Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
CONSEJO INSULAR DE MENORCA
Núm. 14479
Consejo ejecutivo: convocatoria de bolsa extraordinaria de trabajo de arquitecto/a
Se hacen públicas las bases que seguidamente se transcriben, aprobadas por el Consejo Ejecutivo del Consell Insular de Menorca, en sesión ordinaria, de día 22 de Julio de 2013.
BASES ESPECÍFICAS DEL PROCEDIMIENTO DE SELECCIÓN DE PERSONAL FUNCIONARIO INTERINO Y PERSONAL LABORAL TEMPORAL DE ARQUITECTO/A DEL CONSELL INSULAR DE MENORCA
El objeto de estas bases es regular el proceso selectivo para formar parte de la bolsa extraordinaria de trabajo de ARQUITECTO/A para nombramientos de funcionarios interinos, plazas encuadradas en el subgrupo de clasificación profesional A1, escala de administración especial, subescala técnica, clase técnicos superiores, y para contrataciones laborales eventuales, equiparadas al mismo grupo de clasificación, escala, subescala y clase que las contrataciones laborales del Consell Insular de Menorca.
Este proceso selectivo se rige por las Bases generales que deben regir el procedimiento de selección del personal funcionario interino y del personal laboral temporal del Consell Insular de Menorca, así como por el documento anexo que contiene el baremo de méritos, aprobados por el Pleno del Consell Insular de Menorca en sesión ordinaria de día 17 de septiembre de 2012 y publicadas en el Boletín Oficial de las Illes Balears núm. 150 de 16 de octubre de 2012.
Los puestos de trabajo a los que podrán ser destinadas las personas aspirantes son todos los de los servicios del Consell Insular de Menorca para los que se requiera esta categoría laboral.
PRIMERA. Requisitos y condiciones específicas de los aspirantes y derechos de examen
Además de los requisitos y las condiciones generales expuestas en el punto quinto de las citadas bases generales, los aspirantes deben estar en posesión de la titulación de arquitecto/a.
Los derechos de examen para esta convocatoria se fijan en 18 €, que han de hacerse efectivos en la c/c 0487-2215-25-2000001170 del Consell Insular de Menorca del banco Mare Nostrum (BMN). Quedan exentas las personas que se encuentren en situación de desempleo.
SEGUNDA. Presentación de solicitudes
Las solicitudes para participar en los procedimientos selectivos se formularán en documento normalizado, al cual se adjuntará la siguiente documentación:
a) Acreditación de la nacionalidad: fotocopia del documento nacional de identidad de la persona solicitante o, si no tiene la nacionalidad española, del documento oficial acreditativo de la personalidad y que autorice a trabajar.
b) Original o fotocopia compulsada del título exigido para tomar parte en la convocatoria o resguardo de haber abonado los derechos para su expedición. Si la titulación figura en una lengua diferente a la catalana o la castellana (lenguas oficiales de las Illes Balears), será necesario aportar el título traducido por un intérprete jurado en alguna de estas dos lenguas.
c) Resguardo bancario de haber abonado los derechos de examen que se establecen en la base primera de estas bases o justificante de encontrarse en situación de desempleo.
d) Currículum vitae, con el siguiente contenido mínimo: datos personales, titulación exigida en la convocatoria y méritos que se aleguen. En el apartado de experiencia profesional hay que especificar el nombre de los centros de trabajo, las categorías profesionales ejercidas y el tiempo de prestación de servicios. En el apartado de formación hay que especificar el nombre del centro formativo y la duración o los créditos de cada acción formativa. (No hay que adjuntar ningún documento de los méritos que se aleguen, estos se solicitarán según lo establecido en la base cuarta, “Valoración de méritos”).
TERCERA. Plazo de presentación de solicitudes
El plazo de presentación de solicitudes para formar parte de esta bolsa de trabajo es de 15 días naturales contados a partir del siguiente a la fecha de publicación de la convocatoria en el BOIB, a efectos informativos también se publicará en el tablón de anuncios y página web del Consell Insular de Menorca (www.cime.es).
Las solicitudes se presentarán en el Registro General del Consell Insular de Menorca (oficinas de atención al ciudadano, situadas en la plaza de la Biosfera, 5, de Maó, y en la plaza de la Catedral, 5, de Ciutadella). También se podrá la documentación en la forma establecida en el artículo 38.4 de la LRJPAC, sin perjuicio de los otros medios previstos en la norma.
Se convocará a las personas aspirantes para llevar a cabo la prueba que se especifica en la base cuarta a lo largo de los treinta días siguientes a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
El proceso selectivo consistirá en la superación de una prueba y en la valoración de méritos.
Prueba: consistirá en responder por escrito una serie de preguntas relacionadas con el temario que consta en el anexo de estas bases, en el tiempo que determine el tribunal. Las preguntas podrán ser tanto de carácter teórico como práctico. Esta prueba se puntuará de 0 a 10 puntos y será necesario obtener un mínimo de 5 puntos para continuar el proceso selectivo.
Valoración de méritos: dentro de un plazo de 5 días hábiles contados desde el día siguiente de la fecha de publicación de la lista de personas que hayan superado la prueba específica, estas deben acreditar los méritos alegados en el currículum y que se indican en el anexo de las bases generales citadas en el encabezamiento de estas bases específicas, presentando los documentos originales o fotocopias compulsadas en el Registro General del Consell Insular de Menorca (oficinas de atención al ciudadano, situadas en la plaza de la Biosfera, 5 de Maó, y en la plaza de la Catedral 5 de Ciutadella).
La experiencia laboral siempre se acreditará con la aportación de la vida laboral acompañada de contratos laborales, certificados oficiales de empresa o de servicios prestados en la administración.
Las acreditaciones referidas a los servicios prestados en el Consell Insular de Menorca se efectuarán mediante documento expedido por el Servicio de Gestión de Personas y se aportarán de oficio al expediente, siempre, sin embargo, que previamente se hayan alegado en la solicitud.
De acuerdo con lo establecido en las bases generales citadas, los méritos y la prueba serán ponderados de la siguiente manera: 45% para los méritos y el 55% para la prueba específica.
QUINTA. Número mínimo de personas que forman la bolsa para convocar una nueva
En el caso que la lista de personas que forman esta bolsa sea inferior a 10 se podrá hacer una nueva convocatoria con estas mismas bases.
ANNEX I: TEMARIO ESPECÍFICO DE ARQUITECTO/A
1. Los consejos insulares en el Estatuto de autonomía de las Illes Balears: concepto, composición organización, competencias y régimen jurídico. La Ley 8/2000, de 27 de Octubre, de consejos insulares. El Reglamento orgánico del Consell Insular de Menorca.
2. El procedimiento administrativo: principios generales. Las fases del procedimiento administrativo. La revisión de los actos en vía administrativa. La responsabilidad de las Administraciones públicas y de las autoridades y personal a su servicio.
3. Real Decreto 1346/1976, de 9 de Abril, texto refundido de la ley de régimen del suelo y ordenación urbana (BOE núm. 144 y 145, 16 y 17.06.1976) vigente.
4. Real Decreto 2159/1978, de 23 de Junio, reglamento de planeamiento para el desarrollo y aplicación de la ley sobre régimen del suelo y ordenación urbana (BOE núm. 221 y 222, 15 y 16.09.1978) vigente.
5. Real Decreto 3288/1978, de 25 de Agosto, reglamento de gestión urbanística para el desarrollo y aplicación de la ley sobre régimen del suelo y ordenación urbana (BOE núm. 27 y 28, 31.01 y 1.02.1979) vigente.
6. Ley 8/1988, de 1 de Junio, de edificios e instalaciones fuera de ordenación (BOCAIB núm. 77, 28.06.1988) vigente.
7. Ley 22/1988, de 28 de Julio, de costas (BOE núm.181, 29.07.1988) vigente.
8. Real Decreto 1471/1989, de 1 de Diciembre, por el que se aprueba el reglamento general para el desarrollo y ejecución de la ley 22/1988, de 28 de Julio, de costas vigente (BOE núm. 297, 12.12.1988) vigente.
9. Ley 10/1990, de 23 de Octubre, de disciplina urbanística (BOCAIB núm. 141, 17.11.1990) vigente.
10. Ley 1/1991, de 30 de Enero, de espacios naturales y de régimen urbanístico de les áreas de especial protección de las Illes Balears (BOCAIB núm. 31, de 9.03.1991) vigente.
11. Ley 3/1993, de 4 de Mayo, para la mejora de la accesibilidad y de la supresión de barreras arquitectónicas (BOIB núm. 62, 20.05.2003) vigente.
12. Decreto 20/2003, de 28 de Febrero, reglamento de supresión de barreras arquitectónicas (BOIB núm. 36, 18.03.2003) ) vigente.
13. Decreto 2/1996, de 16 de Enero, sobre capacidades de población en instrumentos de planeamiento (BOIB núm. 14, 30.01.1996) vigente.
14. Ley 6/1997, de 8 de Julio, de Suelo Rústico de las Illes Balears (BOCAIB núm. 88, 15.07.1997) vigente.
15. Decreto 145/1997, de 21 de Noviembre, por el cual se regulan las condiciones de dimensionamiento, de higiene y de instalaciones para el diseño y habitabilidad de viviendas y la expedición de cédulas de habitabilidad (BOIB núm.151, 6.12.1997) vigente.
16. Ley 12/1998, de 21 de Diciembre, del patrimonio histórico de las Illes Balears (BOCAIB núm. 165, 29.12.1998) vigente.
17. Ley 6/1999, de 3 de Abril, de las directrices de ordenación territorial de las illes Balears y de medidas tributarias (BOIB núm. 48, de 17.04.1999) vigente.
18. Ley 14/2000, de 21 de Diciembre, de ordenación territorial (BOIB núm. 157 Ext., 27.12.2000) vigente.
19. Ley 5/2005, de 26 de Mayo, para la conservación de los espacios de relevancia ambiental (BOIB núm. 85, 4.06.2005) vigente.
20. Ley 11/2006, de 14 de Septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears (BOIB núm. 133, 21.09.2006) vigente.
21. Real Decreto 314/2006, de 17 de Marzo, por el cual se aprueba el Código Técnico de Edificación (BOE núm.74, 28.03.06) vigente.
22. Ley 16/2006, de 17 de Octubre, de régimen jurídico de las licencias integradas de actividad de las Illes Balears (BOIB núm. 152, 28.10.2006) vigente.
23. Ley 4/2008, de 14 de Mayo, de medidas urgentes para un desarrollo territorial sostenible en las Illes Balears (BOIB 68, de 17.05.2008) vigente.
24. Ley 5/2008, de 14 de Mayo, de actuaciones urgentes destinadas a la obtención de suelo para viviendas de protección pública (BOIB 68, de 17/05/08) vigente.
25. Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de Junio, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley del suelo (BOE núm. 154, 26.06.2008) vigente.
26. Ley 4/2010, de 16 de Junio, de medidas urgentes para el impulso de la inversión en las Illes Balears (BOIB núm. 94, 22.06.2010) vigente.
27. Ley 10/2010, de 27 de Julio, de medidas urgentes relativas a determinadas infraestructuras y equipamientos de interés general en materia de ordenación territorial, urbanismos y de impulso a la inversión (BOIB núm. 115, 5.08.2010) vigente.
28. Real Decreto 1492/2011, de 24 de Octubre, por el cual se aprueba el reglamento de valoraciones de la ley del suelo (BOE núm. 270, 9.11.2011) vigente.
29. Ley 7/2012, de 13 de Junio, de medidas urgentes para la ordenación urbanística sostenible (BOIB núm. 91, 23.06.2012) vigente.
30. Ley 8/2012, de 19 de Julio, del turismo de las Illes Balears (BOIB núm.106, 21.07.2012) vigente.
31. Plan Territorial Insular de Menorca AD 25.04.2003 (BOIB núm. 69 Ext., 16.05.2003, corrección de errores BOIB núm. 158 Ext., 14.11.2003) vigente (incluida la modificación AD el 26.06.2006, BOIB núm. 105, 27.07.2006).
32. Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de Noviembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la Ley de contractos del sector público (BOE núm. 276, 16.11.2011) vigente.
33. Real Decreto 1098/2001, de 12 de Octubre, por el cual se aprueba el reglamento general de la ley de contractos de las administraciones públicas (BOE núm. 257, 26.10.2001) vigente.
Maó, 24 de Julio de 2013
LA SECRETARIA INTERINA,
Rosa Salord Olèo