Sección V. Anuncios
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ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO
AUTORIDAD PORTUARIA DE BALEARES
Núm. 14636
Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se aprueba la modificación de la tarifa T-9.1.8.2 (aprobada por el Consejo de Administración de la APB de 26 de enero de 1999), de “Aparcamiento”, en lo que se refiere al Puerto de Eivissa, en los términos (reglas particulares y cuantías) que figuran en el anexo.
El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión celebrada en fecha 27 de junio de 2013, adoptó, entre otros, el acuerdo de aprobar la modificación de la tarifa T-9.1.8.2 (aprobada por el Consejo de Administración de la APB de 26 de enero de 1999), de “Aparcamiento”, en lo que se refiere al puerto de Eivissa, en los términos (reglas particulares y cuantías) que figuran en el anexo que se adjunta, en el ejercicio de las funciones que le asigna el artículo 30.5 m) del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
Anexo
TARIFA T-9.1.8.2.
A.- REGLAS PARTICULARES.-
Zonas del Puerto de Eivissa sujetas a tarifa.
Las que así establezca, debidamente señalizadas, la Dirección de la Autoridad Portuaria de Baleares.
Condiciones de aplicación de esta tarifa en el Puerto de Eivissa:
1ª.- La tarifa se refiere a aparcamientos señalizados y controlados por medio de tarjeta, tiquet, credencial, pegatina o elementos similares.
2ª - Los minutos a que se refiere la tarifa corresponden a los que vengan señalados en virtud de la impresión que se produzca en el tiquet.
En zonas sin acceso controlado por barrera es imprescindible que el tiquet o elemento equivalente esté bien visible tras el parabrisas, dado que, en caso contrario, podrá presumirse un estacionamiento indebido por impago de la tarifa.
3ª.- Se entenderá por residente toda aquella persona que tenga su vivienda en un inmueble colindante con la zona tarifada de servicio del puerto y sin acceso rodado del mismo fuera de dicha zona, y que sea acreditado como tal ante la Autoridad Portuaria mediante documento validado por el Ayuntamiento. Las condiciones de obtención de la tarjeta de aparcamiento de residente, su uso, así como la cuantía de la tarifa serán las mismas que las establecidas por el Ayuntamiento de Eivissa en la zona municipal. El número máximo de tarjetas por vivienda será el que establece la ordenanza municipal, pudiendo limitarse a un número inferior por la Dirección de la APB, por razones de adecuación a la demanda.
La concesión de una tarjeta, credencial o pegatina para este tipo de usuarios no supone una reserva de plaza ni compromiso alguno por parte de la Autoridad Portuaria de proporcionar el servicio en un punto o momento determinado. En todo caso no se otorgará credencial a quien tenga deudas con la Autoridad Portuaria.
El periodo máximo de estacionamiento de forma continuada para residentes estará limitado a 24 horas, salvo autorización expresa del Director de la APB (por causas excepcionales debidamente justificadas).
La Autoridad Portuaria no es responsable de los daños que puedan producirse en el vehículo que tenga que ser desplazado por aparcamiento indebido así como de aquellos daños que pudieran ser causados en la realización normal de dicha operación.
4ª.- Los vehículos de carga y descarga, de empresas que se encuentren de alta en el censo de actividades del puerto de Eivissa, podrán obtener una tarjeta de acceso que les permitirá el estacionamiento hasta un máximo de 60 minutos en el horario de carga y descarga y de hasta 15 minutos fuera de dicho horario.
B.- CUANTÍAS.-
Puerto de Eivissa.
1.- Para residente (tal y como se ha definido en las condiciones de aplicación) en la zona señalizada a tal efecto, por vehículo y año o fracción: Las mismas que las establecidas o que pueda establecer el Ayuntamiento. Actualmente es de 90,15 € anuales, que se revisará de acuerdo con la ordenanza municipal del Ayuntamiento de Eivissa.
2.- Para no residentes.
-Tarifa aparcamiento temporada alta: 01/06 al 30/09 : 0,04 €/minuto (2,40 €/hora)
-Tarifa aparcamiento temporada baja: 01/10 al 31/05 : 0,02 €/minuto (1,20 €/hora)
3.-Tarifa de emisión de tarjeta de acceso para residentes y vehículos de carga y descarga: 5 €/tarjeta.
Palma de Mallorca, a 19 de julio de 2013.
El Director,
Jorge Nasarre López.