Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE VALLDEMOSSA
Núm. 14763
Elevación automàtica de aprobación de la ordenanza reguladora del precio público del servicio de comedor de la gente mayor (2013).
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Acordado por este Ayuntamiento en Pleno, en sesión ordinaria celebrada el 6 de mayo de 2013, se aprueba la ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO DEL SERVICIO DE COMEDOR SOCIAL PARA LA GENTE MAYOR (2013). Y realizada la legal exposición al público sin haber presentado durante el tiempo de exposición ninguna reclamación, sugerencias, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 17-3 del Real Decreto 2/2004 de 5 de marzo del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se considera definitivamente aprobado, transcribiendo a continuación el texto completo de la ordenanza.
Contra el presente acuerdo definitivo de aprobación de la referida ordenanza fiscal, los interesados podrán interponer recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación del presente acuerdo en el B.O.I.B.
TEXTO DE LA ORDENANZA
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO DEL SERVICIO DE COMEDOR DE LA GENTE MAYOR (2013)
Artículo 1. Fundamiento y naturaleza
Conforme con lo previsto en el art. 127 en relación al art. 41), ambos del RDL 2/2004, de 5 de marzo por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, este Ayuntamiento establece los precios públicos del servicio de comedor de la gente mayor. Estos precios se encuentran especificados en las tarifas contenidas en el artículo 3 que se regirá la presente ordenanza.
Artículo 2.- Obligados al pago
Están obligados al pago del precio público regulado en esta ordenanza las personas que se beneficien de los servicios a los que hace referencia el artículo anterior.
Artículo 3. Precios de la prestación del servicio. (subida de precios por IPC)
Respecto del coste del servicio de comedor, actualizado, es de 7,14 € (6,29 x 3,1% IPC = 6,49 + IVA 10% = 7,14 €), está desglosado en los siguientes conceptos:
Las personas cuidadores de la gente mayor, podrán disfrutar de este servicio, pagarán el precio base del menú sin subvención, con un coste total de 4’72 €/menú (4,51 € precio base actualizado + 0,21 € subvención actualizada).
Disposición final
Esta ordenanza entrará en vigor y empezará a aplicarse el dia de su publicación en el BOIB, quedando en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
El Alcalde
Nadal Torres Bujosa