Torna

BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección V. Anuncios

Subsección segunda. Otros anuncios oficiales

AYUNTAMIENTO DE ALARÓ

Núm. 13550
Relación núm. 118, multas de tráfico que no se han podido notificar a los presuntos infractores.

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

NOTIFICACIÓN DE DENÚNCIA AL TITULAR

De acuerdo con lo que se dispone en la Ley sobre Tráfico y el Reglamento General de Circulación (R.D. 1428/2003, de 21 de noviembre) le comunicamos que se le ha  formulado la presente denuncia, iniciándose el expediente sancionador por infracción a las Normas de Circulación que se instruirá en la sección de multes de tráfico de este Ayuntamiento. El instructor es Gabriel Simonet Homar, recusable en los supuestos y efectos previstos en los arts. 28 y 29 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre y el Alcalde el órgano competente para resolverlo.

Lo que se le comunica conforme a lo previsto en los artículos 77, 78 i 79 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, para que en el plazo de QUINCE DIAS NATURALES contados  a partir de la recepción  de esta notificación de denuncia, formule, si lo considera oportuno, el escrito de descargo ante el Sr. Alcalde, adjuntando o proponiendo las pruebas que considere oportunas. En caso de no efectuar alegaciones dentro del plazo mencionado, esta notificación de iniciación del procedimiento se considerará PROPUESTA DE RESOLUCION, de acuerdo con los establecido en el artículo 13.2 recogido en el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado  por Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, a los efectos recogidos en los artículos 18 y 19 del mencionado texto legal.

En el caso de nos ser el conductor del vehículo  denunciado, se le requiere para que indique los datos del conductor en este mismo impreso y le advertimos que de no hacerlo, será considerado autor de una falta grave conforme al artículo 72.3 de la presente Ley y se seguirá contra usted el correspondiente procedimiento.

Si está conforme con el contenido  de la denuncia, podrá obtener la reducción del 50 % de descuento de la cuantía de la multa que podrá pagar dentro de los VEINTE DIAS NATURALES siguientes la fecha de recepción del presente escrito en  la oficina de Tesorería de este Ayuntamiento o en  las entidades bancarias siguientes consignando el número de expediente, nombre y matrícula.

LA CAIXA 2100  0101  41  cuenta 0200001009

SA NOSTRA  2051  0020  60  cuenta 0044912583

BANCA MARCH  0061  0100  82  cuenta 0006120188

 

Exp.

Nombre

Importe

Matrícula

Art. infringido

00167/13

(datos personales ocultos)

80,00

1357CWW

CIR 154-5B

00175/13

(datos personales ocultos)

80,00

2188DGW

CIR 154-5B

00214/13

(datos personales ocultos)

80,00

IB9214DD

CIR 154-5B

00215/13

(datos personales ocultos)

80,00

5184HGT

CIR 154-5B

00227/13

(datos personales ocultos)

200,00

4448DGT

R18 2 2D

00238/13

(datos personales ocultos)

80,00

6859DDM

171 00 1A

00242/13

(datos personales ocultos)

200,00

7991HKY

 R18 2 2D

00244/13

(datos personales ocultos)

80,00

5716FKJ

CIR 154-5B

00249/13

(datos personales ocultos)

200,00

9851HBV

R18 2 2D

00262/13

(datos personales ocultos)

80,00

7016GDV

171 00 1A

00264/13

(datos personales ocultos)

80,00

2816CDH

CIR 154-5B

00268/13

(datos personales ocultos)

80,00

IB1637DP

171 00 1A

00271/13

(datos personales ocultos)

200,00

7399GGH

94 2E 1L

00272/13

(datos personales ocultos)

80,00

7429FSY

CIR 154-5B

00274/13

(datos personales ocultos)

200,00

3636HDZ

CIR 91 2 5G

00279/13

(datos personales ocultos)

200,00

3636HDZ

RGC94 2 1 d

00280/13

(datos personales ocultos)

80,00

C01752BNR

171 00 1A

00281/13

(datos personales ocultos)

80,00

5055HHL

CIR 154-5B

00284/13

(datos personales ocultos)

200,00

9798BTN

CIR 91 2 5C

00289/13

(datos personales ocultos)

80,00

5287CPR

CIR 154-5B

00290/13

(datos personales ocultos)

80,00

7022FGG

CIR 154-5B

00291/13

(datos personales ocultos)

200,00

0811FKB

R18 2 2D

00292/13

(datos personales ocultos)

80,00

5046BSH

CIR 154-5B

00296/13

(datos personales ocultos)

80,00

IB8354BY

CIR 154-5B

00301/13

(datos personales ocultos)

80,00

2718DCS

171 00 1A

00307/13

(datos personales ocultos)

200,00

5511FZB

R18 2 2D

00308/13

(datos personales ocultos)

80,00

8631FCV

171 00 1A

00312/13

(datos personales ocultos)

80,00

7095GMX

CIR 154-5B

00321/13

(datos personales ocultos)

80,00

3638BKJ

171 00 1A

00322/13

(datos personales ocultos)

80,00

PM45868BX

CIR 154-5B

00323/13

(datos personales ocultos)

200,00

5809GFH

R18 2 2D

00326/13

(datos personales ocultos)

80,00

8314DHY

171 00 1A

00329/13

(datos personales ocultos)

80,00

4438GLW

171 00 1A

00330/13

(datos personales ocultos)

200,00

IB3682DJ

CIR 146 1 5A

 

NOTIFICACIÓN DE DENUNCIA AL INFRACTOR

De acuerdo con lo que se dispone en la Ley sobre Tráfico y el Reglamento General de Circulación, le comunicamos que se  ha  formulado la presente denuncia, iniciándose el expediente sancionador por infracción a las Normas de Circulación el que se instruirá a la sección de multes de tráfico de este Ayuntamiento. El Instructor es Gabriel Simonet Homar, recusable en los supuestos y efectos previstos en los artículos 28 y 29 de la Ley 30/1992 de 26 de noviembre y el Alcalde el órgano competente para resolverlo

Lo que se le comunica conforme a lo previsto en los artículos 77, 78 i 79 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, para que en el plazo de QUINCE DIAS NATURALES contados  a partir de la recepción  de esta notificación de denuncia, formule, si lo considera oportuno, el escrito de descargo ante el Sr. Alcalde, adjuntando o proponiendo las pruebas que considere oportunas. En caso de no efectuar alegaciones dentro del plazo mencionado, esta notificación de iniciación del procedimiento se considerara PROPUESTA DE RESOLUCIÓN, de acuerdo con los establecido en el artículo 13.2 recogido en el Reglamento del Procedimiento para el ejercicio de la Potestad Sancionadora, aprobado  por Real Decreto 1398/93, de 4 de agosto, a los efectos recogidos en los artículos 18 y 19 del mencionado texto legal.

Si está conforme con el contenido  de la denuncia, podrá obtener la reducción del 50 % de descuento de la cuantía de la multa que podrá pagar dentro de los VEINTE DIAS NATURALES siguientes la fecha de recepción del presente escrito en  la oficina de Tesorería de este Ayuntamiento o en  las entidades bancarias siguientes consignando el número de expediente, nombre y matrícula.

LA CAIXA 2100 0101 41 0200001009

SA NOSTRA 2051  0020  60  0044912583

BANCA MARCH  0061  0100  0006120188

BANESTO  0030  2245  11  0000052271

 

Exp.

Nombre

Importe

Matrícula

Art. infringido

00109/13

(datos personales ocultos)

80,00

3005HBJ

171 00 1A

00147/13

(datos personales ocultos)

200,00

2513GVG

CIR 91 2 5C

 

NOTIFICACIÓN PROPUESTA RESOLUCIÓN PLIEGO DE DESCARGO

"Conforme a lo que dispone el artículo 13.2 del Real Decreto núm. 320/1994, de 25 de febrero, por el que se aprueba el "Reglamento General de Procedimiento Sancionador en materia de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, esta Alcaldía formula la siguiente

PROPUESTA DE RESOLUCIÓN

Visto que se ha tramitado el expediente por infracción a la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial i al Reglamento General de Circulación ajustándose al procedimiento previsto en el R.D. 320/94 de 25 de febrero, antes mencionado.

Visto que, la competencia para la imposición de la sanción corresponde a esta Alcaldía conforme a lo que dispone el artículo 68.2 del R. D. L. 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre el Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Visto que han quedado probados los hechos denunciados y que el informe del policía local establece que los hechos han resultados ciertos y acreditados y se ratifica en todos los extremos denunciados.

Se ha ratificado en el contenido de la denuncia y solicita que se continúe con la instrucción del procedimiento sancionador.

Visto como recoge el artículo 76 de la Ley de Tráfico R.D. 339/90 de 2 de marzo donde se establece que las denuncias efectuadas por los agentes de la autoridad darán fe salvo prueba en contrario, y al no haber sido solicitada por el interesado la practica de prueba o presentado alegaciones que desvirtúen el hecho denunciado se procede a evacuar el trámite de Propuesta de Resolución en la forma siguiente:

1º. Imponer al interesado/a la sanción en la cuantía antes descrita.

2º. Conceder a la interesada/ el interesado un plazo de 15 días hábiles, contados a partir del siguiente en que reciba esta notificación para que pueda examinar el expediente en el negociado de multas de este Ayuntamiento, situado en la calle Petit, núm.1 durante el cual podrá presentar, por escrito las alegaciones que estime pertinentes y presentar los documentos que tenga por oportunos.

EL PAGO DE LA SANCION PONE FIN AL PROCEDIMIENTO (ART. 8.2. R.D. 1398/1993)

FORMAS DE PAGO

Oficina de Tesorería Ayuntamiento de Alaró o

SA NOSTRA 2051 0020 60 0044912583

LA CAIXA 2100 0101 41 0200001009

BANCA MARCH 0061 0100 82 0006120188

 

Exp.

Nombre

Importe

Matrícula

Art. infringido

00217/13

(datos personales ocultos)

80,00

2698FZL

CIR 154-5B

 

NOTIFICACIÓN RESOLUCIÓN DE ARCHIVO DEFINITIVO DEL EXPEDIENTE

Vistas las alegaciones efectuadas y el informe favorable de la policia local, el Alcalde - Presidente dicta la siguiente

R E S O L U C I Ó N

1ª.- El archivo definitivo del expediente sancionador seguido por la infracción denunciada.

2ª.- Notificar esta resolución al interesado, a los efectos pertinentes.

La presente resolución pone fin a la vía administrativa. Contra la mencionada resolución puede interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de UN mes, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación de conformidad con lo que dispone la ley. Contra la denegación expresa, en el plazo de DOS meses. puede interponer recurso contencioso - administrativo ante el Tribunal que resulte competente. Contra la desestimación por silencio de dicho recurso, puede interponer recurso contencioso - administrativo en el plazo de SEIS meses, contados a partir del día siguiente de la desestimación presunta.

Directamente puede interponer, en el orden jurisdiccional recurso contencioso - administrativo en el plazo de DOS meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación. Todo esto sin perjuicio de que pueda interponer cuantos otros recursos estime procedentes.

 

Exp.

Nombre

Importe

Matrícula

Art. infringido

00091/13

(datos personales ocultos)

200,00

IB2970DP

LSV 61-03-5A

00092/12

(datos personales ocultos)

1500,00

IB2970DP

SOA 2 1 5C

00093/13

(datos personales ocultos)

200,00

IB2970DP

154 00 2A

00157/13

(datos personales ocultos)

200,00

9246GGK

91 2 2

00162/13

(datos personales ocultos)

200,00

9623FCZ

91 2 2

00179/13

(datos personales ocultos)

80,00

1194BZK

171 00 1A

00187/13

(datos personales ocultos)

90,00

IB1104BL

71-1A

00283/13

(datos personales ocultos)

200,00

0001DXW

91 2 2

 

NOTIFICACIÓN DE SANCIÓN AL TITULAR

La Alcaldía-Presidencia por Decreto de esta fecha ha dictado la siguiente resolución:

"Visto que se ha tramitado el expediente por infracción a la L.S.V. y al R.G.C., conformemente con el procedimiento previsto en el artículo 79 del R.D legislativo 339/1990 de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Visto que la competencia para la imposición de sanciones corresponde a la Alcaldía, conformemente con lo que dispone el artículo 68 del mencionado texto legal.

Visto que han quedado probados los hechos denunciados y que acabada la tramitación reglamentaria procede dictar la Resolución que corresponda.

Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente, antes mencionada, dicta la siguiente:

R   E   S   O   L   U   C   I   Ó   N

1º.- Imponer la sanción por infracción a la L.S.V. y al R.G.C.

2º.- Notifíquese esta Resolución de forma reglamentaria al interesado, a los efectos oportunos. Lo manda y firma el Sr. Alcalde."

La multa expresada, deberá hacerse efectiva dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a esta Resolución a) En metálico en el Ayuntamiento, b) Por giro postal, c) Mediante ingreso bancario en las siguientes entidades: SA NOSTRA (2051 0020 60 0044912583),LA CAIXA(2100 0101 41 020001009) , I BANCA MARCH (0061 0100 82 0006120188) consignando nº de expediente, matrícula y nombre. Una vez pasado este plazo sin que se haya hecho efectivo el pago dentro del periodo voluntario se exigirá por vía ejecutiva, según el artículo 84 de la mencionada Ley, incrementado con el recargo del 20% y costas.

Contra este Decreto, que es definitivo en la vía administrativa, sólo podrá interponerse RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Alcalde en el plazo de UN MES  a contar desde la fecha de notificación de la presente; en caso de no resolución en el mismo plazo de este recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo. Asimismo, tanto ante la desestimación del recurso de Reposición como la no presentación del mismo, podrá interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de 2 MESES contados desde el siguiente día al de la notificación del acuerdo resolutorio, si fuese expreso. Si no lo fuese, el plazo será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. No se pueden simultanear ambos recursos. No obstante podrá utilizar cualquier otro recurso que estime conveniente.

 

Exp.

Nombre

Importe

Matrícula

Art. infringido

01052/12

(datos personales ocultos)

80,00

6509BWV

072 03

 

NOTIFICACIÓN DE SANCIÓN AL TITULAR

La Alcaldía-Presidencia por Decreto de esta fecha ha dictado la siguiente resolución:

"Visto que se ha tramitado el expediente por infracción a la L.S.V. y al R.G.C., conformemente con el procedimiento previsto en el artículo 79 del R.D legislativo 339/1990 de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Visto que la competencia para la imposición de sanciones corresponde a la Alcaldía, conformemente con lo que dispone el artículo 68 del mencionado texto legal.

Visto que han quedado probados los hechos denunciados y que acabada la tramitación reglamentaria procede dictar la Resolución que corresponda.

Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente, antes mencionada, dicta la siguiente:

R   E   S   O   L   U   C   I   Ó   N

1º.- Imponer la sanción por infracción a la L.S.V. y al R.G.C.

2º.- Notifíquese esta Resolución de forma reglamentaria al interesado, a los efectos oportunos. Lo manda y firma el Sr. Alcalde."

La multa expresada, deberá hacerse efectiva dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a esta Resolución a) En metálico en el Ayuntamiento, b) Por giro postal, c) Mediante ingreso bancario en las siguientes entidades: SA NOSTRA (2051 0020 60 0044912583),LA CAIXA(2100 0101 41 020001009) , I BANCA MARCH (0061 0100 82 0006120188) consignando nº de expediente, matrícula y nombre. Una vez pasado este plazo sin que se haya hecho efectivo el pago dentro del periodo voluntario se exigirá por vía ejecutiva, según el artículo 84 de la mencionada Ley, incrementado con el recargo del 20% y costas.

Contra este Decreto, que es definitivo en la vía administrativa, sólo podrá interponerse RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Alcalde en el plazo de UN MES  a contar desde la fecha de notificación de la presente; en caso de no resolución en el mismo plazo de este recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo. Asimismo, tanto ante la desestimación del recurso de Reposición como la no presentación del mismo, podrá interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de 2 MESES contados desde el siguiente día al de la notificación del acuerdo resolutorio, si fuese expreso. Si no lo fuese, el plazo será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. No se pueden simultanear ambos recursos. No obstante podrá utilizar cualquier otro recurso que estime conveniente.

 

Exp.

Nombre

Importe

Matrícula

Art. infringido

00060/13

(datos personales ocultos)

200,00

9444BMX

072 03

00130/13

(datos personales ocultos)

80,00

4525BNK

072 03

 

NOTIFICACIÓN DE SANCIÓN AL TITULAR

La Alcaldía-Presidencia por Decreto de esta fecha ha dictado la siguiente resolución:

"Visto que se ha tramitado el expediente por infracción a la L.S.V. y al R.G.C., conformemente con el procedimiento previsto en el artículo 79 del R.D legislativo 339/1990 de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Visto que la competencia para la imposición de sanciones corresponde a la Alcaldía, conformemente con lo que dispone el artículo 68 del mencionado texto legal.

Visto que han quedado probados los hechos denunciados y que acabada la tramitación reglamentaria procede dictar la Resolución que corresponda.

Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente, antes mencionada, dicta la siguiente:

R   E   S   O   L   U   C   I   Ó   N

1º.- Imponer la sanción por infracción a la L.S.V. y al R.G.C.

2º.- Notifíquese esta Resolución de forma reglamentaria al interesado, a los efectos oportunos. Lo manda y firma el Sr. Alcalde."

La multa expresada, deberá hacerse efectiva dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a esta Resolución a) En metálico en el Ayuntamiento, b) Por giro postal, c) Mediante ingreso bancario en las siguientes entidades: SA NOSTRA (2051 0020 60 0044912583),LA CAIXA(2100 0101 41 020001009) , I BANCA MARCH (0061 0100 82 0006120188) consignando nº de expediente, matrícula y nombre. Una vez pasado este plazo sin que se haya hecho efectivo el pago dentro del periodo voluntario se exigirá por vía ejecutiva, según el artículo 84 de la mencionada Ley, incrementado con el recargo del 20% y costas.

Contra este Decreto, que es definitivo en la vía administrativa, sólo podrá interponerse RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Alcalde en el plazo de UN MES  a contar desde la fecha de notificación de la presente; en caso de no resolución en el mismo plazo de este recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo. Asimismo, tanto ante la desestimación del recurso de Reposición como la no presentación del mismo, podrá interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de 2 MESES contados desde el siguiente día al de la notificación del acuerdo resolutorio, si fuese expreso. Si no lo fuese, el plazo será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. No se pueden simultanear ambos recursos. No obstante podrá utilizar cualquier otro recurso que estime conveniente.

 

Exp.

Nombre

Importe

Matrícula

Art. infringido

00017/13

(datos personales ocultos)

80,00

1357CWW

072 03

00030/13

(datos personales ocultos)

200,00

2188DGW

072 03

00031/13

(datos personales ocultos)

800,00

IB9214DD

072 03

00032/13

(datos personales ocultos)

90,00

5184HGT

072 03

00035/13

(datos personales ocultos)

200,00

4448DGT

072 03

00039/13

(datos personales ocultos)

200,00

6859DDM

072 03

00042/13

(datos personales ocultos)

80,00

7991HKY

072 03

00056/13

(datos personales ocultos)

200,00

5716FKJ

072 03

00058/13

(datos personales ocultos)

200,00

9851HBV

072 03

00059/13

(datos personales ocultos)

200,00

7016GDV

072 03

00066/13

(datos personales ocultos)

90,00

2816CDH

072 03

00067/13

(datos personales ocultos)

200,00

IB1637DP

072 03

00072/13

(datos personales ocultos)

80,00

7399GGH

072 03

00087/13

(datos personales ocultos)

80,00

7429FSY

072 03

00119/13

(datos personales ocultos)

90,00

3636HDZ

072 03

 

NOTIFICACIÓN DE SANCIÓN AL TITULAR

La Alcaldía-Presidencia por Decreto de esta fecha ha dictado la siguiente resolución:

"Visto que se ha tramitado el expediente por infracción a la L.S.V. y al R.G.C., conformemente con el procedimiento previsto en el artículo 79 del R.D legislativo 339/1990 de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Visto que la competencia para la imposición de sanciones corresponde a la Alcaldía, conformemente con lo que dispone el artículo 68 del mencionado texto legal.

Visto que han quedado probados los hechos denunciados y que acabada la tramitación reglamentaria procede dictar la Resolución que corresponda.

Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente, antes mencionada, dicta la siguiente:

R   E   S   O   L   U   C   I   Ó   N

1º.- Imponer la sanción por infracción a la L.S.V. y al R.G.C.

2º.- Notifíquese esta Resolución de forma reglamentaria al interesado, a los efectos oportunos. Lo manda y firma el Sr. Alcalde."

La multa expresada, deberá hacerse efectiva dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a esta Resolución a) En metálico en el Ayuntamiento, b) Por giro postal, c) Mediante ingreso bancario en las siguientes entidades: SA NOSTRA (2051 0020 60 0044912583),LA CAIXA(2100 0101 41 020001009) , I BANCA MARCH (0061 0100 82 0006120188) consignando nº de expediente, matrícula y nombre. Una vez pasado este plazo sin que se haya hecho efectivo el pago dentro del periodo voluntario se exigirá por vía ejecutiva, según el artículo 84 de la mencionada Ley, incrementado con el recargo del 20% y costas.

Contra este Decreto, que es definitivo en la vía administrativa, sólo podrá interponerse RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Alcalde en el plazo de UN MES  a contar desde la fecha de notificación de la presente; en caso de no resolución en el mismo plazo de este recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo. Asimismo, tanto ante la desestimación del recurso de Reposición como la no presentación del mismo, podrá interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de 2 MESES contados desde el siguiente día al de la notificación del acuerdo resolutorio, si fuese expreso. Si no lo fuese, el plazo será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. No se pueden simultanear ambos recursos. No obstante podrá utilizar cualquier otro recurso que estime conveniente.

 

Exp.

Nombre

Importe

Matrícula

Art. infringido

01045/12

(datos personales ocultos)

80,00

0168DJT

171 00 1A

 

NOTIFICACIÓN DE SANCIÓN AL TITULAR

La Alcaldía-Presidencia por Decreto de esta fecha ha dictado la siguiente resolución:

"Visto que se ha tramitado el expediente por infracción a la L.S.V. y al R.G.C., conformemente con el procedimiento previsto en el artículo 79 del R.D legislativo 339/1990 de 2 de marzo, por el que se aprueba el Texto articulado de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial.

Visto que la competencia para la imposición de sanciones corresponde a la Alcaldía, conformemente con lo que dispone el artículo 68 del mencionado texto legal.

Visto que han quedado probados los hechos denunciados y que acabada la tramitación reglamentaria procede dictar la Resolución que corresponda.

Esta Alcaldía, en uso de las atribuciones que le confiere la normativa vigente, antes mencionada, dicta la siguiente:

R   E   S   O   L   U   C   I   Ó   N

1º.- Imponer la sanción por infracción a la L.S.V. y al R.G.C.

2º.- Notifíquese esta Resolución de forma reglamentaria al interesado, a los efectos oportunos. Lo manda y firma el Sr. Alcalde."

La multa expresada, deberá hacerse efectiva dentro de los QUINCE DÍAS HÁBILES siguientes a esta Resolución a) En metálico en el Ayuntamiento, b) Por giro postal, c) Mediante ingreso bancario en las siguientes entidades: SA NOSTRA (2051 0020 60 0044912583),LA CAIXA(2100 0101 41 020001009) , I BANCA MARCH (0061 0100 82 0006120188) consignando nº de expediente, matrícula y nombre. Una vez pasado este plazo sin que se haya hecho efectivo el pago dentro del periodo voluntario se exigirá por vía ejecutiva, según el artículo 84 de la mencionada Ley, incrementado con el recargo del 20% y costas.

Contra este Decreto, que es definitivo en la vía administrativa, sólo podrá interponerse RECURSO DE REPOSICIÓN ante el Alcalde en el plazo de UN MES  a contar desde la fecha de notificación de la presente; en caso de no resolución en el mismo plazo de este recurso se entenderá desestimado por silencio administrativo. Asimismo, tanto ante la desestimación del recurso de Reposición como la no presentación del mismo, podrá interponer directamente recurso Contencioso-Administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Palma de Mallorca, en el plazo de 2 MESES contados desde el siguiente día al de la notificación del acuerdo resolutorio, si fuese expreso. Si no lo fuese, el plazo será de SEIS MESES contados a partir del día siguiente a aquel en que, de acuerdo con su normativa específica, se produzca el acto presunto. No se pueden simultanear ambos recursos. No obstante podrá utilizar cualquier otro recurso que estime conveniente. (datos personales ocultos)

 

Exp.

Nombre

Importe

Matrícula

Art. infringido

00055/13

(datos personales ocultos)

80,00

PM6950BU

171 00 1A

00136/13

(datos personales ocultos)

90,00

IB0838DB

71-1A

00261/13

(datos personales ocultos)

200,00

9222HGD

R18 2 2D

 

Alaró, 3 de julio de 2013

El Alcalde,
Joan Simonet Pons