Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA
Núm. 14292
Anuncio de notificación de la resolución del Vicepresidente y Consejero de Presidencia por la cual se ordena el inicio del expediente de revocación total de la subvención otorgada a la entidad DEME JEKULU mediante la Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración de 6 de junio de 2011 y de la Resolución del Vicepresidente y Consejero de Presidencia de adopción de medidas provisionales
De acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y teniendo en cuenta que no se ha podido notificar personalmente por los medios legalmente establecidos, dado que el servicio de Correos ha devuelto las notificaciones individuales, se notifica a la entidad DEME JEKULU, con CIF G57540221, que el día 10 de junio de 2013, el Vicepresidente y Consejero de Presidencia dictó una Resolución en relación al expediente 1729/M13/2011/CASPI/DGI/SUB/ESL por la cual se ordena el inicio del procedimiento de revocación de la subvención otorgada mediante la Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración de 6 de junio de 2011. En la citada Resolución, el Vicepresidente y Consejero de Presidencia resolvió lo siguiente:
Primero. Ordenar el inicio del procedimiento de revocación total de 1.360,00 € de la subvención otorgada a la entidad DEME JEJULU, con CIF G57540221, para financiar los gastos ordinarios de funcionamiento y alquiler de local.
Segundo. Otorgar a la entidad un plazo de quince días a contar a partir de la recepción de esta Resolución para que alegue o presente la documentación que considere oportuna.
Tercero. Informar a la persona interesada que el plazo máximo para notificar la resolución expresa es de 6 meses a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución de inicio y que la falta de notificación en este plazo da lugar a la caducidad del procedimiento.
Cuarto. Notificar esta Resolución a la entidad interesada, de conformidad con lo dispuesto por los artículos 58 y 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
A la vez, se notifica a la entidad DEME JEKULU, con CIF G57540221, que el día 10 de junio de 2013 el Vicepresidente y Consejero de Presidencia dictó una Resolución en relación al expediente 1729/M13/2011/CASPI/DGI/SUB/ESL por la cual se ordena, como medida cautelar, y tal y como recoge el artículo 44.5 del texto refundido de la Ley de Subvenciones, aprobada por Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, la retención de la cantidad pendiente de abonar a la entidad DEME JEKULU, en este caso la cantidad de 1.360,00 €, correspondientes al pago de la subvención otorgada mediante Resolución de la Consejera de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración de 6 de junio de 2011, como medida provisional mientras se tramita el expediente de revocación de la mencionada subvención.
Palma, 17 de julio de 2013
La directora general de Cooperación e Inmigración
Antònia Maria Estarellas Torrens