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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Núm. 15020
Anuncio de notificación de la resolución del Vicepresidente y Consejero de Presidencia de revocación parcial de la subvención concedida a la entidad Asociación de Argelinos Inmigrantes en las Islas Balears (exp. núm. 1967/M31/2011)

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y teniendo en cuenta que se ha intentado en dos ocasiones la notificación sin que se haya podido efectuar, se notifica a la entidad Asociación de Argelinos Inmigrantes en las Islas Baleares, con CIF G57050452, que el día 16 de julio de 2013 el Vicepresidente y Consejero de Presidencia dictó una resolución  de revocación parcial de la subvención concedida en fecha 30 de mayo de 2011 a la entidad Asociación de Argelinos Inmigrantes en las Islas Balears, para llevar a cabo la ejecución del proyecto denominado “Gastos de funcionamiento y alquiler del local”, en los términos siguientes:

1.- Revocar parcialmente 661,72 € de la subvención concedida en fecha 30 de mayo de 2011 a la entidad Asociación de Argelinos Inmigrantes en las Islas Balears, con CIF G57050452, para llevar a cabo la ejecución del proyecto denominado  “Gastos de funcionamiento y alquiler del local”, por justificación insuficiente.

2.- Notificar esta Resolución a la persona interesada, de conformidad con lo que disponen los artículos 58 i 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de les administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. 

Interposición de recursos

Contra esta Resolución, que agota la vía administrativa, se puede interponer recurso potestativo de reposición ante el Vicepresidente y Consejero de Presidencia en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, y el artículo 57 de la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares.

También se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala Contenciosa del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares en el plazo de dos meses desde el día siguiente al de la notificación de esta resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa. 

 

Palma, a 30 de julio de 2013

 

La Directora General de Cooperación e Inmigración

Antònia M. Estarellas Torrens