Sección IV. Procedimientos judiciales
JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA
JUZGADO DE 1A. INSTANCIA NÚM. 8 DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 7137
Procedimiento Ordinario 0000423/2012-S Sobre Otras Materias
En el procedimiento de referencia se ha dictado la resolución del tenor literal siguiente:
SENTENCIA
En Palma de Mallorca , a veinte de Febrero del año dos mil trece .
Vistos por Dª. Clara Besa Recasens, Magistrado-Juez del Juzgado de Primera Instancia num. Uno de esta Ciudad y su Partido Judicial, los autos seguidos en el Juicio Declarativo Ordinario num, 423/2012, promovidos por Dª. ZAIRA CANO PARRILLA, como parte actora, representados en Juicio por el Procurador de los Tribunales Dª. Juan Miguel Perelló Oliver, y asistido por la Letrada Dª. Belén Porcel Oliver , en ejercicio de una acción de reclamación de cantidad dirigida contra Dº. CHARIFF BENKIRAN declarado en situación de rebeldía procesal.
FALLO
ESTIMAR íntegramente la demanda presentada por el Procurador de los Tribunales Dº. Juan Miguel Perelló Oliver, en nombre y representación de Dª ZAIRA CANO PARRILLA, dirigida contra el demandado Dº. CHARIFF BENKIRAN, en situación de rebeldía procesal, condenando al demandado Dº. Chariff Benkiran a pagar a la actora DªZaira Cano Parrilla, el importe de ocho mil cuatrocientos setenta euros 8470€ , más los intereses legales desde la presentación de la demanda hasta la sentencia y con expresa imposición de la costas causadas.
Así, por esta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.
Magistrado-Juez
Modo de Impugnación: Notifíquese a las partes la presente resolución, informándolas que contra esta sentencia cabe recurso de apelación dentro de los veinte días siguientes a su notificación, que se interpondrá ante este órgano judicial.
Conforme a la D.A. Decimoquinta de la L.O.P.J., para la admisión del recurso se deberá acreditar haber constituido, en la cuenta de depósitos y consignaciones de este órgano, un depósito de 50 euros, salvo que el recurrente sea: beneficiario de justicia gratuita, el Ministerio Fiscal, el Estado, Comunidad Autónoma, entidad local u organismo autónomo dependiente.
El depósito deberá constituirlo ingresando la citada cantidad en el BANESTO, en la cuenta de este expediente , indicando en el campo ‘concepto’ la indicación ‘Recurso’ seguida del código ‘02 Civil-Apelación’.
Y como consecuencia del ignorado paradero de CHARIFF BENKIRAN, se extiende la presente para que sirva de cédula de notificación.
PALMA DE MALLORCA a once de abril de dos mil trece.
LA SECRETARIA JUDICIAL.