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BOLETÍN OFICIAL DE LAS ISLAS BALEARES

Sección IV. Procedimientos judiciales

JUZGADOS DE PALMA DE MALLORCA

JUZGADO DE LO SOCIAL NÚM.4 DE PALMA DE MALLORCA

Núm. 13361
Procedimiento Ordinario 464/2011

  • Contenido, oficial y auténtico, de la disposición: Documento pdf  Versión PDF

Texto

D/Dª  FRANCISCA MARIA REUS BARCELO, Secretario/a Judicial del Juzgado de lo Social nº 004 de PALMA DE MALLORCA, HAGO SABER:

Que en el procedimiento PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000464 /2011 de este Juzgado de lo Social, seguidos a instancia de D/Dª JONATHAN PIZARRO FRICK contra la empresa  ITE DE EDIFICIOS SL, sobre ORDINARIO, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

SENTENCIA N°  344

 En la ciudad de Palma de Mallorca a  veinticuatro de octubre de dos mil doce.

VISTO  por mi  D.  Ricardo Martín Martín, Magistrado-Juez del Juzgado de lo Social n° 4 de Palma de Mallorca, el presente Juicio seguido a instancia de D. Jonathan Pizarro Frick asistido del Letrado D.  Miguel Perelló Quart contra la empresa  ITE de Edificios S.L. sobre reclamación de cantidad

FALLO

QUE DEBO ESTIMAR Y ESTIMO EN PARTE  LA DEMANDA interpuesta por D. Jonathan Pizarro Frick contra la empresa  ITE de Edificios S.L. sobre reclamación de cantidad condenando a la  empresa demandada a abonar a D. Jonathan Pizarro Frick la cantidad de 2.301,1 €, suma que devengará desde la fecha de la presente resolución y hasta su completo pago el interés establecido en el Art. 576 LEC.

Notifíquese  la anterior sentencia a las partes interesadas, advirtiéndoles que contra la misma no cabe recurso alguno. Procédase al archivo de los presentes autos previa baja en el Libro correspondiente.

Así por esta mi sentencia lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a ITE DE EDIFICIOS SL, en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Boletín Oficial de la Provincia de ILLES BALEARS.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la Oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

En PALMA DE MALLORCA, a tres de Julio de dos mil trece.

EL/LA SECRETARIO/A JUDICIAL