Sección II. Autoridades y personal
Subsección primera. Nombramientos, situaciones e incidencias
AYUNTAMIENTO DE EIVISSA
Núm. 13384
Resolución de fecha 24 de junio de 2013, por la cual se nombra la Jefa del Gabinete de Alcaldía con efectos del dia 25 de junio de 2013
La Alcaldesa del Ayuntamiento de Eivissa, el día 24 de junio de 2013 ha dictado la siguiente resolución:
“DECRETO:
1.- Vista la plantilla de personal eventual deL Ayuntamiento de Eivissa y que se considera necesario cubrir el puesto de trabajo vacante de Jefe del Gabinete de Alcaldía.
2.- De acuerdo con los antecedentes señalados y haciendo uso de las atribuciones que me otorga el artículo 104.2 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las bases de régimen local, y el artículo 41.14 d) del Real decreto 2568/86, de 28 de noviembre, por el que se aprueba el reglamento de organización, funcionamiento y régimen jurídico de las entidades locales,
RESUELVO:
PRIMERO.- Nombrar a la Sra. Susana Antonia Cardona Tur amb DNI núm. 41.459.725-V, con efectos del día 25 de junio de 2013, como Jefa del Gabinete de Alcaldía, dentro de la plantilla de personal eventual, con retribución anual de 45.000,00 € brutos anuales retribuidos en 14 pagas.
SEGUNDO.- El personal eventual nombrado podrá ser cesado libremente por esta Alcaldía y automáticamente cesará cuando cese la Alcaldesa o expire su mandato, no confiriendo este nombramiento mérito para el acceso a la función pública o a la promoción interna.
TERCERO.- Notificar este decreto a las persona interesada.
CUARTO.- Publicar la presente resolución en el Boletín Oficial de las Illes Balears.
CINQUÈ.- Informar a la persona interesada que en contra de esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se puede interponer:
a) Directamente, recurso contencioso administrativo ante el Juzgado Contencioso Administrativo de Palma de Mallorca en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente de haber recibido la notificación de la Resolución, de acuerdo con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa.
b) Recurso potestativo de reposición ante Alcaldía, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente de haber recibido la notificación, de acuerdo con el artículo 117 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de les administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Contra la desestimación por silencio del recurso de reposición, que se producirá por el transcurso de un mes desde su presentación sin que se haya resuelto expresamente ni se haya notificado, podrá interponerse el recurso contencioso administrativo, en el plazo de seis meses a partir del día siguiente a la desestimación presunta.
c) Cualquier otro recurso que crean conveniente, de acuerdo con la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contenciosa administrativa y de la Ley 4/1999, de 13 de enero, de modificación de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de les administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
Eivissa, 24 de junio de 2013. La Alcaldesa ,Pilar Marí Torres. Doy fe, El secretario acctal. Joaquim Roca Mata”
Eivissa, 24 de junio de 2013
La Alcaldesa
Pilar Marí Torres