto pasivo del usuario menor de edad la persona que ostente la tutela del mismo.

3.2. La tasa se devengará cuando se inicie la prestación del servicio o la realización de la actividad, sin perjuicio de que se exija el abono previo de su importe total o parcial.

BASE IMPONIBLE

Artículo 4.

Se tomará como base imponible de la tasa el coste real o previsible del servicio o actividad de que se trate.

Artículo 5.

Las cuotas tributarias se ajustarán a lo siguiente:

1) PERSONAS ABONADAS

NO RESIDENTES EN EL TERMINO MUNICIPAL

RESIDENTES EN EL TERMINO MUNICIPAL

 1.1. Familiar 

 26,50 € / mes 

 22,50 € / mes 

 1.2. Familiar + Musculación

 42,00 € / mes 

 36,00 € / mes 

 1.3. Individual

16,00 € / mes

13,50 € / mes

 1.4. Individual + Musculación

21,00 € / mes

18,00 € / mes

2) UTILIZACIÓN DE: PISTA ATLETISMO, PISTA POLIDEPORTIVA, CAMPO DE FUTBOL 7, PISCINA, GIMNASIO, TATAMI Y  MÒDULO SÍNIA MORERA

NO RESIDENTES EN EL TÉRMINO MUNICIPAL

RESIDENTES EN EL TERMINO MUNICIPAL

 2.1. Alquiler  laborables entre las 9 y las 18 horas  excepto piscina

27,00 €/ hora

23,00 €/ hora

 2.2. Alquiler laborables a partir de las 18 horas y sábados y festivos excepto piscina

  42,00 € / hora

  36,00 € / hora

 2.3  Alquiler piscina

21,00 € / hora/calle

18,00 € / hora/calle

 2.4. Alquileres:

 

 

Entidades sin ánimo de lucro

50% de las tarifas

50% de las tarifas

Centros escolares, instituciones u otras administraciones, ONG, y entidades sociales. mediante firma de convenio

0% de las tarifas

0% de las tarifas

a) Para clubs  federados, entidades registradas en la DGE y asociaciones de tiempo libre debidamente constituidas.

80 % de las tarifas

80 % de las tarifas

25 % de las tarifas

25 % de las tarifas

 b) para grupos y equipos femeninos 

 2.6 Uso individual, adulto y vez

10,00 €

8,50 €

 2.7 Uso individual, menor y vez

5,00 €

4,00 €

3) ACTIVIDADES FORMATIVAS

 

 

3.1. Promoción escolar, por menor actividad con monitor

 3,50 € / día

3,00 € / día

3.2.  Escuela municipal de natación, abonados, por menor

16,00 € / mes

14,00 € / mes

3.3. Escuela municipal de natación, no abonados, per menor

21,00 € / mes

18,00 € / mes

 

 

 

4) ACTIVITADES DIRIGIDAS DE TIEMPO LIBRE (con monitor/a)

 

 

 4.1. Actividades personas adultas abonadas, en gimnasios y piscina 3 sesiones

 26,50 € / mes

 23,00 € / mes

 4.2  Actividades personas adultas abonadas, en gimnasios y piscina 2 sesiones

21,00 € / mes

18,00 € / mes

 4.3. Actividades persones adultas no abonadas en gimnasios y piscina 3 sesiones

47,50 € / mes

40,00 € / mes

 4.4. Actividades personas adultas no abonadas en gimnasios y piscina 2 sesiones

42,00 € / mes

36,00 € / mes

5) ACTIVITADES SUAVES

 

 

5.1. Gerontogimnasia

52,50 € / curso

45,00 € / curso

6) ESCOLA D’ESTIU

 

 

6.1. Escuelas deportivas verano personas abonadas

136,50 € / mes

116,00 € / mes

6.2. Escuelas deportivas verano personas no abonadas

178,50 € / mes

152,00 € / mes

7) GENERALS

NO RESIDENTS AL TERME MPAL

RESIDENTS AL TERME MPAL

7.1. Para grupos: de jubilados, desocupados, de promoción especial (deporte femenino, etc.), personas con discapacitados, tasques de integración, etc. Se aplicará, sobre los precios para  no abonados, en todas las actividades

un descuento del   90 %

un descuento del   90 %

7.2. Familias con tres o más hijos, en los precios de las escuelas deportivas de verano,

un descuento del   25 %

un descuento del   25 %

7.3. Usuarios del Carnet Jove: se les aplicará en todas las tarifas

un descuento del 10%

un descuento del 10%

7.4. Usuarios con minusvalía

un descuento igual al grado de minusvalía acreditado

un descuento igual al grado de minusvalía acreditado

Artículo 6.

Cuando se trate de actividades, servicios o utilización de instalaciones no  incluidos en las tarifas enumeradas en el artículo anterior, se aplicarán las correspondientes por similitud en la estructura de costes.

GESTION Y COBRANZA

Artículo 7.

Las bajas cursadas por las personas abonadas y por las personas usuarios de cualquier de los servicios especificados en las tarifas, surtirán efecto al  finalizar el período de abono o del servicio concertado. En ningún  caso  darán  derecho  a reintegro de los importes satisfechos, salvo lo previsto en el artículo  10.b).

En el caso de que las bajas no se hayan solicitado y tramitado dentro de los cinco primeros días hàbiles, no seran efectivas hasta el mes siguiente.

Artículo 8.

El importe de las licencias federativas  que  se  precisen  para  la práctica deportiva, no está incluido en las tarifas y serán a cargo del usuario

Artículo 9.

a) Las cuotas de inscripción, alquiler, etc., se abonarán en el momento de realizarse la misma

b) Las cuotas periódicas se abonaran mediante cargo a la cuenta corriente; con esta finalidad, la persona usuaria deberá extender la correspondiente orden bancaria, domiciliando el pago en el momento de la inscripción.

Artículo10.

No obstante lo señalado en el artículo anterior:

  1. Las inscripciones que se realicen en la  degunda mitad del periodo de realización del servicio abonaran el 50% de la correspondiente tarifa.
  2. Cuando, durante la primera mitad del periodo de prestación del servicio, se produzcan no asistencias continuadas por causas sobrevenidas, podrá solicitarse una reducción del 50% de la correspondiente tarifa, de acuerdo con el procedimiento establecido con esta finalidad en el Servicio Municipal de Deportes.
  3. Las cuotas de abonado y actividades se pagaran a partir del 5º día hábil de cada mes y estarán en periodo voluntario durante un mes.
  4. En los periodos en los que se minore la orfeta de los servicios, se abonará el 50% de la cuota establecida

Artículo 11.

Los períodos vacacionales del S.M.D. que conlleven la no prestación de los servicios, ya han sido considerados al fijar las tarifas contenidas en esta ordenanza y, en consecuencia, no darán lugar a ninguna bonificación o reducción en las tarifas, ni a ninguna devolución de ingreso

DISPOSICION ADICIONAL

Todo lo que no este previsto en esta Ordenanza se regirá por el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de Marzo,  Ley General Tributaria y, en su caso, la Ordenanza General de Gestión, Recaudación e Inspección de los tributos y otros ingresos de derecho público.

DISPOSICION FINAL

La presente Ordenanza, entrará en vigor a partir del dia siguiente a su publicación definitiva en el BOIB,  hasta su modificación o derogación expresas.

                                                        Vº Bº                                                                                EL  SECRETARIO

                                              LA ALCALDESA