Sección I. Disposiciones generales
AYUNTAMIENTO DE SELVA
Núm. 14069
Aprobación definitiva Ordenanza Reguladora del precio público por la prestación de servicios de la escuela de verano
Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el Acuerdo plenario inicial aprobatorio de la Ordenanza Fiscal reguladora del precio público por la prestación de servicios de la escuela de verano, el texto íntegro se hace público, para su general conocimiento y en cumplimento de lo dispuesto en el artículo 70.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
ORDENANZA REGULADORA DEL PRECIO PÚBLICO POR LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE LA ESCUELA DE VERANO
Artículo 1º.
Fundamento
En uso de las facultades concedidas por los artículos 133.2 y 142 de la Constitución Española, y por el artículo 106 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases de Régimen Local, y de conformidad con lo dispuesto los artículos 15 al 19 del texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, este Ayuntamiento impone, en aplicación de lo establecido en el artículo 20.1. b de la última Ley citada, los precios públicos por prestación de servicios y para la realización de actividades de la escuela de verano comprendidas durante el mes de julio y agosto.
Artículo 2º.
Objeto
Constituye el objeto de esta ordenanza la prestación de servicios para asistencia de niños y niñas en la escuela de verano.
Artículo 3º.
Obligados al pago
Están obligadas al pago del precio público regulado en la presente Ordenanza las personas solicitantes de las prestaciones del servicio o, si no es así, los padres y tutores del niño beneficiario.
Artículo 4º.
Cuantía
1.- La tarifa de asistencia se fija en:
120 euros/mes, para los niños empadronados en Selva.
80 euros/quincena, para los niños empadronados en Selva.
195 euros/mes, para los niños no empadronados en Selva.
130 euros/ quincena para los niños no empadronados en Selva.
Esta tarifa comprenderá la franja horaria de 8.00h a 13.50h.
Servicio de comedor: 14.00h a 15.00h: 5 euros diario.
Servicio de tarde de 15.00h a 17.00h: 15 euros/quincena y 20 euros/mensual.
Los niños que se queden a comedor no tendrán que pagar el servicio de tarde.
Las inscripciones son por quincenas o por mes; tan sólo el comedor y el servicio de tarde se pueden hacer por días.
1 día de comedor: 5 euros.
1 dia de servicio de tarde: 3 euros.
2.- Para las familias que lleven dos hermanos, la inscripción del segundo tendrá un descuento de la tarifa de un 10% y las familias numerosas tendrán un descuento por hijo de un 25%.
3.- En situaciones de escasa capacidad económica o en situaciones excepcionales que valorará el área de Servicios Sociales del Ayuntamiento, se aplicará una reducción o bonificación a las cuotas en consonancia con la capacidad económica acreditada.
Artículo 5º.
Obligación al pago
1.- El pago se hará mediante liquidación con ingreso en la entidad bancaria que se indique por el ayuntamiento.
2.- En la solicitud de inscripción en la escuela de verano se deberá adjuntar el justificante del ingreso.
La inscripción de los niños se debe hacer mediante los impresos debidamente cumplimentados que serán facilitados por el ayuntamiento.
DISPOSICIÓN FINAL
La presente Ordenanza se aplicará a partir del día siguiente al de su publicación y estará en vigor hasta su modificación o derogación expresa.
Selva, a 9 de julio de 2013
El Alcalde
Joan Rotger Seguí.