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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

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AYUNTAMIENTO DE MARRATXÍ

Núm. 15023
Exp 211-12 expediente sancionador medio ambiente

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Exp: 211/12

Como consecuencia del expediente incoado en este Negociado por supuesta infracción medioambiental, y al haber intentado la notificación sin resultado positivo, por la presente notificación de resolución de expediente sancionador se notifica a la interesada la Sra. Claudia Michaela de conformidad con lo que dispone  el articulo 59.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, el escrito de fecha 30 de mayo de 2013, que trascrito dice: “Conformemente con lo que dispone el artículo 192.2 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales, le comunico que el Sr. Alcalde, en fecha 30 de mayo de 2013, ha dictado resolución, la cual es del tenor literal siguiente:

“ASUNTO: RESOLUCIÓN del expediente sancionador incoado contra la señora CLAUDIA MICHAELA por supuesta infracción d medio ambiente.

Puesto que, en fecha 3 de abril se procedió a comunicar a la señora Claudia Michaela notificación referente a los gastos producidos por las dos recogidas a los domicilios de Son Llebre, en concreto los días 17/01 y 21/01 del corriente, recogiendo un total de 9 perros, provocando los siguientes gastos:

Rfa. 795: 15 días a 2,25 día =

33,75euros

Rfa. 796: 4 días a 2,25 día =

9,00euros

Rfa. 797: 5 días a 2,25 día =

11,25euros

Rfa. 798: 7 días a 2,25 día =

15,75euros

Rfa. 804: 1 día a 2,25 día =

2,25euros

Rfa. 805: 15 días a 2,25 día =

33,75euros

Rfa. 806: 3 días a 2,25 día =

6,75euros

Rfa. 807: 15 días a 2,25 día =

33,75euros

Rfa. 808: 15 días a 2,25 día =

33,75euros

Dos recogidas a 30 euros cada una =

60,00euros

TOTAL ...............

240,00euros

Puesto que, en fecha de hoy aún no se ha procedido al pago de los gastos ocasionados por el animal en Natura Parc.

Vistos los artículos 127 y siguientes de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Bases de Régimen Jurídico de les Administraciones Públicas y Procedimiento Administrativo Común, artículos 13 y siguientes del Decreto Autonómico 10/1994, de 10 de febrero, antes citado, y atendiendo a todo lo que se ha expuesto, esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente (art. 5 del Decreto 10/1994) tiene a bien dictar la siguiente:

RESOLUCION

1.- Declarar responsable de los gastos producidos por los 9 animales en Natura Parc a su propietaria señora Claudia Michaela, así como se le solicita proceder a efectuar el pago de 240,00 euros, los cuales figuran desglosados de la siguiente manera:

Rfa. 795: 15 días a 2,25 día =

33,75euros

Rfa. 796: 4 días a 2,25 día =

9,00euros

Rfa. 797: 5 días a 2,25 día =

11,25euros

Rfa. 798: 7 días a 2,25 día =

15,75euros

Rfa. 804: 1 día a 2,25 día =

2,25euros

Rfa. 805: 15 días a 2,25 día =

33,75euros

Rfa. 806: 3 días a 2,25 día =

6,75euros

Rfa. 807: 15 días a 2,25 día =

33,75euros

Rfa. 808: 15 días a 2,25 día =

33,75euros

Dos recogidas a 30 euros cada una =

60,00euros

TOTAL ...............

240,00euros

 

2.- Aprobar la liquidación correspondiente por el importe total de 240,00 euros.

3.- Notificar esta resolución al interesado en forma reglamentaria.

4. Que se notifique esta resolución a intervención.

De acuerdo con lo que dispone el artículo 89.3 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se expresa que:

Contra el referido Decreto, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer el recurso de reposición que establece el artículo 108 de la Ley Reguladora de las Bases del Régimen Local núm 7/1985, de 2 de abril, (texto modificado por la Ley 57/03, de medidas para la modernización del Gobierno Local, de 16 de diciembre), en relación al artículo 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas  Locales aprobado por RDL 2/2004 de 5 de marzo, ante el Sr. Alcalde, en el plazo de UN MES contado a partir del día siguiente al de la recepción del presente escrito.

El citado recurso se entenderá desestimado si transcurriera otro mes sin que se notifique su resolución.

Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria, si fuera expreso. Si no lo fuera el plazo será de SEIS MESES contados a partir del dia siguiente a aquel en que, el referido recurso de reposición se entenderá desestimado de forma presunta.

No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si lo cree conveniente.

Lo ordena y firma el Sr. Alcalde. Sr. Tomeu Oliver Palou.”

De acuerdo con lo que dispone el artículo 58.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, se expresa que:

Contra el referido Decreto, que es definitivo en vía administrativa, se podrá interponer el recurso de reposición que establece el artículo 108 de la Ley Reguladora de Bases del Régimen Local núm. 7/1985, de 2 de abril, (texto modificado por la Ley 57/03, de medidas para la modernización del Gobierno Local, de 16 de diciembre), en relación al artículo 14.2 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas  Locales aprobado por RDL 2/2004 de 5 de marzo, ante el Sr. Alcalde, en el plazo de UN MES contado a partir del dia siguiente al de la recepción del presente escrito.

El citado recurso se entenderá desestimado si transcurriera otro mes sin que se notifique su resolución.

Contra la desestimación expresa o presunta del recurso de reposición, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponer recurso contencioso administrativo, ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de DOS MESES, contados desde el día siguiente al de la notificación de la resolución desestimatoria, si fuera expreso. Si no lo fuera, el plazo será de SEIS MESES contados a partir del dia siguiente a aquel en que, el referido recurso de reposición se entenderá desestimado de forma presunta.

                        No obstante, podrá utilizar cualquier otro recurso, si lo cree conveniente.

Lo que tengo el honor de comunicar para su conocimiento y a los efectos oportunos. Marratxí, 30 de mayo de 2013. Formas de pago: ver hoja adjunta. Forma de pago de la sanción:  PAGO: El importe de la sanción impuesta en la resolución adjunta tendrá que hacerse efectiva, en el plazo de treinta días, contados a partir del siguiente al de la notificación de esta resolución, informándole que, transcurrido el citado plazo sin realizar el abono de la sanción, se hará efectiva por la vía de apremio conforme se establece en el artículo 36 de la Ley Autonómica 10/90, de 23 de octubre de Disciplina Urbanística. El recargo de apremio es del 20% del importe de la deuda.

El pago de la multa se podrá hacer efectivo en cualquiera de estas entidades:       

  • Banc de Crèdit Balear.- Cta. Cte. 0024-6847-66-0660000173
  • Caixa de Pensions.- Cta. Cte. 2100-2097-72-0200002157, oficina Sa Cabaneta.
  • Sa Nostra.- Cta. Cte. 2051-0080-10-1008925547.
  • Banca March.- Cta. Cte. 0061-0151-90-0000780113”

Marratxí, 5 de julio de 2013

El Alcalde,

Firmado: Tomeu Oliver Palou