Sección II. Autoridades y personal
Subsección segunda. Oposiciones y concursos
AYUNTAMIENTO DE INCA
Núm. 13342
Bases específicas del concurso-oposición para la provisión como funcionario de carrera de una plaza de subinspector de la Policia local
Por la Junta de Gobierno Local en sesión de fecha 22 de mayo de 2013 se aprobó el acuerdo que textualmente dice:
Primero.- Desestimar el recurso de reposición interpuesto por el Sr. Vicenç Martorell Palou, el Sr. Miquel Llabrés Galmés, el Sr. Arnau Llabrés Mesquida y el Sr. Jaume Aloy Danús a las bases específicas para la provisión como funcionario de carrera de una plaza de Subinspector de la Policía Local por promoción interna, en el puntos primero, tercero y cuarto por los motivos expuestos en los fundamentos de derecho.
Segundo.- Estimar el recurso de reposición interpuesto por el Sr. Vicenç Martorell Palou, el Sr. Miquel Llabrés Galmés, el Sr. Arnau Llabrés Mesquida y el Sr. Jaume Aloy Danús a las bases específicas para la provisión como funcionario de carrera de una plaza de Subinspector de la Policía Local por promoción interna, en el punto segundo relativo al requisito señalado con letra D de la base segunda.
Tercero.- Modificar la letra D de la base segunda relativa a los requisitos de las persones aspirantes, la cual tendrá que quedar redactada en el sentido siguiente; “Poseer el diploma de aptitud del curso de formación de la categoría de subinspector expedido por la Escuela Balear de Administración Pública, de conformidad con lo establecido en el Decreto 100/2012, de 7 de diciembre, por el cual se establecen los criterios de revalidación y actualización de los diplomas de aptitud de los policías locales”.
Cuarto.- Publicar las bases específicas del concurso-oposición para la provisión como funcionario de carrera de una plaza de Subinspector de la Policía Local por promoción interna en el Boletín Oficial de la Comunitat Autónoma con la rectificación reseñada.
Quinto.- Notificar el presente Acuerdo al Sr. Sr. Vicenç Martorell Palou, el Sr. Miquel Llabrés Galmés, el Sr. Arnau Llabrés Mesquida y el Sr. Jaume Aloy Danús.
BASES ESPECÍFICAS DEL CONCURSO OPOSICIÓN PARA PROVEER COMO FUNCIONARIO DE CARRERA UNA PLAZA DE SUBINSPECTOR/A DE LA POLICÍA LOCAL POR PROMOCIÓN INTERNA INCLUIDA DENTRO DE LA OFERTA DE OCUPACIÓN PÚBLICA DEL AÑO 2005.
PRIMERA. OBJETO DE LA CONVOCATORIA
El objeto de esta convocatoria es proveer como personal funcionario de carrera una plaza de subinspector/a de la Policía Local a través del sistema de concurso oposición por promoción interna.
Escala: Escala de Administración Especial, Subescala Servicios Especiales, Clase Policía Local, Categoría Subinspector.
GRUPO: A, SUBGRUPO: A2.
SEGUNDA. REQUISITOS DE LAS PERSONAS ASPIRANTES
Además de los requisitos exigidos en la base segunda de las Bases Generales, las persones aspirantes a la plaza de Subinspector/a de la Policía Local deberán reunir los requisitos siguientes, los cuales prevalecerán en caso de que se contradigan con los que se exigen a todos los efectos en la referida base segunda:
A) Tener la condición de personal funcionario de carrera en el cuerpo de la Policía Local de Inca en la categoría de Oficial de la Policía Local.
B) Haber estado como mínimo dos años en situación de servicio activo en la categoría de Oficial de la Policía Local como funcionario de carrera.
C) Estar en posesión de la titulación de diplomatura o equivalente.
D) Poseer el diploma de aptitud del curso de formación de la categoría de subinspector expedido por la Escuela Balear de Administración Pública, de conformidad con lo establecido en el Decreto 100/2012, de 7 de diciembre, por el cual se establecen los criterios de revalidación y actualización de los diplomas de aptitud de los policías locales.
E) Además de los permisos de conducción de la clase A y B, estar en posesión del permiso de conducción del BTP.
F) No tener antecedentes penales por delitos dolosos.
G) Tener las capacidades y aptitudes físicas y psíquicas que sean necesarias para el ejercicio de las funciones correspondientes. La acreditación de este requisito tendrá lugar mediante la superación de un reconocimiento médico que se realizará por la Unidad de Salud del Servicio de Prevención de Riesgos Laborales municipal, o servicio médico especializado determinado por éste, una vez superado el proceso selectivo.
H) No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las administraciones públicas o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para ocupaciones o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso a los cuerpos o escalas de personal funcionario, o para ejercer funciones similares a las que desarrollaba en el caso del personal laboral, en el cual la persona hubiera sido separada o inhabilitada.
I) Comprometerse a traer armas y, si se tercia, llegar a utilizarlas y prestar declaración jurada.
J) Acreditar los conocimientos de la lengua catalana correspondientes al nivel de certificado B2 o equivalente, de conformidad con la Orden del consejero de Educación y Cultura, de 30 de marzo de 2011, por la cual se determinan los títulos, diplomas y certificados equivalentes a los certificados de conocimientos de lengua catalana de la Dirección General de Política Lingüística, publicada en el BOIB núm. 53, de 9/04/2011.
En caso de que no se pueda acreditar, se tendrá que realizar una prueba de conocimientos de lengua catalana correspondiente al nivel B2, prevista en la fase de oposición.
Las personas aspirantes deberán reunir todos estos requisitos el día que finalice el plazo de presentación de instancias de la convocatoria, excepto la homologación del diploma y la posesión del permiso de conducción B, cuya posesión sólo se exigirá previamente a la toma de posesión como funcionario/a de carrera.
TERCERA. TRIBUNAL CALIFICADOR
El tribunal calificador debe estar constituido de la manera siguiente:
Presidente: titular y suplente designado por la Corporación.
Vocales:
Un representante designado por la Dirección General de Interior.
Un representante designado por la Escuela Balear de Administración Pública.
Dos funcionarios designados por la Corporación.
Secretario: el de la Corporación o funcionario en quien delegue, el cual tendrá voz, pero no voto.
La designación de los miembros del tribunal incluirá la de los respectivos suplentes.
El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de más de la mitad de sus miembros.
El tribunal podrá disponer la incorporación en sus tareas de personal asesor o especialista, para todas o algunas de las pruebas.
CUARTA. PROGRAMA DEL CONCURSO-OPOSICIÓN
El concurso-oposición constará de dos partes. Primero se llevará a cabo la fase de concurso y después, la de oposición.
FASE DE CONCURSO
BAREMOS DE PUNTUACIÓN
La puntuación máxima que se puede lograr por los méritos alegados es de 48 puntos (40 % como máximo de la puntuación final en el concurso-oposición), de acuerdo con lo que se establece en los apartados siguientes, para cada tipo de mérito:
1. Valoración del curso de capacitación exigido para la categoría a la cual se accede.
Sólo se valorarán los cursos expedidos u homologados por el EBAP. La valoración será el resultado de multiplicar la nota obtenida por un determinado coeficiente, hasta un máximo de 10 puntos, de acuerdo con el criterio que se indica a continuación:
a) Para el personal funcionario de carrera del Ayuntamiento de Inca, y así se acredite mediante un certificado del Ayuntamiento, el coeficiente multiplicador será 1.
2. Valoración de los servicios prestados.
La puntuación máxima de este apartado es de 8 puntos, de acuerdo con los criterios siguientes:
a) Por cada mes completo de servicios prestados y reconocidos en la Categoría de Policía Auxiliar: 0,016 puntos.
b) Por cada mes completo de servicios prestados y reconocidos en la Categoría de Policía Local: 0,033 puntos.
c) Por cada mes completo de servicios prestados y reconocidos en la Categoría de Oficial: 0,041 puntos.
d) Por cada mes completo de servicios prestados y reconocidos en la Categoría de Subinspector: 0,05 puntos.
e) Por cada mes completo de servicios prestados y reconocidos en la Categoría de Inspector: 0,058 puntos.
f) Por cada mes completo de servicios prestados y reconocidos en la Categoría de Mayor: 0,066 puntos.
g) Por cada mes completo de servicios prestados y reconocidos en la Categoría de Comisario: 0,075 puntos.
h) Por cada mes completo de servicios prestados y reconocidos en la Categoría de Intendente: 0,083 puntos.
La fecha de referencia para la valoración será la de la finalización del plazo para presentar la solicitud de participación. En el caso de servicios prestados al Ayuntamiento de Inca, esta circunstancia será comprobada de oficio. Los servicios prestados en cualquier otra administración pública se deberán acreditar mediante un certificado expedido por ésta.
3. Antigüedad.
La puntuación máxima de este apartado es de 4 puntos, de acuerdo con los criterios siguientes:
a) Por cada año de servicios prestados y reconocidos como funcionario de carrera en cualquier categoría: se multiplicará por 0,2 puntos por año.
La fecha de referencia para la valoración será la de la finalización del plazo para presentar la solicitud de participación. En el caso de servicios prestados al Ayuntamiento de Inca, esta circunstancia será comprobada de oficio. Los servicios prestados en cualquier otra Administración pública se deberán acreditar mediante un certificado expedido por ésta.
4. Estudios académicos oficiales.
La puntuación máxima de este apartado es de 6 puntos, de acuerdo con los criterios siguientes:
a) Por cada titulación académica de licenciatura universitaria, arquitectura, ingeniería o equivalente: 3,5 puntos.
b) Por cada título de doctorado: 1 punto.
Sólo se valorará la posesión de los títulos de nivel superior o distinto al exigido para el acceso a la categoría a la cual se accede.
La valoración como mérito de un título implica que no se valore el de nivel inferior, salvo en el caso de que las titulaciones correspondan a ramas académicas distintas. Sin embargo, las puntuaciones de los apartados a) y b) se tienen que acumular.
5. Valoración de los conocimientos de lenguas.
5.1. Conocimientos orales y escritos de lengua catalana.
Se valorarán los certificados expedidos por la Escuela Balear de la Administración Pública, los expedidos u homologados por la Dirección General de Política Lingüística, los expedidos por la Escuela Oficial de Idiomas, así como los certificados reconocidos de acuerdo con la normativa autonómica, hasta una puntuación máxima de 2 puntos:
a) Conocimientos medios (certificado C1): 1,50 puntos.
b) Conocimientos superiores (certificado C2): 1,75 puntos.
c) Conocimientos de lenguaje administrativo (certificado LA): 0,25 puntos.
Se valorará sólo un certificado, excepto en el caso del certificado de conocimientos de lenguaje administrativo, en que la puntuación se acumulará a la del otro certificado que se aporte. En todo caso, sólo se valorarán los certificados de nivel superior al exigido como requisito de ocupación de la plaza a la que se accede.
5.2. Conocimiento otras lenguas.
Se valorarán los certificados acreditativos de los conocimientos de cualquier lengua oficial de otras comunidades autónomas o extranjera, expedidos u homologados por escuelas oficiales de idiomas o escuelas de Administración Pública, hasta un máximo de 3 puntos, de acuerdo con los criterios de puntuación que se indican a continuación:
a) Primer curso de Escuela Oficial de Idiomas o nivel inicial del EBAP: 1 punto.
b) Segundo curso de Escuela Oficial de Idiomas o nivel elemental del EBAP: 1,25 puntos.
c) Tercer curso de Escuela Oficial de Idiomas o nivel medio del EBAP: 1,50 puntos.
d) Cuarto curso de Escuela Oficial de Idiomas: 1,75 puntos.
e) Quinto curso de Escuela Oficial de Idiomas: 2 puntos.
Para una misma lengua sólo se valorarán las titulaciones de nivel superior.
6. Valoración de los cursos de capacitación distintos del exigido para la categoría a la cual se accede.
La puntuación máxima de este apartado es de 4 puntos, de acuerdo con el criterio siguiente:
La valoración será el resultado de multiplicar, por cada curso, la nota obtenida por 0,001 y por el número de horas de duración, con un máximo de 1 punto por cada curso.
7. Valoración de los cursos de formación.
Sólo se valorarán los cursos expedidos u homologados por el EBAP, por las universidades, escuelas universitarias y entidades promotoras de formación continua, como también los impartidos en otros centros de formación oficiales de seguridad pública o cualquier Administración Pública, siempre que estén debidamente documentados y expedidos por la entidad.
7.1. Formación relacionada con el área profesional.
La puntuación máxima de este apartado es de 4 puntos. Sólo se valorarán, para cada puesto de trabajo, las acciones formativas, siempre y cuando estén directamente relacionadas con las funciones propias del puesto al cual se acceda.
Las áreas profesionales a que se deben referir los cursos son las de policía, seguridad, emergencias y salvamento; además, para la escala ejecutiva y la superior, los de calidad, recursos humanos y habilidades directivas.
La valoración se hará de acuerdo con los criterios que se indican a continuación:
a) Por cada certificado de aprovechamiento: 0,005 puntos por hora.
b) Por cada certificado de asistencia: 0,0025 puntos por hora.
c) Por cada certificado de haber impartido de cursos de acciones formativas relacionadas con las funciones propias del puesto al cual se accede: 0,0075 puntos por hora.
7.2. Formación no relacionada con el área profesional.
Sólo se valorará en el supuesto de que se haya obtenido la puntuación máxima del apartado 7.1 anterior. La puntuación máxima de este apartado es de 2 puntos, según el que se indica a continuación:
a) Por cada certificado de aprovechamiento: 0,005 puntos por hora.
b) Por cada certificado de asistencia: 0,0025 puntos por hora.
8. Valoración de los reconocimientos honoríficos.
La puntuación máxima de este apartado es de 3 puntos, de acuerdo con los criterios siguientes:
a) Por cada medalla al mérito policial prevista por la normativa: 2 puntos por cada medalla con distintivo azul, 1 punto si el distintivo es blanco y 0,5 puntos si el distintivo es verde.
b) Por cada felicitación entregada por el Pleno o la Junta de Gobierno del Ayuntamiento: 0,35 puntos.
c) Por cada felicitación entregada por la Alcaldía: 0,25 puntos.
Se acreditarán mediante un certificado expedido por el Ayuntamiento correspondiente.
8. Valoración de la aptitud física.
Se valorarán con 2 puntos los certificados expedidos por el EBAP que acrediten la superación de las pruebas de aptitud.
9. Procedimiento para calcular la puntuación final del concurso oposición para el acceso a las categorías de mandos policiales.
La puntuación final del concurso oposición se calcula con la siguiente fórmula:
(puntuación final de la fase de oposición x 0,60) + (puntuación final de la fase de concurso x 0,40).
FASE DE OPOSICIÓN
Este procedimiento selectivo constará de cinco ejercicios que se especifican a continuación:
PRIMER EJERCICIO. PRUEBA DE CONOCIMIENTOS DE LENGUA CATALANA
De carácter obligatorio y eliminatorio. El ejercicio consistirá en la realización de una prueba de conocimientos de lengua catalana correspondiente al nivel B2, con una duración de una hora, la cual se calificará como apto o no apto.
En el nivel B2 la prueba se organiza en cuatro áreas, que evalúan las habilidades siguientes:
ÁREA 1 Comprensión oral y comprensión lectora.
ÁREA 2 Expresión escrita.
ÁREA 3 Dominio práctico del sistema lingüístico.
ÁREA 4 Expresión oral.
ÁREA 1: se evalúa con preguntas elaboradas a partir de un texto escrito. El examinando tiene que:
– Marcar con una cruz la respuesta correcta de entre 3 o 4 opciones.
– Marcar con una cruz si los enunciados son verdaderos o falsos.
– Contestar preguntas.
– Ordenar correctamente los párrafos de un texto
ÁREA 2: completar textos de carácter formal no muy complicados.
ÁREA 3: contestar preguntas en que deberá rellenar espacios en blanco, completar frases, marcar las respuestas correctas.
ÁREA 4: leer un texto en voz alta.
El tiempo asignado para esta prueba es de 60 minutos.
Estarán exentas de realizar esta prueba las personas aspirantes que acrediten estar en posesión del certificado de conocimientos de lengua catalana correspondientes al nivel exigido, mediante la aportación de un certificado expedido por la Escuela Balear de Administración Pública, la Junta Evaluadora de Catalán u otro organismo reconocido a tal efecto en la legislación vigente.
SEGUNDO EJERCICIO. PRUEBA DE APTITUD FÍSICA
Las pruebas físicas serán exclusivamente las que se indican y deberán ser superadas globalmente, de acuerdo con el baremo y los méritos señalados en el Anexo II del Decreto 72/1989, de 6 de julio, de Bases y Ejercicios para el Ingreso en las Diversas Categorías de la Policía Municipal de las Illes Balears, conforme a la modificación operada por el Decreto 69/2004, de 9 de julio. Son todas obligatorias y eliminatorias.
Consiste en superar, con una nota igual o superior a 5, las pruebas físicas que se indican de acuerdo con los baremos y criterios establecidos por edad y sexo.
Para realizar esta prueba, la persona aspirante debe entregar al tribunal un certificado médico en que se haga constar que se dispone de las condiciones físicas necesarias para llevarla a cabo. El hecho de no presentar el mencionado certificado comporta la exclusión automática de la realización de la prueba y del proceso selectivo.
Las pruebas físicas deben ser superadas globalmente, de conformidad con el baremo y los méritos señalados. El resultado global de esta prueba se tiene que otorgar siempre y cuando la persona aspirante haya superado un mínimo de 4 de las pruebas parciales con un nota mínima de 5 o superior y que, en la otra prueba parcial, la nota sea igual o superior a 3. La nota media de apto debe otorgarse siempre y cuando el resultado sea igual o superior a 5; si es inferior a 5, será de no apto.
Pruebas:
1. Resistencia (1.000 m).
El objetivo de este ejercicio es medir la resistencia orgánica y consiste en recorrer una distancia de 1.000 metros, en una instalación deportiva, en un tiempo inferior a la marca establecida. Sólo se puede hacer un intento. La posición de salida es de pie, sin contacto de las manos con el suelo y con los pies detrás la línea de salida, sin tacos. El monitor o monitora ordenará preparados, hará una pausa breve y un toque de silbato. A esta señal, las personas aspirantes tendrán que iniciar la carrera. La prueba debe realizarse por grupos. Se permite una salida nula por aspirante, a la segunda nula quedará eliminado/a de la prueba.
Hombres (minutos) |
||||
Puntos |
Menores de 30 años |
De 30 a 40 años |
De 41 a 50 años |
Más de 50 años |
10 |
-3.10 |
-4.00 |
-4.50 |
-6.10 |
9 |
-3.20 |
-4.10 |
-5.00 |
-6.20 |
8 |
-3.30 |
-4.20 |
-5.10 |
-6.30 |
7 |
-3.40 |
-4.30 |
-5.20 |
-6.40 |
6 |
-3.50 |
-4.40 |
-5.30 |
-6.50 |
5 |
-4.10 |
-5.00 |
-5.50 |
-7.10 |
3 |
-4.25 |
-5.15 |
-6.05 |
-7.25 |
Eliminado |
+4.25 |
+5.15 |
+6.05 |
+7.25 |
Mujeres (minutos) |
||||
Puntos |
Menores de 30 años |
De 30 a 40 años |
De 41 a 50 años |
Más de 50 años |
10 |
-3.25 |
-4.15 |
-5.05 |
-6.25 |
9 |
-3.35 |
-4.25 |
-5.15 |
-6.35 |
8 |
-3.45 |
-4.35 |
-5.25 |
-6.45 |
7 |
-3.55 |
-4.45 |
-5.35 |
-6.55 |
6 |
-4.05 |
-4.80 |
-5.45 |
-7.05 |
5 |
-4.25 |
-5.15 |
-6.05 |
-7.25 |
3 |
-4.40 |
-5.30 |
-6.20 |
-7.40 |
Eliminada |
+4.40 |
+5.30 |
+6.20 |
+7.40 |
2. Velocidad (50 m).
El objetivo de este ejercicio es medir la velocidad de traslación corporal y consiste en recorrer una distancia de 50 metros, en una instalación deportiva, en un tiempo inferior a la marca establecida. Sólo se puede hacer un intento. La posición de salida es de pie, sin contacto de las manos con el suelo y con los pies detrás la línea de salida, sin tacos. El monitor o monitora ordenará preparados, hará una pausa breve y un toque de silbato. A esta señal las personas aspirantes tendrán que iniciar la carrera. La prueba debe realizarse por grupos. Se permite una salida nula por aspirante, a la segunda salida nula quedará eliminado/a de la prueba.
Hombres (segundos) |
||||
Puntos |
Menores de 30 años |
De 30 a 40 años |
De 41 a 50 años |
Más de 50 años |
10 |
-7.50 |
-7.70 |
-8.20 |
-9.50 |
9 |
-7.70 |
-7.90 |
-8.40 |
-9.70 |
8 |
-7.80 |
-8.00 |
-8.50 |
-9.80 |
7 |
-8.00 |
-8.20 |
-8.70 |
-10.00 |
6 |
-8.20 |
-8.40 |
-8.90 |
-10.20 |
5 |
-8.40 |
-8.60 |
-9.10 |
-10.40 |
3 |
-8.65 |
-8.85 |
-9.35 |
-10.65 |
Eliminado |
+8.65 |
+8.85 |
+9.35 |
+10.65 |
Mujeres (segundos) |
||||
Puntos |
Menores de 30 años |
De 30 a 40 años |
De 41 a 50 años |
Más de 50 años |
10 |
-8.00 |
-8.20 |
-8.70 |
-10.00 |
9 |
-8.20 |
-8.40 |
-8.90 |
-10.20 |
8 |
-8.30 |
-8.50 |
-9.00 |
-10.30 |
7 |
-8.50 |
-8.70 |
-9.20 |
-10.50 |
6 |
-8.70 |
-8.90 |
-9.40 |
-10.70 |
5 |
-8.90 |
-9.10 |
-9.60 |
-10.90 |
3 |
-9.15 |
-9.35 |
-9.85 |
-11.15 |
Eliminada |
+9.15 |
+9.35 |
+9.85 |
+11.15 |
3. Natación (50 m) estilo libre.
El objetivo de este ejercicio es medir la velocidad de traslación corporal y consiste en recorrer una distancia de 50 metros de estilo libre, en una piscina de 50 metros o bien en una de 25 metros, con ida y vuelta, sin tocar el fondo ni agarrarse a las corcheras, en un tiempo inferior a la marca establecida. Sólo se puede hacer un intento. La salida se tiene que hacer desde la plataforma con los dos pies paralelos y a la altura de los hombros. El monitor o monitora ordenará preparados, hará una pausa breve y un toque de silbato. A esta señal, las personas aspirantes tendrán que iniciar la carrera. La prueba debe realizarse hacer por grupos. Se admite el estilo libre, pero siempre en posición ventral. Se permite una salida nula por aspirante, a la segunda salida nula quedará eliminado/a de la prueba.
Hombres (segundos) |
||||
Puntos |
Menores 30 años |
De 30 a 40 años |
De 41 a 50 años |
Más de 50 años |
10 |
-35 |
-40 |
-45 |
-50 |
9 |
-37 |
-42 |
-47 |
-52 |
8 |
-39 |
-44 |
-49 |
-54 |
7 |
-41 |
-46 |
-51 |
-56 |
6 |
-43 |
-48 |
-53 |
-58 |
5 |
-45 |
-50 |
-55 |
-60 |
3 |
-50 |
-55 |
-60 |
-1.05 |
Eliminado |
+50 |
+55 |
+60 |
+1.05 |
Mujeres (segundos) |
||||
Puntos |
Menores 30 años |
De 30 a 40 años |
De 41 a 50 años |
Más de 50 años |
10 |
-40 |
-45 |
-50 |
-55 |
9 |
-42 |
-47 |
-52 |
-57 |
8 |
-44 |
-49 |
-54 |
-59 |
7 |
-46 |
-51 |
-56 |
-1.01 |
6 |
-48 |
-53 |
-58 |
-1.03 |
5 |
-50 |
-55 |
-1.00 |
-1.05 |
3 |
-55 |
-1.00 |
-1.05 |
-1.10 |
Eliminada |
+55 |
+1.00 |
+1.05 |
+1.10 |
4. Fuerza explosiva del tren superior. Lanzamiento de pelota medicinal.
El objetivo de este ejercicio es medir la potencia de los principales músculos superiores. Para realizar la prueba se necesita una pelota medicinal de 5 kg para los hombres y una de 3 kg para las mujeres. La posición inicial exige situarse por detrás la línea donde empieza el recuento de la distancia con los pies alineados en el suelo, simétricos y con una separación equivalente a la anchura de los hombros y mirando todo el cuerpo hacia la zona de lanzamiento. En ningún momento se puede pisar la línea indicada de salida. Con el lanzamiento podrá extenderse el tronco, flexionar los brazos y piernas, elevando los talones, pero sin desenganchar de ninguna forma la puntera del suelo. Una vez efectuado el lanzamiento, se cuenta la distancia entre la línea de salida y la marca de la pelota, la cual debe ser superior a la que establecen las tablas. Para realizar esta prueba se permiten dos intentos. Si un intento es nulo, se pasa al siguiente. Se considerará la mejor marca de los dos intentos.
Hombres: pelota de 5 kg – Mujeres: pelota de 3 kg (metros) |
||||
Puntos |
Menores de 30 años |
De 30 a 40 años |
De 41 a 50 años |
Más de 50 años |
10 |
+7.00 |
+6.50 |
+6.00 |
+5.50 |
9 |
+6.80 |
+6.30 |
+5.80 |
+5.30 |
8 |
+6.70 |
+6.20 |
+5.70 |
+5.20 |
7 |
+6.50 |
+6.00 |
+5.50 |
+5.00 |
6 |
+6.20 |
+5.70 |
+5.20 |
+4.70 |
5 |
+6.00 |
+5.50 |
+5.00 |
+4.50 |
3 |
+5.70 |
+5.20 |
+4.70 |
+4.20 |
Eliminado/a |
-5.70 |
-5.20 |
-4.70 |
-4.20 |
5. Fuerza explosiva del tren inferior. Salto con los pies juntos.
El objetivo de este ejercicio es medir la potencia de los principales músculos extensores de las piernas y consiste en realizar un salto en una superficie lisa, donde tienen que estar marcadas las distintas distancias que se pueden conseguir. La posición inicial exige situarse por detrás la línea donde empieza el recuento de la distancia con los pies juntos en el suelo y simétricos. En ningún momento se puede pisar esta línea; si se hace, el salto será nulo. Toda la superficie de los pies deberá permanecer en contacto permanente con el suelo hasta el momento del salto, pero se podrán realizar todas las operaciones de balanceo de cuerpo y brazos que se desee. En el momento de la caída ninguna parte del cuerpo puede tocar por detrás los talones; si se hace, el intento será nulo. Una vez realizado el salto, se cuenta la distancia entre la línea de salida y la marca de la última parte de apoyo del cuerpo, que deberá ser superior a la que establezcan las tablas. Para realizar esta prueba se permiten dos intentos. Si un intento es nulo, se pasa al siguiente. Se considerará la mejor marca de los dos intentos.
Hombres (metros) |
||||
Puntos |
Menores de 30 años |
De 30 a 40 años |
De 41 a 50 años |
Más de 50 años |
10 |
+2.35 |
+2.25 |
+2.15 |
+1.95 |
9 |
+2.30 |
+2.20 |
+2.10 |
+1.90 |
8 |
+2.25 |
+2.15 |
+2.05 |
+1.85 |
7 |
+2.20 |
+2.10 |
+2.00 |
+1.80 |
6 |
+2.15 |
+2.05 |
+1.95 |
+1.75 |
5 |
+2.10 |
+2.00 |
+1.90 |
+1.70 |
3 |
+2.02 |
+1.92 |
+1.82 |
+1.62 |
Eliminado |
-2.02 |
-1.92 |
-1.82 |
-1.62 |
Mujeres (m) |
||||
Puntos |
Menores de 30 años |
De 30 a 40 años |
De 41 a 50 años |
Más de 50 años |
10 |
+2.05 |
+1.95 |
+1.85 |
+1.65 |
9 |
+2.00 |
+1.90 |
+1.80 |
+1.60 |
8 |
+1.95 |
+1.85 |
+1.75 |
+1.55 |
7 |
+1.90 |
+1.80 |
+1.70 |
+1.50 |
6 |
+1.85 |
+1.75 |
+1.65 |
+1.45 |
5 |
+1.80 |
+1.70 |
+1.60 |
+1.40 |
3 |
+1.72 |
+1.62 |
+1.52 |
+1.32 |
Eliminada |
-1.72 |
-1.62 |
-1.52 |
-1.32 |
TERCER EJERCICIO. ÁREA COMPLEMENTARIA
Ejercicio obligatorio y eliminatorio relativo al área complementaria, el cual consistirá en responder a las preguntas formuladas en una prueba de tipo objetivo sobre los 40 temas seleccionados (Anexo A) por el Ayuntamiento, de entre los incluidos en el programa de la Escuela Balear de Administración Pública.
Los temas seleccionados por el Ayuntamiento, que se relacionan en el Anexo A, han sido escogidos entre la normativa estatal, autonómica y local, y los programas de los cursos de subinspector y oficial del año 2010-11 del EBAP.
La prueba tendrá 80 preguntas con respuestas alternativas y se realizará en un tiempo máximo de 60 minutos. La puntuación a otorgar será de 0 a 24. Es necesario obtener una calificación mínima de 12 puntos para superar este ejercicio.
Las preguntas no resueltas, tanto si figuran las tres opciones en blanco como si figuran con más de una respuesta, no se valorarán. Las preguntas con respuesta errónea se penalizarán con un tercio del valor asignado a la respuesta correcta. Para efectuar la calificación del ejercicio se aplicará la fórmula siguiente:
Q= [{A-(*E/3)} x 24]/P
Q: resultado de la prueba
A: número de respuestas acertadas
E: número de respuestas erróneas
P: número de preguntas del ejercicio
TEMAS DEL ÁREA COMPLEMENTARIA:
Tema 1. 112 coordinación con policías locales.
Tema 2. El Estatuto Básico del Trabajador Público (EBEP).
Tema 3. Fundamentos de las técnicas de mejora de las condiciones laborales y responsabilidades en materia de prevención de riesgos laborales.
Tema 4. Normativa autonómica Pl. ISPIB, coordinación de policías locales, informática, Policía Tutor.
Tema 5. Introducción a la deontología profesional.
Tema 6. SIG, mapas criminológicos.
Tema 7. Derechos humanos.
Tema 8. Investigación de accidentes de tráfico. Seguimiento penal del accidente de tráfico.
Tema 9. Perspectivas y reformas en materia penal. Principales modificaciones del Código Penal LO 5/2010.
Tema 10. Violencia contra la mujer.
Tema 11. Entradas y registros en lugares de culto.
Tema 12. Procedimientos penales.
Tema 13. Organización judicial de las Islas Baleares.
Tema 14. Delitos contra la seguridad viaria.
Tema 15. Introducción a la criminología.
Tema 16. La prueba penal. Valor de los atestados.
Tema 17. Urbanismo e intervención policial en zonas urbanas.
Tema 18. Urbanismo e intervención policial en zonas rurales.
Tema 19. Ley 16/06 de RJLIA. Nueva aplicación policial de la Ley.
Tema 20. CITES y especies protegidas. Aplicación práctica de la Ley de Animales Peligrosos.
Tema 21. Organización municipal y funcionamiento.
Tema 22. El procedimiento administrativo.
Tema 23. Extranjería e interculturalidad.
Tema 24. La responsabilidad de la Administración.
Tema 25. Medio ambiente. Actuación policial.
Tema 26. LO 1/92 de Intervención Policial.
Tema 27. Gestión de mantenimiento de los vehículos.
Tema 28. Políticas públicas de seguridad ciudadana.
Tema 29. Gestión de las transmisiones y equipamientos.
Tema 30. Técnicas de gestión y control de personal. Política y dirección de personas. Sistemas de recompensas profesionales. Gestión estratégica y cuadro de mandos con nociones básicas de estadísticas aplicadas a las memorias de actividades. Gestión presupuestaria, reforma EHA 3565/2008. Los contratos en el sector público.
Tema 31. Actualización de la normativa de tráfico: cambios normativos.
Tema 32. Educación viaria.
Tema 33. Elementos de protección-casco y cinturón.
Tema 34. Normativa del vehículo-SOA e ITV.
Tema 35. Drogas y drogotest.
Tema 36. Etilometrías.
Tema 37. Permisos de conducción y de circulación.
Tema 38. Conductores y vehículos extranjeros.
Tema 39. Transporte de mercancías por carretera. Transporte de mercancías peligrosas.
Tema 40. Reforma del Reglamento General de Conductores.
CUARTO EJERCICIO. ÁREA PROFESIONAL
Ejercicio obligatorio y eliminatorio relativo al área profesional, que consistirá en contestar por escrito a las 10 preguntas que se formulen sobre los 40 temas seleccionados de entre los incluidos en el apartado profesional del programa del EBAP, dentro del Curso de Aptitud para Subinspector de Policía Local (Anexo B). La puntuación a otorgar será de 0 a 24. Es necesario obtener una calificación mínima de 12 puntos para superar este ejercicio. El tiempo para su realización será de 90 minutos.
Los temas seleccionados por el Ayuntamiento, que se relacionan en el Anexo B, han sido escogidos entre la normativa estatal, autonómica y local, y los programas de los cursos de subinspector y oficial del año 2010-11 del EBAP.
En caso de que la normativa de referencia utilizada en el temario haya sufrido modificación, se entenderá aplicable la que esté vigente en la fecha de publicación de la convocatoria al BOIB y, por lo tanto, el temario base propuesto será adaptado a la actualización normativa que lo afecte.
TEMAS DEL ÁREA PROFESIONAL:
Tema 1. Policía comunitaria, policía de proximidad.
Tema 2. Actuación en siniestros (coordinación con bomberos).
Tema 3. Planificación de acontecimientos, confección de un dispositivo policial, elección de un dispositivo policial, control y supervisión del dispositivo.
Tema 4. Dispositivos estáticos de control (DEC). Clasificación, planificación y programación. Seguridad propia y elementos de señalización. Supervisión del control y evaluación de resultados.
Tema 5. Régimen disciplinario. Policías locales.
Tema 6. Obstáculos de cooperación. Gestionar el estrés y reconducir la energía. Qué es y no es el mobbing.
Tema 7. La comunicación eficaz en las organizaciones. El proceso de comunicación interpersonal en los equipos, elementos y barreras. Cómo pueden mejorar la comunicación, empatía y escucha asertiva. La comunicación asertiva. La comunicación no verbal. Como dar feedback.
Tema 8. Inteligencia emocional, reconocer y saber manejar las propias emociones. Gestionar el estrés y reconocer la energía. Cómo encontrar la automotivación.
Tema 9. Situaciones generales de ansiedad, estrés laboral y estrés traumático.
Tema 10. Técnicas psicológicas relacionadas con la gestión y profesión de policía.
Tema 11. Los conflictos y su resolución. El origen de los conflictos e introducción a su abordaje desde la mediación policial, negociación, arbitraje, etc.
Tema 12. Técnicas de mando y dirección de equipos.
Tema 13. Policía asistencial.
Tema 14. Psicología del testigo.
Tema 15. Actuación con menores.
Tema 16. Actuación penal con menores.
Tema 17. Actuación con víctimas de violencia de género.
Tema 18. Introducción a sistemas de valoración de puesto de trabajo.
Tema 19. Las cartas de servicios, cuadros de mandos y taller de calidad.
Tema 20. Introducción a los sistemas de calidad.
Tema 21. Introducción al concepto de proyecto.
Tema 22. Actuación en los accidentes de tráfico.
Tema 23. Factor humano de prevención de riesgos en el tráfico. Los procesos cognitivos en la conducción y la asunción de riesgos.
Tema 24. Juicios rápidos e inmediatos.
Tema 25. Consumo y venta de alcohol y tabaco.
Tema 26. Regulación de la actividad comercial en Baleares.
Tema 27. Usos y aprovechamiento de la vía pública.
Tema 28. Protección del medio ambiente: animales, urbanismo, ruidos, residuos.
Tema 29. Protección ciudadana.
Tema 30. Definición, competencias, trámites y actuaciones de Policía Administrativa.
Tema 31. Derecho penal especial: faltas.
Tema 32. Derecho penal especial: delito de omisión del deber de socorro y delitos de falsificación.
Tema 33. Derecho penal especial: delitos contra la Administración de Justicia y contra la Administración Pública.
Tema 34. Derecho penal especial: delitos cometidos por los funcionarios.
Tema 35. Derecho penal especial: delitos contra la intimidad, contra la libertad y contra la libertad sexual.
Tema 36. Derecho penal especial: delitos contra la vida y la integridad física.
Tema 37. Derecho penal especial: delitos contra las relaciones familiares y delitos de tortura.
Tema 38. Derecho penal especial: delitos contra el orden público y contra el patrimonio.
Tema 39. Habeas corpus.
Tema 40. Perspectiva policial de la protección civil.
QUINTO EJERCICIO. PRUEBA PSICOTÉCNICA
Ejercicio obligatorio y eliminatorio. Prueba psicotécnica para determinar la aptitud y la personalidad más adecuada para el puesto al que se opta. Este ejercicio se calificará como apto o no apto.
El tribunal podrá designar asesores especialistas en la materia para la realización de la prueba.
Inca, 17 de junio de 2013.
El Alcalde presidente
Rafel Torres Gomez