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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

CONSEJERÍA DE HACIENDA Y PRESUPUESTOS

Núm. 15016
Resolución del Consejero de Hacienda y Presupuestos y anuncio de la Resolución, por la que se autoriza la alienación, en tercera convocatoria, en subasta pública de dos bienes inmuebles que no se consideran necesarios para la prestación de un servicio público de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. (Exp DGTPFP/SP 250/2012)

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Texto

Antecedentes 

1. Los bienes inmuebles que se relacionan en la parte resolutiva, han salido a subasta pública, en segunda convocatoria en virtud de la Resolución del Consejero de Hacienda y Presupuestos de fecha 17 de Junio de 2013, y del anuncio de la  misma fecha (BOIB 91, de 29 de Junio de 2013).

2. La subasta de los citados bienes, ha quedado desierta en el segundo llamamiento, según Acta de la Mesa de la subasta de 23 de Julio de 2013.

3. Los inmuebles han sido tasados para la alienación en pública subasta por la Dirección General de Arquitectura y Vivienda.

4. La convocatoria de subasta pública de los bienes inmuebles relacionados, se regirá por la Ley 6/2001, de 11 de  Abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, el Decreto 127/2005, de 16 de Diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de despliegue de la Ley 6/2001, de 11 de Abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, y el Pliego de Condiciones que se somete a la aprobación del Consejero de Hacienda y Presupuestos. 

Fundamentos  de derecho 

1. Los artículos 53.1 a 55 y 87 d de la Ley 6/2001, de 11 de Abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (Butlletí Oficial de les Illes Balears núm. 49, de 24 de Abril de 2001), y el resto de disposiciones aplicables concordantes. 

2. Los artículos 97.2 a 101, 107, 110 y concordantes del Decreto 127/2005, de 16 de Diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de despliegue de la Ley 6/2001, de 11 de Abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. (BOIB núm. 192, de 24 de Diciembre de 2005).

3. Ley 3/2003, de 26 de Marzo, de Régimen Jurídico de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 44, de 03-04-2003).

4. Decreto 5/2013, de 2 de Mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se determina la composición del Gobierno y se establece la estructura de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60 ext., de 02-05-2013).

5. Decreto 6/2013, de 2 de Mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 60 ext., de 2-05-2013).

6. Decreto 7/2013, de 2 de Mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el cual se dispone el nombramiento de los miembros del Gobierno de las Illes Balears (BOIB núm. 60 ext., de 2-05-2013).

7. Decreto 15/2013, de 7 de Junio, del Presidente de las Illes Balears, por el que se   modifica el Decreto 6/2013, de 2 de Mayo, del Presidente de las Illes Balears, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica básica de las Consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 82, de 08-06-2013).

8. Decreto 35/2013, de 21 de Junio, por el que se nombra Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (BOIB núm. 88, de 22-06-2013).

9. Resolución del consejero de Hacienda y Presupuestos, de 24 de Mayo de 2013, de delegación de competencias y de delegación de firma de determinados órganos de la Consejería de Hacienda y Presupuestos, de otras consejerías de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, de la Agencia Tributaria de las Illes Balears y del Servicio de Salud de las Illes Balears, y de suplencia de los órganos directivos de la Consejería de Hacienda y Presupuestos (BOIB núm. 76, de 30-05-2013). 

Propuesta de resolución 

Propongo al Consejero de Hacienda y Presupuestos que dicte una resolución en los siguientes términos: 

1. Declarar desierta la segunda convocatoria convocada por Resolución del Consejero de Hacienda y Presupuesto, de fecha 17 de Junio de 2013, y del anuncio de la  misma fecha (BOIB 91, de 29 de Junio de 2013).

2. Autorizar la alienación en tercera convocatoria, en subasta pública, de los  inmuebles que se relacionan a continuación,  en la cuantía resultante de reducir el 15% sobre el valor/tipo de la segunda convocatoria, con las descripciones  que se indican en los recuadros siguientes: 

 

Inmueble

Local en Inca

Activo Fijo

100000001437-0

Domicilio

C/ Comerç, 9 - Es.1, pl.1, pt.1 entresuelo 8A

Población

Inca

Urbana/Rústica

Urbana

Referencia catastral

2369401DD9926N0014JY

Tomo

2675

Libro

309

Folio

80

Inscripción

IDUFIR

07011000344851

Finca registral

12423

Registro núm.

1  de Inca

Valoración / Tipo mínimo

107.607,76 €

Cargas

Propias de esta finca

Consejería de Procedencia

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio

Superficie Construida

129 m2

Cuota de participación

4%

 

Inmueble

Local en Manacor

Activo Fijo

100000001438-0

Domicilio

C/ Amargura, 14 Pl.3 Pt.6

Población

Manacor

Urbana/Rústica

Urbana

Referencia catastral

8302633ED1880S0019QF

Tomo

3879

Libro

767

Folio

56

Inscripción

IDUFIR

7023000571403

Finca registral

49332

Registro núm.

1 de Manacor

Valoración / Tipo mínimo

54.918,67 €

Cargas

Carga de procedencia por división horizontal

Consejería de Procedencia

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio

Superficie Construida

68 m2

 

3. Aprobar el Pliego de condiciones que se incluye en el anexo de esta Resolución, que ha de regir la licitación de la tercera convocatoria pública de la subasta de los bienes inmuebles reseñados. 

4. Publicar esta Resolución en el Butlletí Oficial de les Illes Balears 

Palma de Mallorca, 30 de Julio de 2013 

 

El Director General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio 

Miguel Miralles Sastre

Conforme con la propuesta. Dicto Resolución

El Consejero de Hacienda y Presupuestos

José Vicente Marí Bosó

 

Anexo 

Pliego de condiciones de la subasta pública al alza, mediante el procedimiento de presentación de ofertas en un sobre cerrado, de dos inmuebles propiedad de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, en los términos municipales de Inca y Manacor.

 El Consejero de Administraciones Públicas, de la Comunidad Autónoma de las llles Balears, a propuesta de la Directora General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas, acordó la iniciación del procedimiento, mediante una resolución de fecha 27 de Septiembre de 2012, de alienación por subasta del inmueble que se describe más adelante, propiedad de la Administración de la Comunidad Autónoma, dado que no era necesario para el uso general ni para el servicio público a que estaba destinado, ni era conveniente su explotación. 

Para cumplir este Acuerdo, según lo que prevé la Ley 6/2001, de 11 de Abril, del Patrimonio de la CAIB, el Decreto 127/2005 de 16 de Diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento de despliegue de esta Ley, y, subsidiariamente, la Ley 33/2003, de 3 de Noviembre, del Patrimonio de las Administraciones Públicas (LPAP), y su Reglamento general, aprobado por el Real decreto 1373/2009, de 28 de Agosto (RLPAP), se ha dispuesto la realización de la subasta por medio del procedimiento de presentación de ofertas en un sobre cerrado, con sujeción a las siguientes

 

 CLÁUSULAS 

Primera. Descripción de los bienes inmuebles objeto de subasta 

La valoración y el tipo de licitación en la tercera convocatoria, el tipo mínimo al alza son los que figuran en el apartado segundo de la Resolución precedente. 

La fianza es del 20%, del tipo mínimo del valor al alza. 

Segunda. Publicidad 

La presente venta se anunciará en el Boletín Oficial de las Illes Balears, en el tablón de anuncios de las consejerías y en la sede electrónica de la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (http://www.caib.es/). 

Tercera. Requisitos para participar en la subasta 

Pueden participar en la subasta todas las personas que tengan capacidad para contratar, de acuerdo con las normas contenidas en el Código Civil. 

No pueden participar en la subasta, las personas incursas en procedimientos de apremio administrativo, las que hayan solicitado o hayan sido declaradas en concurso, las declaradas insolventes en cualquier procedimiento, las que estén sujetas a intervención judicial o hayan sido inhabilitadas de acuerdo con la Ley 22/2003, de 9 de Julio, concursal, y, en general, las que se encuentren en cualquier causa de incapacidad o de prohibición para contratar, prevista en la legislación administrativa de contratos. 

De conformidad con lo que dispone el artículo 104 del Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de Abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, los participantes tienen que constituir un depósito por un importe del 20% del tipo de licitación, en concepto de fianza, por cada lote al que opten.

La presentación de una oferta implica la aceptación del presente pliego de condiciones. 

Cuarta. Presentación de ofertas 

1. Forma

  1. Las ofertas para la subasta se presentaran en dos sobres cerrados, firmados por el licitador, y se presentaran en el lugar indicado en el anuncio de licitación, dentro del plazo fijado al efecto. El sobre con el título "Oferta económica", debe contener la oferta económica que hace el licitador. El sobre con el título "Documentación general”, debe contener los siguientes documentos: 

a) Los que acrediten la personalidad del licitador y, si corresponde, del representante.

b) El resguardo del depósito previo del 20% del tipo de subasta, en concepto de fianza provisional, de conformidad con la normativa específica aplicable.

c) Los que acrediten la situación de no incurrir en ninguna prohibición o incompatibilidad para contratar, de acuerdo con lo que dispone el artículo 103 del Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de Abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.

d) Los que certifiquen que se está al corriente del cumplimiento de las obligaciones tributarias y las de la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes. 

B.  Las ofertas se ajustarán  al modelo establecido en este Pliego de Condiciones. 

C.   No se admitirán ofertas en calidad de ceder el remate a un tercero. 

2. Lugar 

La documentación se presentará en el Servicio de Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, Plaça de la Drassana, núm. 4, 07012 de Palma de Mallorca. 

Igualmente se puede presentar en la forma prevista en la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, a la vez que se remite, en la misma fecha, la hoja en que conste el sello del registro ante el cual se ha presentado la documentación, por fax al número 971 17 60 90, dirigido al Servicio de Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, la hoja en que conste el sello del registro ante el cual se ha presentado la documentación. 

3. Plazo 

El plazo de presentación de ofertas es de 20 días naturales, a contar desde el día siguiente a la publicación en el Boletín Oficial de las Illes Balears del anuncio de realización de la subasta. Una vez finalizado este plazo, el Registro tiene que expedir un certificado con la relación de las proposiciones recibidas, o, si procede, de la ausencia de licitadores, que deberá ser remitido al Secretario de la Mesa de la subasta. 

4. Admisión de ofertas 

Cada interesado puede presentar una única oferta, que no puede ser mejorada, salvo lo que prevé la cláusula sexta. 

No se admitirán las ofertas presentadas en calidad de cesión a terceros, que no cumplan los requisitos señalados en esta cláusula o que no se ajusten a los modelos descritos en los anexos que acompañan este pliego de condiciones. 

Quinta. Constitución de la Mesa 

La Mesa está constituida al amparo de la primera convocatoria de subasta pública, expediente 250/2012. 

El día hábil siguiente al de la conclusión del plazo de admisión de ofertas, se reunirá la Mesa que tiene que autorizar la subasta, la cual está integrada por las siguientes personas:

  • Como Presidente, la persona titular de la Dirección General del Tesoro, Política Financiera y Patrimonio.
  • Un vocal representante designado por la Intervención General de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  • Un vocal representante designado por la Dirección de la Abogacía de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears.
  • Un representante de la Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Territorio.
  • Un representante del Servicio de Patrimonio, de la Dirección General de Patrimonio, Contratos y Obras Públicas, que tiene que actuar como Secretario con voz y voto. 

Sexta. Examen de la documentación

Una vez reunida la Mesa, examinará y calificará la documentación general mencionada en el artículo 105 del Reglamento. Si la Mesa observa defectos en la documentación presentada, puede conceder, si lo considera oportuno, un plazo no superior a cinco días, para rectificar errores. 

La Mesa no puede admitir en la subasta a los licitadores que no hayan presentado la documentación requerida o que no la hayan corregido, de acuerdo con lo que dispone el apartado anterior. 

La no admisión en la subasta se notificará a las personas interesadas en el acto público de la subasta previsto en el artículo 108 del Reglamento, si están presentes, o, una vez concluida, para que en el plazo de cinco días naturales formulen en la Mesa las alegaciones oportunas, para que las considere en la Resolución que ponga fin al procedimiento, y para impugnar la exclusión en el recurso administrativo que, si procede, se interponga en contra. 

Séptima.  Apertura de ofertas 

Una vez acabada la fase de calificación de documentos, la Presidenta declarará abierta la subasta en acto público y el Secretario leerá el anuncio publicado en el Boletín Oficial de las Illes Balears y la relación de licitadores que hayan presentado posturas. A continuación, se expondrá el resultado de la calificación previa de documentos y de los licitadores admitidos y excluidos de la subasta,  finalmente se abrirá el sobre que contenga la proposición económica, a la vista de la cual la Mesa declarará mejor postor al licitador que haya formulado la propuesta más alta. 

En el supuesto de que se produzca un empate entre los mejores postores, se abrirá en el mismo acto, si los licitadores están presentes, una licitación y se adjudicará provisionalmente la subasta al licitador que haya hecho la proposición económica más alta. En caso de que los licitadores empatados no estén, se resolverá el empate por sorteo. 

Del resultado de la subasta, se extenderá el acta correspondiente, en la cual se incluirá sucintamente, pero fielmente, toda la actuación, que firmaran todos los componentes de la Mesa y el mejor postor. 

Octava. Devolución de la garantía

Inmediatamente después de acabada la subasta, el Secretario de la Mesa ordenará la devolución de las garantías constituidas en concepto de fianza a los que no resulten primeros mejores postores o adjudicatarios provisionales. 

Se puede acordar la retención de la garantía del segundo mejor postor para cubrir el supuesto de que el primer mejor postor o adjudicatario provisional renuncie o no cumpla sus obligaciones. 

Novena. Aprobación de la subasta 

La aprobación de la subasta corresponde al Consejero de Hacienda y Presupuestos, el cual dictará la Resolución correspondiente, a propuesta de la Mesa, y la adjudicará definitivamente o la declarará desierta. 

Décima. Notificación de la adjudicación

La adjudicación definitiva de la subasta se notificará al adjudicatario para que en un plazo de quince días efectúe el pago del precio total de la alienación, incluidos, si hace falta, los tributos repercutibles, y también los gastos de los anuncios de la subasta. Asimismo, se le tiene que advertir que si no lo hace, pierde el derecho y el depósito previo, sin perjuicio de la recuperación de las posibles pérdidas que la inefectividad de la adjudicación produzca a la Administración de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 

En ambos casos, se puede proceder a la adjudicación a la segunda oferta más ventajosa o bien a la declaración motivada de la subasta como desierta.

De conformidad con lo que prevé el artículo 113.3 de la LPAP, las alienaciones de los bienes inmuebles o derechos sobre éstos se formalizaran en una escritura pública/certificación administrativa. El adjudicatario, una vez otorgada la escritura pública/certificación administrativa, deberá inscribirla en el Registro de la Propiedad y cambiar la titularidad en el Catastro. 

En esta escritura/certificación se puede hacer constar, si procede que el inmueble se enajena como cuerpo cierto y en las condiciones que se consignan, que se darán por conocidas y aceptadas por el adquirente. 

Undécima. Consulta del expediente 

Los interesados pueden solicitar información de los bienes objeto de la subasta en el Servicio de Patrimonio de la Consejería de Hacienda y Presupuestos de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears (Plaça de la Drassana, 4, 07012 Palma, Teléfono 971 17 64 86,  Fax 971 17 60 90). 

Duodécima. Gastos de inserción BOIB 

Serán por cuenta y cargo del adjudicatario los gastos de inserción del anuncio en el Boletín Oficial de las Illes Balears. 

Anuncio mediante el cual se da publicidad a la tercera convocatoria de la subasta pública de los dos  bienes inmuebles propiedad de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears. 

De conformidad con el artículo 102 del Reglamento de desarrollo de la Ley 6/2001, de 11 de Abril, del Patrimonio de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, aprobado por Decreto 127/2005, de 16 de Diciembre, se da publicidad a la convocatoria de la subasta de dos bienes inmuebles propiedad de la Comunidad Autónoma de las Illes Balears, que mediante la Resolución precedente del Consejero de Hacienda y Presupuestos, de 30 de Julio de 2013, sirviendo la publicación de la Resolución y su anexo como anuncio de la misma, evitando así inútiles reiteraciones. 

 

Palma de Mallorca, 30 de Julio de 2013 

 

El Consejero de Hacienda y Presupuestos 

José Vicente Marí Bosó