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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

CONSEJO INSULAR DE EIVISSA

Núm. 14562
Notificación de resolución de sanción y de cambio de secretaria de expediente por infracción administrativa en materia de sanidad vegetal núm 8/2012

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

 

Dado que se ha intentado por los medios establecidos la notificación personal de la resolución de expediente por infracción administrativa en materia de sanidad vegetal, Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal (BOE núm. 279, de 21 de noviembre de 2002) y dado que no hay constancia en el expediente de su recepción por la persona interesada, de acuerdo con lo que dispone el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, con este anuncio se pone en conocimiento de la persona interesada que se indica a continuación, que se ha dictado resolución de expediente sancionador por presunta infracción cometida en materia de sanidad vegetal, comunicándole que la resolución no pone fin a la vía administrativa y que contra la misma se podrá interponer recurso de alzada ante el presidente del Consell Insular d’Eivissa en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente de la publicación del presente anuncio.

 

Así mismo, se le comunica que la sanción impuesta se deberá hacer efectiva dentro del período voluntario establecido en el artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, en los siguientes plazos:

a) Las deudas notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 20 del mes siguiente o, si este no fuese hábil, hasta el inmediatamente hábil siguiente.

b) Las deudas notificadas entre los días 16 y último de cada mes, desde la fecha de recepción de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o, si éste no fuese hábil el inmediato siguiente.

 

El importe de la multa, se deberá pagar, todo indicando la siguiente referencia Expediente sancionador PESCA 32/2011-1603, en cualquiera de las oficinas bancarias del Banco Mare Nostrum núm. de cuenta 0487-2028-67-2000012208, o bien en la Tresoreria del Consell Insular d’Eivissa (av. d’Espanya, 49 d’Eivissa) mediante dinero de curso legal o cheque conformado no nominativo a favor del Consell Insular d’Eivissa.

 

El interesado tiene la posibilidad de pedir aplazamiento o fraccionamiento del pago, que tendrá que ajustarse a lo que prevén los artículos 44 y 54 del Reglamento General de Recaudación, aprobado por Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, así como las bases de ejecución del presupuesto del Consell Insular d’Eivissa para el presente ejercicio presupuestario.

 

Transcurridos los plazos mencionados sin haber hecho efectivo el importe de la sanción impuesta, se procederá a su exacción por la vía de constreñimiento sobre el patrimonio del obligado al pago.

 

Eivissa, 23 de julio de 2013

 

La Secretaria Técnica del Área de Presidencia

en substitución de la Secretaria Técnica del Área de Economia, Bienestar Social y Agricultura

Rebeca Miguel Climent

 

Anexo

 

Nº. de expediente: 8/2012-1640

Presunto responsable: (datos personales ocultos)

Fecha de la propuesta de resolución: 15 de mayo de 2013

Precepto infringido: Artículo 55m de la Ley 43/2002, de 20 de noviembre, de sanidad vegetal (BOE núm. 279 de 21 de noviembre de 2002) consistente en incumplir las medidas fitosanitarias establecidas para combatir una plaga y, concretamente, por no destruir las partes afectadas por el insecto picudo rojo (Rhynchophorus ferrugineus) respecto de la palmacea de su propiedad.

Calificación de la infracción: Grave

Sanción: 3.001€

Último domicilio: (datos personales ocultos)

Municipio: Santa Eulària des Riu