Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
CONSEJO INSULAR DE MALLORCA
INSTITUTO MALLORQUÍN DE ASUNTOS SOCIALES
Núm. 13804
Premios Consell de Mallorca a la Solidaridad 2013
La presidenta del Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales, el 11 de julio de 2013, ha dictado el siguiente:
"Resolución de aprobación de la convocatoria de los Premios del Consejo de Mallorca a la Solidaridad para el año 2013.
(....)
Por todo ello,
Resuelvo
1. Aprobar el expediente de la convocatoria pública de los Premios del Consell de Mallorca a la Solidaridad para el año 2013, que dice así:
Convocatoria de los Premios del Consell de Mallorca a la Solidaridad para el año 2013
El Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el Texto refundido de la Ley de subvenciones (TRLS), configura la actividad subvencional como una de las formas más importantes de fomento que desarrollan las administraciones públicas.
La disposición adicional del TRLS establece que los consejos insulares tienen que adecuar la concesión de subvenciones a esta normativa cuando llevan a cabo la actividad subvencional en materias en las cuales la comunidad autónoma les ha atribuido competencias.
El Instituto Mallorquín de Asuntos Sociales (lMAS) es un organismo autónomo local creado y dependiente del Consell de Mallorca, y tiene como objeto fundamental, de acuerdo con los Estatutos, ejercer de forma directa y descentralizada las competencias atribuidas por cualquier título al Consell de Mallorca en materia de servicios sociales y deportes.
Entre estas competencias figuran las atribuidas por la Ley 12/1993, de 20 de diciembre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de servicios sociales y asistencia social; las atribuidas por la Ley 14/2001, de 23 de octubre, de atribución de competencias a los consejos insulares en materia de servicios sociales y seguridad social; y también el resto de competencias propias del Consell de Mallorca referidas en el área de servicios sociales.
El IMAS, a través del Área de Personas con Discapacidad, ejerce, pues, estas funciones.
El Pleno del Consell de Mallorca, en fecha de 5 de mayo de 2008, aprobó inicialmente las bases reguladoras de los Premios del Consell de Mallorca a la Solidaridad. Publicado el correspondiente anuncio en el BOIB nº. 66 de 15 de mayo de 2008, y transcurrido el plazo de información pública sin que se hayan presentado alegaciones, se entienden definitivamente aprobadas en los mismos términos en que se aprobaron inicialmente. El acuerdo de aprobación definitiva, con el texto íntegro de las bases, se publicó en el BOIB nº. 90, de día 28 de junio de 2008.
1. Objeto y finalidad de la convocatoria
El objeto de estos Premios es reconocer y destacar el esfuerzo del trabajo social y la solidaridad que personas y entidades, publicas o privadas, llevan a cabo en Mallorca -o desde Mallorca - con colectivos e instituciones de países en desarrollo. Los Premios a la Solidaridad se entregarán a las personas, empresas o entidades que hayan destacado durante el año natural previo, excepto por la modalidad de Trayectoria personal y/o profesional.
2. Modalidad de los premios.
Se establecen tres categorías de premios, dividida cada una de ellas en cuatro modalidades. El ganador de cada modalidad recibirá un diploma acreditativo de la concesión del premio y una cantidad económica cuya dotación se determina en la base 3 de esta convocatoria. Asimismo, el nombre de las entidades y personas premiadas aparecerá en una publicación digital hecha por el Consell de Mallorca que recogerá los trabajos premiados.
Las categorías son las siguientes:
A. Servicios o proyectos de ámbito municipal
B. Servicios o proyectos de ámbito insular
C. Servicios o proyectos de ámbito internacional
Dentro de cada una de las categorías, se premiará un servicio o proyecto de las modalidades siguientes, que se haya desarrollado dentro del ámbito territorial correspondiente:
2.1. Proyecto o servicio desarrollado por una administración pública.
Esta modalidad va dirigida a proyectos desarrollados en cada uno de los ámbitos territoriales descritos, para cualquier administración pública de la isla de Mallorca, con el alcance que de este concepto hace el artículo 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
2.2. Proyecto o servicio desarrollado por una entidad privada de carácter no lucrativo.
Esta modalidad va dirigida a proyectos desarrollados en cada uno de los ámbitos territoriales descritos, para cualquier entidad privada de carácter no lucrativo inscrita en el Registro correspondientes.
2.3. Trayectoria personal y/o profesional.
Esta modalidad va dirigida a reconocer la trayectoria personal o profesional de una persona física, en cada uno de los ámbitos territoriales descritos.
2.4. Proyecto o trabajo de difusión informativa o de sensibilización, en formato audiovisual, electrónico o impreso.
Esta modalidad va dirigida a premiar una publicación, un programa o producto informativo, o una página web que hayan conseguido transmitir a la sociedad una imagen positiva de los servicios sociales o del esfuerzo solidario del proyecto o servicio. En esta modalidad se premiará la persona propietaria del proyecto o trabajo o que sea titular de los derechos de autor.
3. Dotación de los Premios e importe máximo que se destina a los Premios y crédito presupuestario al cual se imputa.
Cada modalidad de cada categoría se premiará con la cantidad de TRES MIL EUROS (3.000,00 €).
Se destina a esta convocatoria la cantidad de treinta y seis mil EUROS (36.000 €), con cargo en la partida 40.23159.48101 del vigente presupuesto de gastos del IMAS.
4. Ganadores
De acuerdo con las categorías y las modalidades de premios que se establecen en el punto 2, pueden ser ganadoras de los Premios las entidades y/o personas que cumplan los requisitos siguiente:
En la modalidad correspondiente a Proyecto o servicio desarrollado por una administración pública, cualquier administración pública de la isla de Mallorca, con el alcance que de este concepto hace el artículo 2 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
En la modalidad correspondiente a proyecto o servicio desarrollado por una entidad privada de carácter no lucrativo, cualquier entidad privada de carácter no lucrativo inscrita en el Registro de entidades prestamistas de servicios sociales.
En la modalidad correspondiente a trayectoria personal y/o profesional, cualquier persona física.
En la modalidad correspondiente a proyecto o trabajo de difusión informativa o de sensibilización, en formato audiovisual, electrónico o impreso, cualquier publicación, programa o producto informativo, o página web que haya conseguido transmitir a la sociedad una imagen positiva de los servicios sociales o del esfuerzo solidario del proyecto o servicio. En esta modalidad se premiará la persona propietaria del proyecto o trabajo o que sea titular de los derechos de autor.
5. Procedimiento para la presentación de candidaturas.
Cualquier entidad, pública o privada, puede proponer un candidato para cada una de las modalidades, dentro de cada una de las categorías de los premios. Las entidades no se pueden proponer a sí misma.
Las propuestas se tienen que dirigir a la Presidencia del IMAS y se pueden presentar en el Registro General del IMAS en Palma y a sus delegaciones de Inca y de Manacor, o en cualquiera de los lugares que prevé el arte. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Si la propuesta se envía por correo, la documentación correspondiente se tiene que presentar en un sobre abierto a fin de que el ejemplar destinado al IMAS se feche y selle antes de que se certifique, de acuerdo con lo que dispone el artículo 31 del Real Decreto 1829/1999, de 3 de diciembre, por el cual se aprueba el Reglamento que regula la prestación de los servicios postales (BOE nº. 313, de 31 de diciembre). En caso que la oficina de correos correspondiente no feche y selle la solicitud, se entenderá como fecha válida de presentación la de entrada al registro del IMAS.
Si la propuesta se entrega en un lugar diferente del Registro General del IMAS en Palma (en sus delegaciones de Inca y de Manacor o a cualquiera de los lugares que prevé el arte. 38 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común) se tiene que enviar por fax la hoja con sello de entrada dentro del plazo a la Sección de Responsabilidad Social Corporativa del IMAS Fax: 971 498793, cuya Sección se responsabilizará de recibir los avisos que lleguen por fax durante las 24 horas siguientes al fin del plazo hábil. En los mismos términos, si se envía por correo certificado, se tiene que enviar por fax la hoja de la propuesta con el sello de correos en que conste el envío dentro de plazo.
El plazo para la presentación de las propuestas es de 20 días hábiles, contadores a partir del día siguiente en el de la publicación de esta convocatoria en el Boletín Oficial de las Islas Baleares. Si el último día fuera el sábado o inhábil, se entenderá prorrogado hasta el primer día hábil siguiente.
Si la propuesta no reúne los datos de identificación, tanto de la entidad proponiendo como de la entidad o persona propuesta, o algunos de los requisitos previstos en el artículo 70 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, se requerirá la entidad proponiendo de acuerdo con aquello que establece el artículo 71.1 de la mencionada Ley para que, en un plazo no superior a los diez días, enmiende la falta o acompañe los documentos preceptivos con indicación que, si así no lo hace, se tendrá para desistida su propuesta, previa resolución expresa.
6. Documentación que se tiene que presentar
6.1. El documento de propuesta de candidatura, que se adjunta como anexo I.
6.2. Carta de presentación, según el modelo que se adjunta como anexo II, en que se expliquen los motivos por los auales se hace la propuesta.
6.3. Una memoria explicativa, de una extensión no superior a tres paginas, de la labor realizada, los objetivos planteados y los rsultados obtenidos, según el modelo que se adjunta como anexo III. Si cabe, la documentación que acredite estos extremos
6.4. Fotocopia compulsada del NIF de la entidad solicitante.
6.5. Fotocopia del DNI de la persona representante de la entidad solicitante.
La documentación de los puntos 6.1, 6.2. y 6.3. se ha de remitir en formato digital al correo electrónico premissolidaritat@imas.conselldemallorca.net.
No será necesario presentar los documentos 6.4 y 6.5 que ya se hayan presentado al IMAS los años anteriores, siempre que no se hayan producido modificaciones. Bastará que el representante legal de la entidad firme el documento del anexo 6 .
7. Criterios objetivos que tienen que regir la concesión de los Premios.
El jurado tiene que valorar los proyectos de conformidad con los criterios siguientes:
a) Trayectoria y solidez del proyecto o tarea realizada.
b) Innovación y calidad del proyecto o servicio realizado.
c) Mejora en la calidad de vida de las personas beneficiarias del proyecto o tarea realizada.
d) Transparencia en la gestión.
e) Participación de los usuarios.
f) Trabajo en red.
g) Grado de compromiso y del esfuerzo con la tarea realizada.
Se puntuará hasta un máximo de 2 puntos por criterio hasta un máximo de 14 puntos.
8. Instrucción del procedimiento
El órgano instructor es el Área de Personas con Discapacidad del IMAS, que tiene que llevar a cabo las actuaciones a que se refieren el artículo 16 y siguientes del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el cual se aprueba el texto refundido de la ley de subvenciones, y tiene que formular la propuesta de resolución.
9. Jurado
El jurado está integrado por las personas siguientes:
Sr. Bartomeu Márquez Coll, coordinador del Área de Personas con Discapacidad del IMAS, que actuara como a presidente.
Sr. Joan Jaume Mulet, presidente del Fondo Mallorquín de Solidaridad y Cooperación.
Sr. José Luis García Ginard, de Rutes del Silenci.
Sr. Juan Perera Mesquida, presidente de ASNIMO.
Sra. Antonimia María Estarellas Torrens, directora general de Cooperación i Inmigración de la CAIB.
Sr. David Oliver Ramón, periodista de IB3 Radio.
Sr. Antonino Sierra Rincón, director de la ONGD Treball Solidari.
Sra. Margarita Ferrando Barceló, directora general de Familia, Bienestar Social i Atención a Persones en Situación Especial de la CAIB.
Sra. Margarita Regis Sansó, presidenta del Colegio Oficial de Trebajo Social de las Islas Baleares
Sr. José Roig Bauzà, director del Colegio Público Son Juny de Sant Joan.
10. Procedimiento de concesión de los Premios.
El jurado valorará las candidaturas y propondrá un ganador para cada una de las modalidades. El jurado se reserva el derecho a solicitar informes complementarios o la documentación que permita acreditar sobre los contenidos o ampliar datos sobre los contenidos, siempre que lo considere oportuno. Toda la información obtenida durante el proceso se considera de propiedad exclusiva de la entidad candidata y será considerada estrictamente confidencial, según la Ley orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal. Las candidaturas serán secretas y sólo se dará información sobre las premiadas.
La decisión del jurado será inapelable. Podrán declarar desiertas las modalidades en las cuales las candidaturas presentadas no cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria.
Todas las candidaturas que no se ajusten a las bases y a la convocatoria no entrarán en concurso.
La participación en este concurso supone la aceptación íntegra de las bases.
11. Derechos y obligaciones de los ganadores
Los ganadores podrán hacer constar la condición de premiados en sus memorias, publicaciones, anuncios publicitarios y a los medios de comunicación
Los ganadores tendrán que cumplir las obligaciones establecidas en las disposiciones normativas que sean de aplicación.
12. Resolución del procedimiento
El órgano competente para resolver es la Presidencia del el IMAS, de acuerdo con el arte. 7 g) de los Estatutos, que dispone a este efecto de un plazo de tres meses contadores desde el día siguiente que haya acabado el periodo de presentación de solicitudes de las subvenciones.
Contra las resoluciones que adopta la Presidencia se puede interponer recurso de alzada delante el Consejo Ejecutivo del Consell de Mallorca en el plazo y con los efectos del artículo 114 de la Ley de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
La resolución tiene que ser expresa y motivada de acuerdo con los criterios de valoración establecidos y tiene que fijar, con carácter definitivo, la cuantía específica de cada premio concedido.
La resolución de concesión de los premios se notificará individualmente a los ganadores y a las entidades proponentes.
13. Entrega y pago del premio
La entrega del premio en metálico se hará en el transcurso de un acto público.
4. Disposición supletoria
En todo lo no previsto en la presente convocatoria se tendrán en cuenta las bases reguladoras de la concesión de los Premios del Consejo de Mallorca a la Solidaridad, aprobadas por el Pleno del Consejo de Mallorca, publicadas el 28 de junio de 2008 (BOIB núm. 90) , el Reglamento de subvenciones y ayudas económicas del Consejo de Mallorca, publicado en el BOIB número 132, de 3 de noviembre de 2001, la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y el Decreto Legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, por el que se aprueba el texto refundido de la ley de subvenciones."
Segundo. - Autorizar el gasto diamante de este expediente por el importe total de TREINTA Y SEIS MIL EUROS (€ 36.000,00), con cargo a la partida 40.23159.48101 del vigente presupuesto de gastos del IMAS (documento contable A 920120013790).
Tercero. - Ordenar la publicación de esta convocatoria en el BOIB.
Cuarto. - Notificar esta resolución al Área de personas con discapacidad, a la Intervención Delegada del IMAS y en la Sección Económica."
Palma, 11 de juliol de 2013
La presidenta
Catalina Cirer Adrover
He tomado nota,
La secretaria delegada
(BOIB núm. 160 de 14-11- 2006)
Immaculada Borrás Salas