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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

Núm. 14711
Corrección de una errata de ubicación del edicto nº 14234 (BOIB 103 de fecha 25 de Julio de 2013), referido a “Cumplimiento de las sentencias recaidas en los P.O. 114/2010 i 123/2010’

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Texto

En la publicación del edicto nº 14234, (BOIB 103 de fecha 25 de Julio de 2013), referido a “Cumplimiento de las sentencias recaidas en los P.O. 114/2010 i 123/2010’, se ha detectado una errata ´consistente en una errónea ubicación de su epígrafe.

Por ello, de conformidad con el artículo 105.2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del Régimen Jurídico de las Administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, modificada por la ‘Ley 4/1999, de 13 de enero, debe enmendarse el error, por tanto vuelve a publicarse integramente::

Donde dice:

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AJUNTAMENTO DE ANDRATX

Debe decir:

Sección III. Otras disposiciones

AYUNTAMIENTO DE ANDRATX

“En cumplimento de los dispuesto en el artículo 72.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa y de los artículos 111.1 y 108.1 del Real decreto 3288/1978, de 25 de agosto, por el cual se aprueba el Reglamento de gestión urbanística, se hace público que la Junta de Gobierno Local reunida en sesión ordinaria día 19 de julio de 2013, en otros, ha adoptado el siguiente acuerdo:

“...//...

1) Ejecutar, en sus estrictos términos, las sentencias firmes núm. 903/2012 del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares (recaídas en el Procedimiento Ordinario 114/2010) y núm. 228/2012 del Juzgado Contencioso Administrativo núm. 1 de Palma (recaída en el Procedimiento Ordinario 123/2010), que en sus veredictos declaran la nulidad del punto tercero del Acuerdo de Pleno de 25 de marzo de 2010 de aprobación definitiva del Proyecto de Reparcelación Económica del Polígono P/1PA La Mola y, en consecuencia, tener por declarada la mencionada nulidad.

2) Aprobar definitivamente el Proyecto de Reparcelación Económica del Polígono P/1PA La Mola, en los mismos términos en que fue aprobado en el punto tercero del Acuerdo de Pleno de 25 de marzo de 2010 mencionado en el punto anterior.

3) Declarar la conservación del resto de acuerdos, resoluciones, actos y trámites administrativos que formen parte de los expedientes del Proyecto de Reparcelación Económica del Polígono P/1PA La Mola y de los expedientes de las cuotas urbanísticas a ellos vinculadas, tanto si se han producido antes como después del acto que fue declarado nulo, mencionado en el punto primero de este acuerdo.

...//...”

Andratx 22 de julio de 2013

El Regidor Delegado del Área de Urbanismo
José Antonio Olivares Salvà.”

 

Palma, 25 de julio de 2013-07-25

 

La secretaria general

Catalina Ferrer Bover