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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 13674
Disciplina: DS-2008/227-01 Notificación archivo

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

Como consecuencia del expediente incoado en este negociado por presunta infracción urbanística a Raigal Sa Torre SL, exp. nº DS-2008/227-01 y dado que se ha intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Raigal Sa Torre SL de conformidad con los arts. 59-4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; y 194 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:

Os notifico que por resolución de Alcaldía nº 2068 de 06.02.2013, se ha dispuesto lo siguiente:

Vistos los expedientes sancionadores incoados a la empresa Raigal Sa Torre SL (promotora), al Sr. Antonio Sánchez Fornés (aparejador) y al Sr. Jaime Navas Rubio (arquitecto), por las obras consistentes en: “consolidación y/o arriostramiento de la pared medianera hasta una altura de 1,90m”, en la calle Pare Guillem Vives, nº 24, RC 00999508001”.

Visto que una vez revisada la tramitación llevada a cabo en el expediente, se ha comprobado que estas obras no se realizaron, según consta en los informes de la UTIB del 10.07.2009 y el 08.07.2010.

Visto que éstas obras nunca fueron ejecutadas.

Vistos los artículos de general aplicación, los artículos 105, 106 i 108 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, así como los incluidos en el Título III, capítulo I, II, III y IV del decreto 14/1994 de 10 de febrero (BOCAIB nº  21 de 17-02-94), por el cual se aprueba el reglamento del procedimiento a seguir por la administración de la CAIB; el art. 4-1-h) del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma (BOIB nº 98 de 28/06/05); el arte. 21 y 124 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, modificada por la Ley 57/03 de medidas para la modernización del Gobierno Local; el arte. 35 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística de la CAIB , y vistos los decretos de Alcaldía núm. 11918, de nombramiento de los titulares de las áreas de Gobierno, de  13 de junio de 2011, y el Decreto de Alcaldía núm. 5309 de 26 de marzo de 2012, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, y otra normativa aplicable, la instructora que suscribe, considera que el Teniente de Alcalde del Área de Urbanismo y Vivienda, podría dictar el siguiente:     

DECRETO

1º- Dejar sin efecto el acuerdo del CGU del 08.01.2013 referente al inicio de los expedientes sancionadores a la empresa Raigal Sa Torre SL (promotora), al Sr. Antonio Sánchez Fornés (aparejador) y al Sr. Jaime Navas Rubio (arquitecto).

2º- Archivar las actuaciones llevadas a cabo en estos procedimientos, DS-2008/227-01, DS-2008/227-02 y DS-2008/227-03.

Lo que le notifico a los efectos oportunos. Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de reposición ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con el art. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción de la Ley 4/99 de 13 de enero. El plazo para interponerlo es de un mes contado desde el día siguiente de recibir esta notificación. En este caso no se podrá interponer recurso  contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.

El recurso potestativo de reposición deberá presentarse ante el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a las que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes citada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedita la vía contencioso administrativa.-

Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se podrá interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el art. antes citado y el 45 i siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso administrativa, ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente a la recepción de esta notificación, todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que considere conveniente.  

Para el Servicio de Registro de documentos, Caja, así como Información General y Fiscal, se pueden dirigir a las siguientes Oficinas: OAC Cort Pl. Santa Eulàlia, 9; OAC Sant Ferran Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policia Local); OAC S’Escorxador, c. Emperadriu Eugènia, 6 (S’Escorxador); OAC S’Arenal,  Av Amèrica, 11 (S’Arenal);  OAC Avingudes , Av. Gabriel Alomar, 18 (Edifici Avingudes); OAC Son Ferriol,  Av. Cid, 8 (Son Ferriol); OAC Sant Agustí,  c. Margaluz, 30 (Sant Agustí). OAC Pere Garau, c. Pere Llobera, 9. Horario de atención al Público: Todo el año de 8.30 a 14 h de lunes a viernes.  Horario ampliado de octubre a mayo: de lunes a jueves de 8.30 a 17 h, a l'OAC AVINGUDES, Av. Gabriel Alomar, 18. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en la OAC Cort, Plaza Sta. Eulália,9 (sólo Registre).

 

Palma, 10 de julio de 2013

La jefa de Departamento de Disciplina urbanística y Seguridad de los Edificios
(p.d. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012, BOIB nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod