Sección III. Otras disposiciones y actos administrativos
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
CONSEJERÍA DE AGRICULTURA, MEDIO AMBIENTE Y TERRITORIO
Núm. 13790
Acuerdo del Pleno de la Comisión de Medio Ambiente de las Illes Balears de la Modificación Puntual núm. 22/2012 de las NNSS de planeamiento municipal, Lloseta
En relación con el asunto de referencia, y de acuerdo con el Anexo III y el artículo 95 de la ley 11/2006, de 14 de septiembre de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, se comunica que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 03 de abril de 2013
CONSIDERANDO
1. Que la modificación puntual 22/12 (artículo 69.3) de las NNSS de Lloseta, de supresión de la obligatoriedad de reserva de aparcamiento, afecta suelo urbano.
2. Que el Pleno de la CMAIB, en sesión de 30 de enero de 2013, acordó no emitir informe hasta que no se evalúen sus efectos ambientales con la aplicación de esta modificación.
3. Que la nueva documentación aportada, en relación con el artículo 69.3.1, constata que, según el archivo municipal, el número de casos en los cuales se plantea una división horizontal de tal forma que se pasa de una vivienda de dos plantas a dos viviendas por cada planta en los últimos diez años, es de sólo cinco.
4. Que de acuerdo lo establecido en el artículo 97 de la Ley 11/2006, de 14 de septiembre, de evaluaciones de impacto ambiental y evaluaciones ambientales estratégicas en las Illes Balears, no se prevén efectos significativos sobre el medio ambiente por la aplicación del artículo 69.3.
ACUERDA
la no sujeción a evaluación ambiental estratégica de la Modificación 22/12 (artículo 69.3, apartados 1 y 2) de las NNSS de Lloseta.
Este acuerdo se emite sin perjuicio de las competencias territoriales y/o urbanísticas de las administraciones correspondientes.
Palma, 31 de mayo de 2013
El presidente de la CMAIB
José Carlos Caballero Rubiato