Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
CONSEJO INSULAR DE FORMENTERA
Núm. 14890
Anuncio de la concesión de subvenciones dirigidas a casas regionales, asociaciones de imigrantes y otras entidades sin ánimo de lucro, para el año 2013, en la Isla de Formentera
La Comisión de Gobierno del Consejo Insular de Formentera, en sesión que tuvo lugar el pasado 12 de julio de 2013, adoptó el acuerdo que transcribo literalmente a continuación:
Primero.- Conceder las subvenciones dirigidas a casas regionales, asociaciones de inmigrantes y otras asociaciones sin ánimo de lucro en la isla de Formentera, para el año 2013. (BOIB núm. 66, de 09-04-2013), en base al informe propuesta de la comisión evaluadora sobre la concesión de subvenciones dirigidas a casas regionales, asociaciones de inmigrantes y otras asociaciones sin ánimo de lucro en la isla de Formentera, para el año 2013, de fecha 27 de junio de 2013, que asciende a un total de 6.520,00€ (seis mil quinientos euros), de conformidad con aquello que establece el capítulo II de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones y de acuerdo con los principios de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo común, de acuerdo con la relación siguiente:
Entidad |
Descripción proyecto |
Puntos |
Coste total |
Cuantía solicitada |
Cuantía Otorgada |
% subvencionado |
ACAF |
Verbena de abril y Romería |
22 |
12.071,00 € |
4.000,00 € |
3.260,00 € |
81,00% |
Casa Extremeña de Ibiza y Formentera |
Celebración del día de la Patrona de Extremadura. Misa cantada, excursión, comida popular, folklore, concurso de migas y taller de tallador de pernil. |
22 |
5.950,00 € |
4.000,00 € |
3.260,00 € |
81,00% |
Segundo. – Aprobar el gasto con cargo a la partida 2013/1/231/480.00/01 del año 2013 del Consejo Insular de Formentera.
Tercero. – Notificar el presente acuerdo a las partes interesadas i hacerlo público en el tablón de anuncios de este Consejo Insular y en el BOIB.
Este acto pone fin a la vía administrativa, contra el cual se puede interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes delante de la misma Comisión, o directamente recurso contencioso administrativo delante del Juzgado Contencioso Administrativo Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente en que tuvo lugar la presente notificación, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 116 i 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común en relación con el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa.
No se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.
Se podrá interponer cualquier otro recurso que consideréis oportuno.
Cuya cosa se hace pública para que tengáis conocimiento y a los efectos oportunos
Formentera, 26 de julio de 2013.
El Presidente del Consejo Insular de Formentera,
Jaume Ferrer Ribas.