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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA

VICEPRESIDENCIA Y CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA

Núm. 14288
Notificación del requerimiento de la justificación de la subvención correspondiente al expediente 1700/A06/2011/CASPI/DGI/SUB/ESL

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

De acuerdo con el artículo 59.5 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, y teniendo en cuenta que no se ha podido notificar personalmente por los medios legalmente establecidos, dado que el servicio de Correos ha devuelto las notificaciones individuales, se notifica a la entidad ASOCIACIÓN DE POLACOS DE MALLORCA, con CIF G57079121, que el día 22 de mayo de 2013, la jefa del Servicio de Inmigración emitió un requerimiento cuyo contenido se reproduce a continuación:

Os comunico que, una vez revisada vuestra justificación de la subvención y de acuerdo con la Resolución de la consejera de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración de 22 de febrero de 2011 (BOIB núm. 29, de 26 de febrero de 2011), por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones en materia de inmigración dirigidas a entidades sin ánimo de lucro para el año 2011, se tienen que enmendar los aspectos siguientes:

  • La entidad presenta dos facturas de publicidad de la empresa Design Studio con fecha 27/09/2011 e importe 487,90 € y 499,80 €, respectivamente. En las dos facturas se tiene que desglosar la cuantía de cada uno de los elementos facturados, así como el precio unitario de los mismos. En todo caso, la entidad tiene que aportar un ejemplar de cada uno de los elementos publicitarios para adjuntar a la factura tal como se contempla en el apartado 19.2 b 2do de de la convocatoria de subvenciones: “Si corresponde, se tienen que adjuntar al informe los elementos publicitarios (carteles, folletos, etc) en que figuren la colaboración del Ministerio de Trabajo e Inmigración y de la Consejería de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración”.
  • Aportar original y copia de las páginas 2, 3 y 4 de la factura de Movistar .

De acuerdo con lo que dispone el apartado 19 de la Resolución de la consejera de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración de 22 de febrero de 2011 por la cual se aprueba la convocatoria de subvenciones en materia de inmigración dirigidas a entidades sin ánimo de lucro para el año 2011, en relación con los artículos 71 del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y 25 de la Orden de la consejera de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración de 18 de abril de 2008 por la cual se establecen las bases reguladoras de las subvenciones en materia de inmigración de la Consejería de Asuntos Sociales, Promoción e Inmigración, tenéis diez días hábiles para enmendar los defectos mencionados. Si no lo hacéis, transcurrido este plazo, se podrá revocar total o parcialmente la subvención concedida y, si procede, se iniciará el procedimiento de reintegro, de acuerdo con el que disponen los artículos 43 y 44 del Texto refundido de la Ley de subvenciones.

Así mismo, os ruego que en el momento de presentar la documentación requerida, consignéis el número de expediente.

 

Palma, 1 de julio de 2013

La directora general de Cooperación e Inmigración
Antònia Maria Estarellas Torrens