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AYUNTAMIENTO DE PALMA DE MALLORCA
Núm. 13673
Disciplina: DS-2009/468 Notificación sanción
Como consecuencia del expediente incoado en este negociado por presunta infracción urbanística a Esther Cañellas Mut, exp. nº. DS-2009/468 y dado que se ha intentado la notificación sin resultado positivo, por el presente edicto se notifica a Esther Cañellas Mut como propietaria de conformidad con los arts. 59-4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común; y 194 del Real decreto 2568/1986, de 28 de noviembre, del reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las corporaciones locales, que transcrito dice:
Por resolución de la alcaldía núm. 2078 de 06.02.2013, se ha dispuesto lo siguiente:
Visto que el 15.11.202 la Sra. Victoria Fernandez Irigaray, Instructora del expediente sancionador, formuló propuesta de resolución, en virtud de la cual se desestiman las alegaciones presentadas el 23.10.2012 por la Sra. Micaela Esther Mut, contra el acuerdo del Consejo de Gerencia de Urbanismo de 25.09.2012 del expediente sancionador, por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en la calle Infanta Pau, 10, 1r-D, RC. 00703501093, consistentes en: “instalación de toldo de material plástico sujeto con varas metálicas”.
Visto que el 13.12.2012 presentó la Sra. Micaela Esther Cañellas Mut, escrito de alegaciones contra la anteriormente citada propuesta de sanción.
Vistos los artículos de general aplicación, así como los incluidos en el Título III, capítulo I, II, III y IV del decreto 14/1994 de 10 de febrero (BOCAIB nº 21 de 17-02-94), por el cual se aprueba el reglamento del procedimiento a seguir por la administración de la CAIB; el art. 4-1-h) del Reglamento de la Gerencia de Urbanismo del Ayuntamiento de Palma (BOIB nº 98 de 28/06/05); el arte. 21 y 127 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, modificada por la Ley 57/03 de medidas para la modernización del Gobierno Local; el arte. 35 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística de la CAIB , y vistos los decretos de Alcaldía núm. 11918, de nombramiento de los titulares de las áreas de Gobierno, de 13 de junio de 2011, y el Decreto de Alcaldía núm. 5309, de organización de los servicios administrativos del Ayuntamiento de Palma, de 26 de marzo de 2012, y otra normativa aplicable, la instructora que suscribe, considera que el Teniente de Alcalde del Área de Urbanismo y Vivienda, podría dictar el siguiente:
D E C R E T O
1º- DESESTIMAR las alegaciones presentadas el 13.12.2012 por la Sra. Micaela Esther Mut, contra la propuesta de resolución de 15.11.2012 por el cual se propone la imposición de una sanción de 210 € por la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en la calle Infanta Pau, 10, 1r D, RC 00703501093, consistentes en: “instalación de toldo de material plástico sujeto con varas metálicas”.
AL CONSIDERAR QUE:
La recurrente reitera que no se ha cometido ninguna infracción urbanística, que en todo caso esta seria de carácter leve, que concurren circunstancias atenuantes e invoca el principio de legalidad que considera infringido.
La realización de las instalaciones realizadas requiere de la obtención previa de la preceptiva licencia municipal y por lo tanto su realización sin la mentada licencia supone una infracción urbanística y hace necesaria la tramitación del presente expediente sancionador (artículos 2, 25 y 72 de la Ley 10/1990, de 23 de octubre, de disciplina urbanística).
De la revisión del expediente cabe ratificar el acuerdo de inicio del presente procedimiento sancionador donde de acuerdo con los diferentes informes técnicos se concluye que se ha cometido una infracción grave de acuerdo con el artículo 28 de la Ley 10/1990; y se considera que no concurren circunstancias que atenúen la responsabilidad de la recurrente en la comisión de la infracción de acuerdo con el artículo 34 de la misma ley.
Finalmente indicar que el presente expediente cumple con los principios i requisitos establecidos en la normativa aplicable, especialmente en el Decreto 14/1994 que establece el procedimiento de potestad sancionadora, la Ley 10/1990 de disciplina urbanística y la Ley 30/1992 de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común.
EN CONSECUENCIA, los hechos alegados no desvirtúan las circunstancias probadas en la tramitación del presente procedimiento, es decir, la ejecución de obras sin la preceptiva licencia municipal, por tanto, se deben desestimar las alegaciones presentadas.
2º.- IMPONER visto el expediente sancionador núm. DS- 2009/468 a la Sra. Micaela Esther Cañellas Mut (DNI. 42.999.624), en calidad de propietaria, una multa de DOSCIENTOS DIEZ euros (210,00 euros, 75 % sobre valoración de las obras, art. 45-a de la Ley 10/90 de disciplina urbanística de la CAIB, con motivo de la realización de obras sin la preceptiva licencia municipal en la calle Infanta Pau, 10, 1r-D, RC. 00703501093, consistentes en: “instalación de toldo de material plástico sujeto con varas metálicas”.
El importe de la multa precedente, según lo que dispone el arte. 36 de la Ley 10/90 de disciplina urbanística de la CAIB, lo deberá hacer efectivo, EN PERIODO VOLUNTARIO, en el PLAZO MÁXIMO DE 30 DÍAS, contado desde el siguiente al de la presente publicació en la recaudación municipal, plaza Santa Eulàlia, 9 de 9’00 h. a 13’30. Transcurrido este plazo sin que se haya satisfecho la cuantía de la multa, esta se cobrará por vía de apremio, con los consiguientes recargos.
Le advierto:
1r -Que la interposición de cualquier recurso no suspenderá la ejecución del acto impugnado de acuerdo con lo establecido en el articulo 111 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre.
2n -Que, a partir del día siguiente del vencimiento del plazo de ingreso en periodo voluntario hasta el día del pago de la deuda, deberá satisfacer intereses de demora.
Lo que le comunico a los efectos oportunos. Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, se puede presentar recurso de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con el arte. 116 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, según la redacción de la Ley 4/99, de 13 de enero. EL PLAZO PARA INTERPONER EL CITADO RECURSO ES DE UN MES CONTADO DESDE EL DÍA SIGUIENTE DE ESTA PUBLICACIÓN. En este caso no se podrá interponer recurso contencioso administrativo hasta que no se haya resuelto el de reposición.
El recurso de reposición potestativo se deberá presentar en el Registro General de este Ayuntamiento o en las dependencias a que se refiere el art. 38.4 de la Ley 30/92, de 26 de noviembre, antes mencionada, y se entenderá desestimado cuando no se haya resuelto ni notificado la resolución, en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente de su interposición, y en este caso quedará expedida la vía contenciosa administrativa.
Si no se utiliza el recurso potestativo de reposición, se puede interponer directamente recurso contencioso administrativo, de acuerdo con el art. antes mencionado y el 45 y siguientes de la Ley 29/98, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente de esta publicación todo ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se considere conveniente.
Para el Servicio de Registro de documentos, Caja, así como Información General y Fiscal, se pueden dirigir a las siguientes Oficinas: OAC Cort Pl. Santa Eulàlia, 9; OAC Sant Ferran Av. Sant Ferran, 42 (Edif. Policia Local); OAC S’Escorxador, c. Emperadriu Eugènia, 6 (S’Escorxador); OAC S’Arenal, Av Amèrica, 11 (S’Arenal); OAC Avingudes , Av. Gabriel Alomar, 18 (Edifici Avingudes); OAC Son Ferriol, Av. Cid, 8 (Son Ferriol); OAC Sant Agustí, c. Margaluz, 30 (Sant Agustí). OAC Pere Garau, c. Pere Llobera, 9. Horario de atención al Público: Todo el año de 8.30 a 14 h de lunes a viernes. Horario ampliado de octubre a mayo: de lunes a jueves de 8.30 a 17 h, a l'OAC AVINGUDES, Av. Gabriel Alomar, 18. Sábados abierto de 9.30 a 13.30 h en la OAC Cort, Plaza Sta. Eulália,9 (sólo Registre).
Palma, 10 de julio de 2013
La jefa de Departamento de Disciplina urbanística y Seguridad de los Edificios
(p.d. Decreto de Alcaldía nº 10434 de 8/6/2012, BOIB nº 85 de 14/6/2012)
Elvira Salvà Armengod