Sección V. Anuncios
Subsección segunda. Otros anuncios oficiales
ADMINISTRACIÓN DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA
SERVICIO DE OCUPACIÓN DE LAS ILLES BALEARS
Núm. 13642
Notificación de la Resolución del Consejero de Educación, Cultura y Universidades, Presidente del Servicio de Empleo de las Islas Baleares del expediente de reintegro de la entidad OROVIDA BALEAR, SLU con NIF núm. B-57207292, por justificación insuficiente de la subvención concedida, correspondiente al expediente de la acción formativa 812/09 “Vigilant de seguretat privada” de la convocatoria para financiar acciones formativas destinadas prioritariamente a trabajadores desocupados del año 2009.
Habiendo intentado notificar sin éxito la:
- Resolución del Consejero de Educación, Cultura y Universidades, presidente del Servicio de Empleo de las Islas Baleares, de fecha 23 de maig de 2013, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común (BOE núm. 285, de 27 de noviembre), se pone en conocimiento de OROVIDA BALEAR, SLU lo dictado Resolución de reintegro, por incumplimiento de la obligación de justificación insuficiente de la acción formativa núm. 812/09 "Vigilant de seguretat privada", de la convocatoria para financiar acciones formativas destinadas prioritariamente a trabajadoras y trabajadores desempleados del año 2008 aprobada por la Resolución de la Consejera de Trabajo y Formación de 3 de septiembre de 2008 (BOIB núm.127, de 11 de septiembre).
Se informa que de acuerdo con el artículo 62.2 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, general tributaria, los abligados al pago harán efectivas sus deudas en los plazos siguientes a contar desde la notificación efectiva de la reclamación:
Las deudas notificadas entre los días 1 y 15 de cada mes tendrán que abonarse desde la fecha de notificación hasta el día 20 del siguiente mes o el primer día hábil siguiente si el último día del plazo es inhábil.
Las deudas notificadas entre los días 16 y el último de cada mes tendrán que abonarse desde la fecha de la notificación hasta el día 5 del segundo mes posterior o el primer día hábil siguiente si el último día del plazo es inhábil.
Asimismo, también se comunica a las personas interesadas que, de conformidad con la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común y la Ley 3/2003, de 26 de marzo, de régimen jurídico de la administración de la Comunidad Autónoma de les Illes Balears, disponen de un mes contado desde el día siguiente de la publicación del presente anuncio para interponer un recurso potestativo de reposición ante el consejero de Educación, Cultura y Universidades.
También se puede interponer directamente un recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contados desde el siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de Julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa.
El expediente se encuentra a su disposición en el Servicio de Ocupación de las Islas Baleares en el Camino Viejo de Bunyola, núm. 43, 1 º, 07009 Palma.
Núm. Exp.: R-166/12 (Desocupados 2009 acción formativa núm. 812/09)
Entidad: OROVIDA BALEAR, SLU
NIE: B-57207292
Palma, 5 de julio de 2013
La directora del Servicio de Ocupación de las Islas Baleares
Francisca Ramis Pons